1519128

Número de referencia
RF116504
Titulo edicto
1519128
Texto del edicto
REPÚBLICA DE COLOMBIA
Departamento Norte De Santander
Juzgado De Familia- Los Patios
Email: j01
Avenida 10 N° 17-24 KM. 9 Telefax 5800841
EL JUZGADO DE FAMILIA DE LOS PATIOS- NORTE DE SANTANDER
CITA Y EMPLAZA
™A MARLON ANDRES PEÑUELA CHAVERRA, persona mayor de edad, identificado con C.C. N° 13.746.211 de Bucaramanga - Santander y, vecino de esta ciudad, cuyo paradero se desconoce, para que se presente en este Juzgado a enterarse en derecho dentro del proceso radicado N° 544053110001- 2021- 00112-00 de DECLARACION DE MUERTE POR DESAPARECIMIENTO, promovida por la señora NUBIA GUERRERO JAIMES, a través de apoderado judicial, y se previene a todas aquellas personas que tengan noticias del ausente, informar al Juzgado a la mayor brevedad posible.
La demandante solicita que de conformidad con lo ordenado en los artículos 577 ss y 584 del Código General del Proceso y demás concordantes, se declare la Muerte Presunta Por Desaparecimiento de MARLON ANDRES PEÑUELA CHAVERRA, quien fue mayor de edad y vecino de esta ciudad, fijar la fecha en que ocurrió la muerte presunta del desaparecimiento, ordenando la inscripción ante el funcionario competente, que ordena la publicación de la sentencia y que autorice a los interesados para promover la liquidación de la herencia del ausente.
Como hechos en que se sustenta la presunción de la muerte se transcribe lo siguiente:
‘PRIMERO: Mi poderdante la Señora NUBIA GUERERO JAIMES, mayor de edad identificada con la cédula de ciudadanía No. 37.397.420 de Cúcuta (N./S.), 35 años de edad, domiciliada en la calle 22 No. 11 - 35 del Pueblito Español del Municipio de Villa del Rosario convivio en Unión Marital de Hecho o Matrimonio de Hecho por más de tres años con el señor MARLON ANDRES PEÑUELA CHAVERRA identificado con la cédula de ciudadanía No.13.746.211 de Bucaramanga (Santander) relación de la cual nació su menor hija MARÍA CAMILA PEÑUELA GUERRERO, identificada con NUIP No. 1.093.301.190 registrada en la Notaría Quinta de Cúcuta, hasta el día 17 de junio del 2010 fecha en que desapareció el señor MARLON, igualmente declaro de acuerdo con lo manifestado por mi poderdante que antes y durante el tiempo que convivieron juntos, no existió ninguna otra relación que generara derechos o sociedad conyugal o patrimonial por parte del señor MARLON ANDRES PEÑUELA CHAVERRA distinta a la que tenía con ella como pareja permanente el desaparecido.
SEGUNDO: Durante el tiempo que convivieron la señora NUBIA GUERRERO JAIMES y el señor MARLON ANDRES PEÑUELA CHAVERRA, compartieron techo, mesa y lecho características propias que constituyen un matrimonio de hecho, relación de la cual procrearon a su menor hija que corresponde al nombre de MARÍA CAMILA PEÑUELA GUERRERO, identificada con NUIP No. 1.093.301.190 registrada en la Notaría Quinta de Cúcuta, cabe anotar como requisito de procedibilidad para determinar la competencia de la presente acción, que durante el tiempo de convivencia y hasta el día de su desaparición, el señor MARLON ANDRES PEÑUELA CHAVERRA vivió en la dirección KDX77 Vereda Juan Frío Jurisdicción El Caimito del Municipio de Villa del del Rosario, lugar en el que hoy continúa viviendo la señora NUBIA GUERRERO JAIMES en su condición de accionante.
Firmado Por:
Luz Mireya Delgado Niño
Secretario Circuito Promiscuo 001 De Familia
Juzgado De Circuito N. De Santander - Cúcuta
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