1526134

Número de referencia
RF650487
Titulo edicto
1526134
Texto del edicto
LA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA,
EMPLAZA
™A todas las personas que tengan derechos legítimos, como acreedores con o sin garantía real, y otros acreedores de obligaciones relacionadas con los predios más adelante descritos; así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, para que comparezcan y hagan valer sus derechos dentro del proceso de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas que se adelanta en este Juzgado, y que corresponde al radicado N° 54001-3121-001- 2021-00181-00,
El objeto de la solicitud trata sobre del predio denominado ‘Villa Karen‘ ubicado en el barrio Las Brisas, municipio de Tame, departamento de Arauca, identificado con número predial 81-794-01-02 -0567-0001-000, matrícula inmobiliaria 410- 37937 y área georreferenciada 5.217 M2 y cuyos linderos son:
Por el NORTE: Partiendo desde el punto 5003 en línea recta en dirección nor-oriente hasta llegar al punto 2 con JOSE VARGAS, en una distancia de 84,2 m.; por ORIENTE: Partiendo desde el punto 2 en línea quebrada en dirección sur-oriente que pasa por los puntos 3, 4 y 5 hasta llegar al punto 6 con JUAN FERRO en una distancia de 91,1 m., Por el SUR: Partiendo desde el punto 6 en línea recta en dirección sur-occidente hasta llegar al punto 1 con VIA SAMANA, en una distancia de 38,2 m; y por el OCCIDENTE: Partiendo desde el punto 1 en línea recta en dirección nor-occidente hasta llegar al punto 5003 con CALLEJUELA, en una distancia de 98,9 m.
El presente edicto deberá publicarse en el diario El Tiempo o El Espectador, y en un Diario de circulación Local, y en una radiodifusora del municipio de Tame - Arauca, conforme lo normado en el literal e) del artículo 86 de la Ley 1448 de 2.011, en el que se incluya la identificación del predio (nombre, ubicación, folio de matrícula inmobiliaria, número predial, y linderos), para que las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos comparezcan al proceso y hagan valer sus derechos.
Con esta publicación se entenderá surtido el traslado de la solicitud a las personas indeterminadas que consideren deben comparecer al proceso arriba señalado, para hacer valer sus derechos legítimos, y a quienes se consideren afectados con el mismo.
(Firmado electrónicamente)
IVAN ARTURO MENDEZ PEÑA
Oficial Mayor
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