1525648

Número de referencia
RF159441
Titulo edicto
1525648
Texto del edicto
LA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA,
EMPLAZA
™A todas las personas que tengan derechos legítimos, como acreedores con o sin garantía real, y otros acreedores de obligaciones relacionadas con el predio más adelante descrito; así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos; para que comparezcan y hagan valer sus derechos dentro del proceso de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas que se adelanta en este Juzgado, y que corresponde al radicado No. 54001-3121-001-2021-00195-00, respecto al predio urbano ubicado en la Carrera 9 No. 12-05 Barrio Once de Noviembre del Corregimiento la Gabarra del Municipio de Tibú - Norte de Santander, identificado con folio de matricula inmobiliaria No. 260-85850, cedula catastral No. 54-810-02-00-0053-0001-000, con una área georreferenciada de 238 metros cuadrados. Con los siguientes linderos:
NORTE: Partiendo del punto 4 en dirección nororiente, en línea recta hasta el punto 1, en una distancia de 21,1 metros con el señor Octavio Vélez; ORIENTE: Partiendo del punto 1 en dirección suroriente, en línea recta hasta el punto 2, en una distancia de 11,3 metros con la Carrera 9; SUR: Partiendo del punto 2 en dirección suroccidente, en línea recta hasta el punto 3, en una distancia de 21,1 metros con la Calle 12; OCCIDENTE: Partiendo del punto 3 en dirección noroccidente, en línea recta hasta el punto 4, en una distancia de 11,3 metros con predios del Municipio.
El presente edicto deberá realizarse en un diario nacional, El Tiempo o Espectador, y La Opinión, y en una radiodifusora del municipio de Tibú - Norte de Santander, conforme lo normado en el literal e) del artículo 86 de la Ley 1448 de 2.011, incluyéndose la identificación del predio (nombres, ubicación, folios de matrícula inmobiliaria, números prediales, y linderos), así como la información que establece el literal (e) del artículo 86 de la ley 1448 de 2011.
Con esta publicación se entenderá surtido el traslado de la solicitud a las personas indeterminadas que consideren deben comparecer al proceso arriba señalado, para hacer valer sus derechos legítimos, y a quienes se consideren afectados con el mismo.
(Firmado electrónicamente)
JAIME TRILLOS YAÑEZ
Oficial Mayor
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