Número de referencia
RF203864
Titulo edicto
1529659
Texto del edicto
Acta No. 083
Causante: RAMON ANTONIO ARENAS DUARTE y RITA MARIA CAICEDO DE ARENAS
EDICTO
EL NOTARIO SEPTIMO DEL CÍRCULO DE CUCUTA
EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la Liquidación de la sucesión intestada de los causantes RAMON ANTONIO ARENAS DUARTE y RITA MARIA CAICEDO DE ARENAS, quienes fallecieron en el municipio de Cúcuta los días 28 de Junio del 2002 y 26 de Noviembre del 2018, siendo en esta ciudad donde tuvieron su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios.
Aceptado el trámite en esta Notaría, el día 09 de Junio del 2022, iniciada mediante acta No. 083 y se ordene su publicación en un periódico de circulación nacional y se difunda en una emisora local, en cumplimiento con el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, ordenase además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.
El presente edicto se fija hoy jueves a los nueve (09) días del mes de Junio del 2022, siendo las 08:00 a.m.
EL NOTARIO SEPTIMO DEL CIRCULO DE CUCUTA (E)
JUANITA CARRIZOSA CARDENAS
Causante: RAMON ANTONIO ARENAS DUARTE y RITA MARIA CAICEDO DE ARENAS
EDICTO
EL NOTARIO SEPTIMO DEL CÍRCULO DE CUCUTA
EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la Liquidación de la sucesión intestada de los causantes RAMON ANTONIO ARENAS DUARTE y RITA MARIA CAICEDO DE ARENAS, quienes fallecieron en el municipio de Cúcuta los días 28 de Junio del 2002 y 26 de Noviembre del 2018, siendo en esta ciudad donde tuvieron su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios.
Aceptado el trámite en esta Notaría, el día 09 de Junio del 2022, iniciada mediante acta No. 083 y se ordene su publicación en un periódico de circulación nacional y se difunda en una emisora local, en cumplimiento con el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, ordenase además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.
El presente edicto se fija hoy jueves a los nueve (09) días del mes de Junio del 2022, siendo las 08:00 a.m.
EL NOTARIO SEPTIMO DEL CIRCULO DE CUCUTA (E)
JUANITA CARRIZOSA CARDENAS
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