1519563

Número de referencia
RF313789
Titulo edicto
1519563
Texto del edicto
LA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA,
™E M P L A Z A A todas las personas que tengan derechos legítimos, como acreedores con o sin garantía real, y otros acreedores de obligaciones relacionadas con el predio más adelante descrito; así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, para que comparezcan y hagan valer sus derechos dentro del proceso de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas que se adelanta en este Juzgado, y que corresponde al radicado Nº. 54001-3121-001-2021-00037-00, 3.1. identificadores institucionales del predio: Departamento: Norte de Santander Municipio: Tibú Corregimiento: La Gaburra Dirección del predio: Calle 12 A No. 11A 32 Tipo de predio: Urbano Matrícula Inmobiliaria 260-119394 Área registral 64 M2 Número predial 5410-02-00-0013-0014-000 Área Catastral 77 M2 Área Georreferenciada *Hectáreas, + mts2 76 M2 Relación juridical con el predio, por parte del señor Humberto Luis Hernanández Pastrana para la época de los hechos Propiedad Con los siguientes linderos: NORTE: Partiendo del punto 3 en dirección oriente, hasta llegar al punto 4 en una distancia de 6,1 metros con el señor Crisanto Gonzáles. ORIENTE: Partiendo del punto 4 en dirección sur hasta llegar al punto 1, en una distancia de 12,5 metros, con el señor Eulogio Bayona. SUR: Partiendo desde el punto 1 en dirección Occidente hasta llegar al punto 2, en una distancia de 6,1 metros con la calle 12A. OCCIDENTE: Partiendo desde el punto 2 n dirección Norte hasta llegar al punto 3, en una distancia de 12,5 metros, con el señor Luis Robles. El presente edicto deberá realizarse en un diario nacional, en La Opinión, y en una radiodifusora del municipio de Tibú Norte de Santander, conforme lo normado en el literal e) del artículo 86 de la Ley 1448 de 2.011, incluyéndose la identificación del predio (nombres, ubicación, folios de matrícula inmobiliaria, números prediales, y linderos), así como la información que establece el literal (e) del artículo 86 de la ley 1448 de 2011. Con esta publicación se entenderá surtido el traslado de la solicitud a las personas indeterminadas que consideren deben comparecer al proceso arriba señalado, para hacer valer sus derechos legítimos, y a quienes se consideren afectados con el mismo. (Firmado electrónicamente) LUZ MARINA ORTEGA CUDRIS Secretaria
  • 181 Visualizaciones
Inicia sesión
Nombre de usuario
Contraseña
¿Has olvidado tu contraseña? Recordar