Número de referencia
RF750375
Titulo edicto
1521732
Texto del edicto
República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
Distrito Judicial de Cúcuta
JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CUCUTA
Norte de Santander
AVISO DE REMATE
EL SECRETARIO DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CUCUTA
HACE SABER:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR, radicado al # 54001-3103-002-2007-00151-00, propuesto por HENRY DUARTE BECERRA C.C. 19.401.240, a través de Apoderado judicial, en contra de FERNANDO FRANCO TRUJILLO C.C. 13.827.542 y PATRICIA MARIA DEL PILAR ELCURE CHACON C.C. 60.286.149, se señaló la hora de la UNA (1:00 PM) DE LA TARDE DEL DÍA NUEVE (9) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO (2021), para efectos de llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble vinculado a esta ejecución, previamente embargado, secuestrado y avaluado dentro de este proceso.
BIEN INMUEBLE OBJETO DEL REMATE: Un lote de terreno identificado con Matricula inmobiliaria No. 260-121975, que hace parte de la finca denominada ‘LA ARTILLERIA‘, ubicado en el corregimiento de El Salado, Municipio de Cúcuta, que tiene una extensión de aproximadamente (15H), cuyos linderos son: Partiendo del punto 1A ubicado a 200 metros adelante del punto 1, denominado ‘POZO DE LAS PIEDRAS‘, sobre la margen izquierda de la carretera que de Cúcuta conduce al corregimiento de San Faustino, hasta llegar al punto número (2), en extensión de 500 metros; se voltea hacia la izquierda de para arriba hasta encontrar el punto 3 en longitud de 300 metros; de este punto se va a la izquierda en línea recta en extensión de 500 metros hasta llegar al punto 4a, distante 200 metros del punto 4; se voltea nuevamente hacia la izquierda, de para abajo hasta encontrar el punto 1a, en extensión de 300 metros y encierra.
AVALUO: El bien inmueble se encuentra avaluado en la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS ($192’902.766.52).
La licitación empezará a la hora señalada y transcurrida una (1) hora desde el comienzo de la misma, se abrirán los sobres contentivos de las posturas, y estas se leerán en voz alta; siendo postura admisible la que cubra por lo menos el 70% del avalúo total del inmueble, previa consignación del porcentaje legal del 40% del avalúo total de los respectivos bienes, a través de la cuenta de depósitos judiciales No. 540012031007 de Depósitos Judiciales del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, y a órdenes de este Juzgado.
Como impuesto sobre remate, el licitante a quien se le adjudique el bien subastado, deberá consignar el 5% sobre el valor final del remate en la Cuenta Corriente 3-0820-000635-8 Convenio Código 13477 ‘Cuenta Tesoro Nacional‘ del Banco Agrario de Colombia, de conformidad con lo dispuesto en artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 que modificó el Art. 7 de la ley 11- 87 y el Art. 5 de la Ley 66 de 1993.
Para los efectos previstos en el Art. 449 y 450 del C.G.P., copias de este aviso se entregan al actor para su publicación por una sola vez en un periódico de amplia circulación, con antelación no menor a diez (10) días hábiles a la fecha de la diligencia; y junto con la prueba de su publicación, deberá allegar un ejemplar del certificado de tradición y libertad del inmueble expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia.
Se advierte que la diligencia de remate tendrá lugar a través de la plataforma LIFESIZE. Por lo que es deber de las partes e interesados en participar en tal diligencia, contar con un dispositivo electrónico compatible con tal plataforma y en lo posible procurar descargar la misma.
La cuenta de correo institucional designada para el recibo de las posturas u ofertas de remate es: jcivccu7@cendoj.ramajudicial.gov.co
El link o enlace web a través del cual los participantes podrán acceder a la diligencia es:
https://call.lifesizecloud.com/9884689
Igualmente se precisa que para el desarrollo de la presente diligencia se dará aplicación a la Circular DESAJCUC20-217, que contiene el protocolo a seguir para la diligencia de remate, Que puede ser consultada en el link
https://tribunalsuperior decucuta.gov.co/ 2020/11/30/protocolo-para-diligencias-virtuales-de-remate/
Dicho protocolo, entre otros, contiene:
“(-..)3. PRESENTACIÓN DE POSTURAS DE REMATE OPORTUNIDAD: De conformidad a lo previsto en los artículos 451 y 452 del C.G.P., la oportunidad procesal para que los interesados puedan presentar posturas de remate será dentro de los 5 días anteriores a la celebración de la respectiva diligencia y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma. CONTENIDO DE LA POSTURA: Todas las posturas de remate presentadas deberán contener como mínimo la siguiente información:
• Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura,
• Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura.
• Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél.
• Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
ANEXOS DE LA POSTURA: Toda postura de remate deberá ser acompañada como mínimo de los siguientes documentos:
• Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días.
• Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por intermedio de uno.
• Copia del depósito judicial para hacer postura, equivalente al 40% del avalúo del inmueble por el que se presenta postura, de conformidad a lo indicado en el artículo 451 del C.G.P., salvo que se trate de postor por cuenta de su crédito.
MODALIDAD DE PRESENTACIÓN DE LA POSTURA: La presentación de posturas para diligencias de remate que tengan lugar en los Despachos Judiciales de la jurisdicción siempre deberá realizarse a través de correo electrónico. Las posturas electrónicas deberán enviarse de forma exclusiva a través de mensaje de correo a la cuenta electrónica institucional delegada por el Despacho Judicial para tal fin, informando adicionalmente número(s) telefónico(s) de contacto y/o cuenta(s) de correo(s) electrónico(as) alternativa(s) con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del C.G.P.: • ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto lo siguiente: Número del RADICADO DEL PROCESO en 23 dígitos. Para el presente caso, es 54001310300220070 015100.ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como ‘un sobre cerrado‘ bajo los parámetros del artículo 452 del C.G.P., la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña. Este archivo digital deberá denominarse ‘OFERTA‘.
La contraseña permitirá que solo el postulante pueda tener acceso a la información incluida en su archivo PDF. En el desarrollo de la diligencia de remate el titular del Despacho Judicial se la solicitará para abrir el documento, y en caso de no asistir a la audiencia virtual se comunicará al(os) número(s) telefónico(s) de contacto y/o cuenta(s) de correo(s) electrónico(as) alternativa(s) suministrado(s) para ese mismo efecto(...)‘
Se libra el presente AVISO DE REMATE, hoy 02 de julio de 2021.
LUIS ALIRIO ALVERNIA PUENTES Secretario
Con copia a: JOSE DE JESUS MARIA SOTO APOLINAR - Apoderado parte demandante - josemaria418@hotmail.com
Firmado Por:
LUIS ALIRIO ALVERNIA PUENTES SECRETARIO CIRCUITO JUZGADO 007 CIVIL DEL CIRCUITO CUCUTA
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:
c877bbcca4f6a427f58b4b025911f1e650a08186565a1ac14afe3267dd7e0f62
Documento generado en 12/07/2021 03:22:04 PM
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Rama Judicial del Poder Público
Distrito Judicial de Cúcuta
JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CUCUTA
Norte de Santander
AVISO DE REMATE
EL SECRETARIO DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CUCUTA
HACE SABER:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR, radicado al # 54001-3103-002-2007-00151-00, propuesto por HENRY DUARTE BECERRA C.C. 19.401.240, a través de Apoderado judicial, en contra de FERNANDO FRANCO TRUJILLO C.C. 13.827.542 y PATRICIA MARIA DEL PILAR ELCURE CHACON C.C. 60.286.149, se señaló la hora de la UNA (1:00 PM) DE LA TARDE DEL DÍA NUEVE (9) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO (2021), para efectos de llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble vinculado a esta ejecución, previamente embargado, secuestrado y avaluado dentro de este proceso.
BIEN INMUEBLE OBJETO DEL REMATE: Un lote de terreno identificado con Matricula inmobiliaria No. 260-121975, que hace parte de la finca denominada ‘LA ARTILLERIA‘, ubicado en el corregimiento de El Salado, Municipio de Cúcuta, que tiene una extensión de aproximadamente (15H), cuyos linderos son: Partiendo del punto 1A ubicado a 200 metros adelante del punto 1, denominado ‘POZO DE LAS PIEDRAS‘, sobre la margen izquierda de la carretera que de Cúcuta conduce al corregimiento de San Faustino, hasta llegar al punto número (2), en extensión de 500 metros; se voltea hacia la izquierda de para arriba hasta encontrar el punto 3 en longitud de 300 metros; de este punto se va a la izquierda en línea recta en extensión de 500 metros hasta llegar al punto 4a, distante 200 metros del punto 4; se voltea nuevamente hacia la izquierda, de para abajo hasta encontrar el punto 1a, en extensión de 300 metros y encierra.
AVALUO: El bien inmueble se encuentra avaluado en la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS ($192’902.766.52).
La licitación empezará a la hora señalada y transcurrida una (1) hora desde el comienzo de la misma, se abrirán los sobres contentivos de las posturas, y estas se leerán en voz alta; siendo postura admisible la que cubra por lo menos el 70% del avalúo total del inmueble, previa consignación del porcentaje legal del 40% del avalúo total de los respectivos bienes, a través de la cuenta de depósitos judiciales No. 540012031007 de Depósitos Judiciales del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, y a órdenes de este Juzgado.
Como impuesto sobre remate, el licitante a quien se le adjudique el bien subastado, deberá consignar el 5% sobre el valor final del remate en la Cuenta Corriente 3-0820-000635-8 Convenio Código 13477 ‘Cuenta Tesoro Nacional‘ del Banco Agrario de Colombia, de conformidad con lo dispuesto en artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 que modificó el Art. 7 de la ley 11- 87 y el Art. 5 de la Ley 66 de 1993.
Para los efectos previstos en el Art. 449 y 450 del C.G.P., copias de este aviso se entregan al actor para su publicación por una sola vez en un periódico de amplia circulación, con antelación no menor a diez (10) días hábiles a la fecha de la diligencia; y junto con la prueba de su publicación, deberá allegar un ejemplar del certificado de tradición y libertad del inmueble expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia.
Se advierte que la diligencia de remate tendrá lugar a través de la plataforma LIFESIZE. Por lo que es deber de las partes e interesados en participar en tal diligencia, contar con un dispositivo electrónico compatible con tal plataforma y en lo posible procurar descargar la misma.
La cuenta de correo institucional designada para el recibo de las posturas u ofertas de remate es: jcivccu7@cendoj.ramajudicial.gov.co
El link o enlace web a través del cual los participantes podrán acceder a la diligencia es:
https://call.lifesizecloud.com/9884689
Igualmente se precisa que para el desarrollo de la presente diligencia se dará aplicación a la Circular DESAJCUC20-217, que contiene el protocolo a seguir para la diligencia de remate, Que puede ser consultada en el link
https://tribunalsuperior decucuta.gov.co/ 2020/11/30/protocolo-para-diligencias-virtuales-de-remate/
Dicho protocolo, entre otros, contiene:
“(-..)3. PRESENTACIÓN DE POSTURAS DE REMATE OPORTUNIDAD: De conformidad a lo previsto en los artículos 451 y 452 del C.G.P., la oportunidad procesal para que los interesados puedan presentar posturas de remate será dentro de los 5 días anteriores a la celebración de la respectiva diligencia y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma. CONTENIDO DE LA POSTURA: Todas las posturas de remate presentadas deberán contener como mínimo la siguiente información:
• Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura,
• Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura.
• Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél.
• Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
ANEXOS DE LA POSTURA: Toda postura de remate deberá ser acompañada como mínimo de los siguientes documentos:
• Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días.
• Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por intermedio de uno.
• Copia del depósito judicial para hacer postura, equivalente al 40% del avalúo del inmueble por el que se presenta postura, de conformidad a lo indicado en el artículo 451 del C.G.P., salvo que se trate de postor por cuenta de su crédito.
MODALIDAD DE PRESENTACIÓN DE LA POSTURA: La presentación de posturas para diligencias de remate que tengan lugar en los Despachos Judiciales de la jurisdicción siempre deberá realizarse a través de correo electrónico. Las posturas electrónicas deberán enviarse de forma exclusiva a través de mensaje de correo a la cuenta electrónica institucional delegada por el Despacho Judicial para tal fin, informando adicionalmente número(s) telefónico(s) de contacto y/o cuenta(s) de correo(s) electrónico(as) alternativa(s) con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del C.G.P.: • ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto lo siguiente: Número del RADICADO DEL PROCESO en 23 dígitos. Para el presente caso, es 54001310300220070 015100.ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como ‘un sobre cerrado‘ bajo los parámetros del artículo 452 del C.G.P., la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña. Este archivo digital deberá denominarse ‘OFERTA‘.
La contraseña permitirá que solo el postulante pueda tener acceso a la información incluida en su archivo PDF. En el desarrollo de la diligencia de remate el titular del Despacho Judicial se la solicitará para abrir el documento, y en caso de no asistir a la audiencia virtual se comunicará al(os) número(s) telefónico(s) de contacto y/o cuenta(s) de correo(s) electrónico(as) alternativa(s) suministrado(s) para ese mismo efecto(...)‘
Se libra el presente AVISO DE REMATE, hoy 02 de julio de 2021.
LUIS ALIRIO ALVERNIA PUENTES Secretario
Con copia a: JOSE DE JESUS MARIA SOTO APOLINAR - Apoderado parte demandante - josemaria418@hotmail.com
Firmado Por:
LUIS ALIRIO ALVERNIA PUENTES SECRETARIO CIRCUITO JUZGADO 007 CIVIL DEL CIRCUITO CUCUTA
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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