Número de referencia
RF197233
Titulo edicto
1517095
Texto del edicto
NOTARIA QUINTA DEL CÍRCULO DE CUCUTA
EDICTO
™El Suscrito Notario Quinto (5º) de este Círculo hace saber: Que mediante escrito de fecha Veintiuno (21) de Junio de Dos Mil Veintiuno (2021), los señores LUIS ALBERTO MENESES MORA, varón, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía número 13.440.139 expedida en Cúcuta (N de S) de estado civil Casado con sociedad conyugal vigente, domiciliado en la CALLE 2 AVENIDA 11E #11-54-52 E CASA 1 BIFAMILIAR MIXTO CHAVI, BARRIO QUINTA ORIENTAL, de ésta ciudad de Cúcuta (N.S), ha solicitado a este despacho que mediante escritura pública se CONSTITUYA PATRIMONIO DE FAMILIA según lo dispone el Decreto 2817 del 22 de Agosto de 2006, a su favor y en el de su esposa ELSA XIMENA DE LA CRUZ PEÑALOZA JAIMES, identificada con la cédula de ciudadanía número 37.257.500 expedida en Cúcuta y de los hijos menores que tenga o llegare a tener. De acuerdo con lo preceptuado en el Decreto 2817 del 22 de Agosto de 2.006, sobre el inmueble de su propiedad identificado con la Matrícula Inmobiliaria No.260-139257 de La Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cúcuta. El presente edicto, se fija hoy Veintiuno (21) de Junio de Dos Mil Veintiuno (2021), siendo las 8:00 A.M, por el término de quince (15) días hábiles y se entrega al interesado para que se publique en un diario de amplia circulación, según lo dispone el artículo 5º, del Decreto antes mencionado, con el fin de que todas aquellas personas que quieran oponerse a la constitución de patrimonio de familia solicitado por considerado lesivo a sus derechos como acreedores de los constituyentes, actúen de conformidad.
ABDALA JOSE SUZ AYALA
NOTARIO QUINTO (E) DEL CÍRCULO DE CUCUTA
EDICTO
™El Suscrito Notario Quinto (5º) de este Círculo hace saber: Que mediante escrito de fecha Veintiuno (21) de Junio de Dos Mil Veintiuno (2021), los señores LUIS ALBERTO MENESES MORA, varón, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía número 13.440.139 expedida en Cúcuta (N de S) de estado civil Casado con sociedad conyugal vigente, domiciliado en la CALLE 2 AVENIDA 11E #11-54-52 E CASA 1 BIFAMILIAR MIXTO CHAVI, BARRIO QUINTA ORIENTAL, de ésta ciudad de Cúcuta (N.S), ha solicitado a este despacho que mediante escritura pública se CONSTITUYA PATRIMONIO DE FAMILIA según lo dispone el Decreto 2817 del 22 de Agosto de 2006, a su favor y en el de su esposa ELSA XIMENA DE LA CRUZ PEÑALOZA JAIMES, identificada con la cédula de ciudadanía número 37.257.500 expedida en Cúcuta y de los hijos menores que tenga o llegare a tener. De acuerdo con lo preceptuado en el Decreto 2817 del 22 de Agosto de 2.006, sobre el inmueble de su propiedad identificado con la Matrícula Inmobiliaria No.260-139257 de La Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cúcuta. El presente edicto, se fija hoy Veintiuno (21) de Junio de Dos Mil Veintiuno (2021), siendo las 8:00 A.M, por el término de quince (15) días hábiles y se entrega al interesado para que se publique en un diario de amplia circulación, según lo dispone el artículo 5º, del Decreto antes mencionado, con el fin de que todas aquellas personas que quieran oponerse a la constitución de patrimonio de familia solicitado por considerado lesivo a sus derechos como acreedores de los constituyentes, actúen de conformidad.
ABDALA JOSE SUZ AYALA
NOTARIO QUINTO (E) DEL CÍRCULO DE CUCUTA
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