Número de referencia
RF669801
Titulo edicto
1529262
Texto del edicto
EDICTO
EL NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE PAMPLONA, NORTE DE SANTANDER
EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación de la herencia de los causantes GILBERTO AFANADOR CABEZA, quien en vida se identificó con la cédula 2.000.244, fallecido en Silos el 23 de septiembre de 1966 y MARÍA OLIVA LAGUADO DE AFANADOR, quien en vida se identificó con la cédula 27.846.241 de Silos, fallecida en Bucaramanga el 29 de marzo de 2019, cuyo último domicilio y el asiento principal de sus negocios fue el municipio de Silos, ACEPTADO el trámite en esta notaría mediante ACTA # 33 de 27 de mayo de 2022, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además la fijación en un lugar visible de la notaría, por el término de diez (10) días.
El presente edicto se fija hoy veintisiete (27) de mayo de dos mil veintidós (2022) siendo las ocho (8) A. M.
DOY FE, EL NOTARIO
CIRO ALFONSO CAICEDO CAMARGO
EL NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE PAMPLONA, NORTE DE SANTANDER
EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación de la herencia de los causantes GILBERTO AFANADOR CABEZA, quien en vida se identificó con la cédula 2.000.244, fallecido en Silos el 23 de septiembre de 1966 y MARÍA OLIVA LAGUADO DE AFANADOR, quien en vida se identificó con la cédula 27.846.241 de Silos, fallecida en Bucaramanga el 29 de marzo de 2019, cuyo último domicilio y el asiento principal de sus negocios fue el municipio de Silos, ACEPTADO el trámite en esta notaría mediante ACTA # 33 de 27 de mayo de 2022, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además la fijación en un lugar visible de la notaría, por el término de diez (10) días.
El presente edicto se fija hoy veintisiete (27) de mayo de dos mil veintidós (2022) siendo las ocho (8) A. M.
DOY FE, EL NOTARIO
CIRO ALFONSO CAICEDO CAMARGO
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