Número de referencia
RF428416
Titulo edicto
1520997
Texto del edicto
JUZGADO DECIMO CIVIL MUNICIPAL DE CUCUTA
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
EDICTO EMPLAZATORIO ART. 108 C.G.P
RADICADO: 2019-166
™PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR
DEMANDANTE: BANCOLOMBIA S.A.
APODERADA: FARIDE IVANNA OVIEDO MOLINA
C.C. # 1.090.419.175 de Cúcuta T.P. # 268.174 del C. S. J.
DEMANDADO: JORGE ELIECER ORTEGA ARIAS
MANDAMIENTO DE PAGO: VEINTISIETE (27) DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE (2019)
FECHA DE AUTO: NUEVE (09) DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE (2020)
En el presente proceso se dispuso emplazar a JORGE ELIECER ORTEGA ARIAS, se hace saber que el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de la publicación del listado, y que si no comparece mediante correo electrónico: ; se designará curador AD-LITEM con quien se surtirá la notificación dentro del proceso de conformidad con lo dispuesto en el ART. 293 del C.G.P en armonía con el ART. 108.
Hagase la publicación del EDICTO en una de las emisoras de las cadenas nacionales de radio caracol, RCN o en el periodico La opinion.
San José de Cúcuta, a los (03) días del mes de Octubre de dos mil veintiuno (2021). Atentamente
FARIDE IVANNA OVIEDO MOLINA
C.C 1.090.419.175 de Cúcuta
ABOGADA PARTE DEMANDANTE
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
EDICTO EMPLAZATORIO ART. 108 C.G.P
RADICADO: 2019-166
™PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR
DEMANDANTE: BANCOLOMBIA S.A.
APODERADA: FARIDE IVANNA OVIEDO MOLINA
C.C. # 1.090.419.175 de Cúcuta T.P. # 268.174 del C. S. J.
DEMANDADO: JORGE ELIECER ORTEGA ARIAS
MANDAMIENTO DE PAGO: VEINTISIETE (27) DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE (2019)
FECHA DE AUTO: NUEVE (09) DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE (2020)
En el presente proceso se dispuso emplazar a JORGE ELIECER ORTEGA ARIAS, se hace saber que el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de la publicación del listado, y que si no comparece mediante correo electrónico: ; se designará curador AD-LITEM con quien se surtirá la notificación dentro del proceso de conformidad con lo dispuesto en el ART. 293 del C.G.P en armonía con el ART. 108.
Hagase la publicación del EDICTO en una de las emisoras de las cadenas nacionales de radio caracol, RCN o en el periodico La opinion.
San José de Cúcuta, a los (03) días del mes de Octubre de dos mil veintiuno (2021). Atentamente
FARIDE IVANNA OVIEDO MOLINA
C.C 1.090.419.175 de Cúcuta
ABOGADA PARTE DEMANDANTE
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