Número de referencia
RF144537
Titulo edicto
1533242
Texto del edicto
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE PAMPLONA N. S.
AVISA AL PÚBLICO
™Que, dentro del proceso Divisorio, radicado bajo el No. 54-518-40-03-001-2022- 00091-00, instaurado por LUIS MARTIN BARRERA por intermedio de apoderada judicial contra JULIO ERNESTO ARAQUE DIAZ, se ha fijado la hora de las dos de la tarde (02:00PM) del día diecinueve (19) de octubre del año dos mil veintidós (2022), para llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble ubicado en la calle 9 N° 8c-63 Barrio Afanador de la Ciudad de Pamplona, con matrícula Inmobiliaria No 272- 17536 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Pamplona y cedula catastral No 01-02-0011-0001-000. Se trata de una casa de habitación junto con el terreno de su comprensión, ubicada sobre la calle 8B N.º 8C-63 Barrio Afanador de la ciudad de Pamplona, N. de S. El lote de terreno presenta un área de 180,80 m2, con una pendiente suave que va del 5 al 7%, comprendida dentro de los siguientes linderos; NORTE: en 13,80 metros con carrera 12 Avenida- con alameda de doble carril, al medio con la casa N.º 4. ORIENTE: con la Escuela El Escorial. SUR: con terrenos que son o fueron propiedad de la señora Carmen Rosa Días de Araque. OCCIDENTE: en 13,10 metros con la calle 8B Avenida Carlos Lleras Restrepo, al medio, Parque Rafael Afanador y Cadena. Se trata de un terreno de forma trapezoidal; irregular no presenta solar, su frente presenta antejardín en su costado norte y occidental, el área construida es de 110 m2. Dentro del terreno existe una vivienda de habitación de una planta y un segundo nivel sobre el garaje, construida con paredes de ladrillo tipo tabletón, cubierta de teja de barro y láminas de asbesto cemento (Eternit), carpintería en madera. Se deja constancia que no se pudo acceder al predio para evidenciar composición y demás detalles, su estado de conservación es regular, no se encuentra habitada como también por información extra oficial (vecinos) la casa ha permanecido sin ser habitada por largo lapso de tiempo, presenta disponibilidad de servicios básicos; energía, acueducto, aseo, gas, TV y comunicaciones, el sector se encuentra tipificado en estrato tres (3), buen amoblamiento urbano, se encuentra distante a 600 metros del parque principal. En términos generales, el predio puede ser divisible en dos (2) partes, siempre y cuando se permita la intervención sobre antejardín legalmente embargados, secuestrados y avaluados dentro del proceso Divisorio arriba mencionado, de propiedad de la parte demandada.
El bien antes relacionado, fue avaluado en la suma de CIENTO VEINTISÉIS MILLONES PESOS ($126.000.000) MCTE.
VALOR DE LA SUBASTA: Cien por ciento (100%) del avalúo del bien inmueble. PORCENTAJE PARA HACER POSTURA: Cuarenta por ciento (40%) del avalúo.
CONSIGNACIÓN Y NÚMERO DE CUENTA: Banco Agrario de Colombia, Sucursal Pamplona, Cuenta No. 545182041001, a órdenes del Juzgado Primero Civil Municipal de Pamplona Norte de Santander.
El secuestre designado y quien puede mostrar el bien inmueble objeto de remate es, JORGE AMILKAR GARCIA NOCUA C.C 1.095.821.481 quien mostrará el bien inmueble a rematar y quien puede ser ubicado al celular: 3144529189.
Quien salga favorecido con la subasta, deberá consignar con posterioridad a la misma, a Órdenes del Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia, un impuesto del 5% sobre el valor final de la subasta, de conformidad con lo normado por el Artículo 7 de la Ley 11 de 1997, en armonía con el Artículo 5 de la Ley 66 de 1993, modificado por el Artículo 12 de la Ley 1743 de 2014, requisito sin el cual no se aprobará dicha subasta, para lo cual consignara en el Banco Agrario de Colombia, cuenta Nro.3-082-00-00635-8, Convenio 13477 Rama Judicial-Impuestos de Remate y sus Rendimientos-Cuenta Única Nacional por Concepto de Remate a órdenes del Juzgado Primero Civil Municipal de Pamplona Norte de Santander.
Se Advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo por los canales electrónicos y/o virtuales disponibles, esto es, por medio de la plataforma Microsoft Teams.Lo anterior, atendiendo las instrucciones del inciso 2° del parágrafo del artículo 1º del Decreto Legislativo No. 806 del 04 de junio de 2020, al Acuerdo PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2020del Consejo Superior de la Judicatura, y el Acuerdo CSJNS2020.153 del 30 de junio de 2020 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y, la Circular DESAJCUC20.217 del 12 de noviembre de 2020, mediante la cual el Consejo Superior de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca estableció el protocolo para la realización de audiencia de Remate, el cual podrá consultarse a través del siguiente link https;/www.ramajudicial.gov.co./ documents/3741628/54101341/CIRCULAR+ DESAJUCUC20217+CIRCULAR+PROTOCOLO+ PARA+REALIZAR+DILIGENCIAS+DE+REMATE.pdf/ d6b6f9e9-553f-4b10-8da8- 77066e38a7a0.
Anúnciese el remate en el periódico La Opinión, o en una emisora con sintonía en la localidad, el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, a costa de la parte interesada, a quién desde ya se le autoriza para dicho efecto. En dicho anuncio deberán indicarse: i) los datos a que se refiere el Art. 450 del C.G. del P., ii) la plataforma virtual Microsoft Teams que se utilizará para la diligencia de remate, iii) la cuenta de correo j01cmpalpam@cendoj. ramajudicial.gov.coa través de la cual se recibirán las posturas u ofertas de remate, iv) el link o enlace web a través del cual los participantes podrán acceder a la diligencia, v) la indicación que la diligencia se llevará a cabo bajo los parámetros fijados en el C.G.P., así como en el Protocolo para la Realización de Audiencias de Remate adoptado por el Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca y, vi) el link donde se puede consultar dicho protocolo.
Finalmente, para la presentación de las posturas de remate, la parte interesada deberá ceñirse a los parámetros establecidos en el Protocolo para la Realización de Audiencia de Remate adoptado por el Consejo Superior de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca, para tal fin.
Se expide en Pamplona a los nueve (19) días de septiembre de dos mil veintidós (2022).
OSCAR EDUARDO TARAZONA SUÁREZ
Secretario
Firmado Por:
Oscar Eduardo Tarazona Suarez
Secretario Municipal
Juzgado Municipal
Civil 001
Pamplona - N. De Santander
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EL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE PAMPLONA N. S.
AVISA AL PÚBLICO
™Que, dentro del proceso Divisorio, radicado bajo el No. 54-518-40-03-001-2022- 00091-00, instaurado por LUIS MARTIN BARRERA por intermedio de apoderada judicial contra JULIO ERNESTO ARAQUE DIAZ, se ha fijado la hora de las dos de la tarde (02:00PM) del día diecinueve (19) de octubre del año dos mil veintidós (2022), para llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble ubicado en la calle 9 N° 8c-63 Barrio Afanador de la Ciudad de Pamplona, con matrícula Inmobiliaria No 272- 17536 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Pamplona y cedula catastral No 01-02-0011-0001-000. Se trata de una casa de habitación junto con el terreno de su comprensión, ubicada sobre la calle 8B N.º 8C-63 Barrio Afanador de la ciudad de Pamplona, N. de S. El lote de terreno presenta un área de 180,80 m2, con una pendiente suave que va del 5 al 7%, comprendida dentro de los siguientes linderos; NORTE: en 13,80 metros con carrera 12 Avenida- con alameda de doble carril, al medio con la casa N.º 4. ORIENTE: con la Escuela El Escorial. SUR: con terrenos que son o fueron propiedad de la señora Carmen Rosa Días de Araque. OCCIDENTE: en 13,10 metros con la calle 8B Avenida Carlos Lleras Restrepo, al medio, Parque Rafael Afanador y Cadena. Se trata de un terreno de forma trapezoidal; irregular no presenta solar, su frente presenta antejardín en su costado norte y occidental, el área construida es de 110 m2. Dentro del terreno existe una vivienda de habitación de una planta y un segundo nivel sobre el garaje, construida con paredes de ladrillo tipo tabletón, cubierta de teja de barro y láminas de asbesto cemento (Eternit), carpintería en madera. Se deja constancia que no se pudo acceder al predio para evidenciar composición y demás detalles, su estado de conservación es regular, no se encuentra habitada como también por información extra oficial (vecinos) la casa ha permanecido sin ser habitada por largo lapso de tiempo, presenta disponibilidad de servicios básicos; energía, acueducto, aseo, gas, TV y comunicaciones, el sector se encuentra tipificado en estrato tres (3), buen amoblamiento urbano, se encuentra distante a 600 metros del parque principal. En términos generales, el predio puede ser divisible en dos (2) partes, siempre y cuando se permita la intervención sobre antejardín legalmente embargados, secuestrados y avaluados dentro del proceso Divisorio arriba mencionado, de propiedad de la parte demandada.
El bien antes relacionado, fue avaluado en la suma de CIENTO VEINTISÉIS MILLONES PESOS ($126.000.000) MCTE.
VALOR DE LA SUBASTA: Cien por ciento (100%) del avalúo del bien inmueble. PORCENTAJE PARA HACER POSTURA: Cuarenta por ciento (40%) del avalúo.
CONSIGNACIÓN Y NÚMERO DE CUENTA: Banco Agrario de Colombia, Sucursal Pamplona, Cuenta No. 545182041001, a órdenes del Juzgado Primero Civil Municipal de Pamplona Norte de Santander.
El secuestre designado y quien puede mostrar el bien inmueble objeto de remate es, JORGE AMILKAR GARCIA NOCUA C.C 1.095.821.481 quien mostrará el bien inmueble a rematar y quien puede ser ubicado al celular: 3144529189.
Quien salga favorecido con la subasta, deberá consignar con posterioridad a la misma, a Órdenes del Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia, un impuesto del 5% sobre el valor final de la subasta, de conformidad con lo normado por el Artículo 7 de la Ley 11 de 1997, en armonía con el Artículo 5 de la Ley 66 de 1993, modificado por el Artículo 12 de la Ley 1743 de 2014, requisito sin el cual no se aprobará dicha subasta, para lo cual consignara en el Banco Agrario de Colombia, cuenta Nro.3-082-00-00635-8, Convenio 13477 Rama Judicial-Impuestos de Remate y sus Rendimientos-Cuenta Única Nacional por Concepto de Remate a órdenes del Juzgado Primero Civil Municipal de Pamplona Norte de Santander.
Se Advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo por los canales electrónicos y/o virtuales disponibles, esto es, por medio de la plataforma Microsoft Teams.Lo anterior, atendiendo las instrucciones del inciso 2° del parágrafo del artículo 1º del Decreto Legislativo No. 806 del 04 de junio de 2020, al Acuerdo PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2020del Consejo Superior de la Judicatura, y el Acuerdo CSJNS2020.153 del 30 de junio de 2020 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y, la Circular DESAJCUC20.217 del 12 de noviembre de 2020, mediante la cual el Consejo Superior de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca estableció el protocolo para la realización de audiencia de Remate, el cual podrá consultarse a través del siguiente link https;/www.ramajudicial.gov.co./ documents/3741628/54101341/CIRCULAR+ DESAJUCUC20217+CIRCULAR+PROTOCOLO+ PARA+REALIZAR+DILIGENCIAS+DE+REMATE.pdf/ d6b6f9e9-553f-4b10-8da8- 77066e38a7a0.
Anúnciese el remate en el periódico La Opinión, o en una emisora con sintonía en la localidad, el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, a costa de la parte interesada, a quién desde ya se le autoriza para dicho efecto. En dicho anuncio deberán indicarse: i) los datos a que se refiere el Art. 450 del C.G. del P., ii) la plataforma virtual Microsoft Teams que se utilizará para la diligencia de remate, iii) la cuenta de correo j01cmpalpam@cendoj. ramajudicial.gov.coa través de la cual se recibirán las posturas u ofertas de remate, iv) el link o enlace web a través del cual los participantes podrán acceder a la diligencia, v) la indicación que la diligencia se llevará a cabo bajo los parámetros fijados en el C.G.P., así como en el Protocolo para la Realización de Audiencias de Remate adoptado por el Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca y, vi) el link donde se puede consultar dicho protocolo.
Finalmente, para la presentación de las posturas de remate, la parte interesada deberá ceñirse a los parámetros establecidos en el Protocolo para la Realización de Audiencia de Remate adoptado por el Consejo Superior de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca, para tal fin.
Se expide en Pamplona a los nueve (19) días de septiembre de dos mil veintidós (2022).
OSCAR EDUARDO TARAZONA SUÁREZ
Secretario
Firmado Por:
Oscar Eduardo Tarazona Suarez
Secretario Municipal
Juzgado Municipal
Civil 001
Pamplona - N. De Santander
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