Número de referencia
RF802792
Titulo edicto
1532914
Texto del edicto
República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
Juzgado Penal de Circuito Especializado
Extinción de Dominio de Cúcuta - Norte de Santander
EDICTO EMPLAZATORIO
(Artículo 140 de la Ley 1708 de 2014)
RADICADO No. 54001 -31 -20-001 -2020-000105-00
(Radicado Fiscalía No. 11001609906820 20000313 - 296924 E.D.)
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA - NORTE DE
SANTANDER
CITA Y EMPLAZA:
™A SANDRA MILENA GLEN SUÁREZ con cédula de ciudadanía 37.558.492, QUIEN FIGURA COMO TITULAR DE DERECHOS SOBRE LOS BIEN(ES) INMUEBLE(S) objeto de la acción de extinción de dominio, de acuerdo con el certificado de libertad y tradición expedido por la Oficina de Instrumentos Públicos, así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 54001-31-20-001- 2020-000105-00, (radicado fiscalía No. 110016099068 2020000313 296924 E.D.), dentro del cual el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 y 137 de la ley 1708 de 2014, AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, POR COMPETENCIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO , del(os) bien(es) mueble (s) objeto de la Acción de Extinción de dominio, según certificados de Libertad y tradición, a fin que comparezcan a este Juzgado, hacer valer sus derechos respecto del(os) bien(es) inmueble(s), que a continuación se identifica: Matricula Inmobiliaria: 300-289437, en dirección Carrera 15 No. 202a-82 Manzana I Casa 4 barrio González Chaparro. Ubicado en el municipio de Floridablanca - Santander.
Lo anterior, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto de septiembre 5 de 2022 y de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014.
CONSTANCIA DE FIJACIÓN
Se fija el presente EDICTO en un lugar visible del JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA - NORTE DE SANTANDER, por el término de cinco (5) días hábiles y se expide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la Nación, en la página web de la Rama Judicial, en un periódico de amplia circulación nacional y para su difusión en una radiodifusora o cualquier otro medio con cobertura en la localidad donde se encuentra el (los) bien(es).
Si el emplazado o los emplazados no se presentan dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término de fijación del edicto, el proceso continuará con la intervención del Ministerio Público, quien velará por el cumplimiento de las reglas del debido proceso.
SE FIJA el presente edicto en la secretaría del despacho las 08:00 horas del 8 de septiembre de 202 y SE DESFIJA a las 17:00 horas del 14 de septiembre de 2022.
LUIS OMAR FLÓREZ GÓMEZ
SECRETARIO
Rama Judicial del Poder Público
Juzgado Penal de Circuito Especializado
Extinción de Dominio de Cúcuta - Norte de Santander
EDICTO EMPLAZATORIO
(Artículo 140 de la Ley 1708 de 2014)
RADICADO No. 54001 -31 -20-001 -2020-000105-00
(Radicado Fiscalía No. 11001609906820 20000313 - 296924 E.D.)
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA - NORTE DE
SANTANDER
CITA Y EMPLAZA:
™A SANDRA MILENA GLEN SUÁREZ con cédula de ciudadanía 37.558.492, QUIEN FIGURA COMO TITULAR DE DERECHOS SOBRE LOS BIEN(ES) INMUEBLE(S) objeto de la acción de extinción de dominio, de acuerdo con el certificado de libertad y tradición expedido por la Oficina de Instrumentos Públicos, así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 54001-31-20-001- 2020-000105-00, (radicado fiscalía No. 110016099068 2020000313 296924 E.D.), dentro del cual el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 y 137 de la ley 1708 de 2014, AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, POR COMPETENCIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO , del(os) bien(es) mueble (s) objeto de la Acción de Extinción de dominio, según certificados de Libertad y tradición, a fin que comparezcan a este Juzgado, hacer valer sus derechos respecto del(os) bien(es) inmueble(s), que a continuación se identifica: Matricula Inmobiliaria: 300-289437, en dirección Carrera 15 No. 202a-82 Manzana I Casa 4 barrio González Chaparro. Ubicado en el municipio de Floridablanca - Santander.
Lo anterior, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto de septiembre 5 de 2022 y de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014.
CONSTANCIA DE FIJACIÓN
Se fija el presente EDICTO en un lugar visible del JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA - NORTE DE SANTANDER, por el término de cinco (5) días hábiles y se expide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la Nación, en la página web de la Rama Judicial, en un periódico de amplia circulación nacional y para su difusión en una radiodifusora o cualquier otro medio con cobertura en la localidad donde se encuentra el (los) bien(es).
Si el emplazado o los emplazados no se presentan dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término de fijación del edicto, el proceso continuará con la intervención del Ministerio Público, quien velará por el cumplimiento de las reglas del debido proceso.
SE FIJA el presente edicto en la secretaría del despacho las 08:00 horas del 8 de septiembre de 202 y SE DESFIJA a las 17:00 horas del 14 de septiembre de 2022.
LUIS OMAR FLÓREZ GÓMEZ
SECRETARIO
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