Número de referencia
RF170460
Titulo edicto
1516272
Texto del edicto
NIT. No.27.766.212-0
EDICTO EMPLAZATORIO
EL NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE OCAÑA.
EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el proceso de liquidación de la herencia de los Causantes: FRANCISCO ANTONIO VELASQUEZ CLARO Y ALICIA ESTHER DURAN DE VELASQUEZ, quienes se identificaban con las cédulas de ciudadanía Nos. 1.967.863 y 27.761.931 expedidas en la Playa y Ocaña Norte de Santander-respectivamente, fallecidos el 09 de Junio de 1.987 en el Municipio de la Playa -N. de S. y el 19 de Diciembre de 2010 en la ciudad de Bucaramanga- Santander y cuyo último domicilio de ambos fue el municipio de Ocaña, para que en el término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional, hagan valer sus derechos ante esta Notaría. Mediante acta número VEINTICUATRO (24) del VEINTE (20) de MAYO del presente año fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría. Copia del presente edito se ordena la publicación en el periódico, será fijado por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de este Despacho y leído en una radio difusora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del Decreto 902 de 1988.
El presente edicto se fija hoy VEINTIUNO (21) de MAYO del año dos mil Veintiuno (2021) a las ocho (8) horas A.M.
AMPARO AREVALO AREVALO
NOTARIA SEGUNDA
EDICTO EMPLAZATORIO
EL NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE OCAÑA.
EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el proceso de liquidación de la herencia de los Causantes: FRANCISCO ANTONIO VELASQUEZ CLARO Y ALICIA ESTHER DURAN DE VELASQUEZ, quienes se identificaban con las cédulas de ciudadanía Nos. 1.967.863 y 27.761.931 expedidas en la Playa y Ocaña Norte de Santander-respectivamente, fallecidos el 09 de Junio de 1.987 en el Municipio de la Playa -N. de S. y el 19 de Diciembre de 2010 en la ciudad de Bucaramanga- Santander y cuyo último domicilio de ambos fue el municipio de Ocaña, para que en el término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional, hagan valer sus derechos ante esta Notaría. Mediante acta número VEINTICUATRO (24) del VEINTE (20) de MAYO del presente año fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría. Copia del presente edito se ordena la publicación en el periódico, será fijado por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de este Despacho y leído en una radio difusora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del Decreto 902 de 1988.
El presente edicto se fija hoy VEINTIUNO (21) de MAYO del año dos mil Veintiuno (2021) a las ocho (8) horas A.M.
AMPARO AREVALO AREVALO
NOTARIA SEGUNDA
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