Número de referencia
RF760019
Titulo edicto
1518879
Texto del edicto
JUZGADO DECIMO CIVIL MUNICIPAL DE CUCUTA
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
EDICTO EMPLAZATORIO ART. 108 C.G.P
RADICADO: 2019-786
™PROCESO: EJECUTIVO HIPOTECARIO
DEMANDANTE: FONDO NACIONAL DEL AHORRO
APODERADA: FARIDE IVANNA OVIEDO MOLINA
C.C. # 1.090.419.175 de Cúcuta T.P. # 268.174 del C. S. J.
DEMANDADO: JORGE ANDREY SANTANA CARDENAS
MANDAMIENTO DE PAGO: QUINCE (15) DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE (2019)
FECHA DE AUTO: VEINTIOCHO (28) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021)
En el presente proceso se dispuso emplazar a JORGE ANDREY SANTANA CARDENAS, se hace saber que el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de la publicación del listado, y que si no comparece mediante correo electronico: ; se designará curador AD-LITEM con quien se surtirá la notificación dentro del proceso de conformidad con lo dispuesto en el ART. 293 del C.G.P en armonía con el ART. 108.
Hagase la publicación del EDICTO en una de las emisoras de las cadenas nacionales de radio caracol, RCN o en el periodico La opinion.
San José de Cúcuta, a los (15) días del mes de Agosto de dos mil veintiuno (2021). Atentamente,
FARIDE IVANNA OVIEDO MOLINA
C.C 1.090.419.175 de Cúcuta
ABOGADA PARTE DEMANDANTE
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
EDICTO EMPLAZATORIO ART. 108 C.G.P
RADICADO: 2019-786
™PROCESO: EJECUTIVO HIPOTECARIO
DEMANDANTE: FONDO NACIONAL DEL AHORRO
APODERADA: FARIDE IVANNA OVIEDO MOLINA
C.C. # 1.090.419.175 de Cúcuta T.P. # 268.174 del C. S. J.
DEMANDADO: JORGE ANDREY SANTANA CARDENAS
MANDAMIENTO DE PAGO: QUINCE (15) DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE (2019)
FECHA DE AUTO: VEINTIOCHO (28) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021)
En el presente proceso se dispuso emplazar a JORGE ANDREY SANTANA CARDENAS, se hace saber que el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de la publicación del listado, y que si no comparece mediante correo electronico: ; se designará curador AD-LITEM con quien se surtirá la notificación dentro del proceso de conformidad con lo dispuesto en el ART. 293 del C.G.P en armonía con el ART. 108.
Hagase la publicación del EDICTO en una de las emisoras de las cadenas nacionales de radio caracol, RCN o en el periodico La opinion.
San José de Cúcuta, a los (15) días del mes de Agosto de dos mil veintiuno (2021). Atentamente,
FARIDE IVANNA OVIEDO MOLINA
C.C 1.090.419.175 de Cúcuta
ABOGADA PARTE DEMANDANTE
- 89 Visualizaciones