1533536

Número de referencia
RF183281
Titulo edicto
1533536
Texto del edicto
JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE CUCUTA
EJECUTIVO MIXTO - RAD No. 5400140220032017- 0043800
Cúcuta, veinticuatro (24) de junio de dos mil veintidós (2022).
DEMANDANTE: BANCOLOMBIA S.A.
DEMANDADO: LUDDY ANGELICA RIVERA RIVERA
ASUNTO: AUTO-AVISO FIJA FECHA DE REMATE
™Atendiendo a la solicitud elevada por el apoderado judicial de la parte demandante y teniendo en cuenta que el avalúo realizado al inmueble materia de remate se encuentra en firme, por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública.
En aplicación a lo normado en los artículo 42 y 132 del CGP, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa que el proceso se ha rituado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del inmueble materia de medida cautelar, toda vez que, el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, sin que se encuentre pendiente la resolución de
ninguno de los trámites a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma. Se advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo bajo los parámetros
establecidos en el CGP, y el protocolo adoptado para su realización a través de medios virtuales, en aplicación a lo dispuesto por la ley 2213 de 2022, los Acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518, PCSJA20-11519, PCSJA20-11521, PCSJA20-11526, PCSJA20-11527, PCSJA20-11528, PCSJA20-11529, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11546, PCSJA20-11556, PCSJA20-11567, PCSJA20-11581, PCSJA20-11614, PCSJA20-11622, PCSJA20-11623 y PCSJA20-11629 PCSJA2111840 y Oficio Aclaratorio PCSJ021-710 del Consejo Superior de la Judicatura, y los Acuerdos CSJNS20-152, CSJNS20-153, CSJNS20-
154, CSJNS20-155, CSJNS20-162, CSJNS20-172, CSJNS20-180, CSJNS20-218 y CIRCULAR
124 del 31 de agosto de 2021 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca. (AVISO 3: Circular Protocolo para la Realización de Audiencias de Remate).
En consecuencia, señálese la hora de las Diez de la mañana (10 A. M.) del diecinueve (19) de octubre de dos mil Veintidós (2022), para llevar a cabo la diligencia virtual de remate (https://call.lifesizecloud.com/14974840) mediante la plataforma de videoconferencia LIFESIZE (AVISO 4: Guia Para Conexiones Virtuales Exitosas
en Diligencias de Remate), del bien inmueble identificado con la matricula inmobiliaria No. 260-165699 y con código catastral No. 010100490054-801-8-00-00-0054 de propiedad de la demandada LUDDY ANGELICA RIVERA RIVERA identificada con la cedula de Ciudadanía
No. 1090369561, lote de terreno junto con la casa sobre él construida, identificado como Lote No. 3 casa L-3 del Conjunto Residencial Tamarindo Club I Etapa, sector de la Parada, calle 12 y 13 No. 1E-35 y las carreras 1E y 2E No. 12-05 Villa Antigua Municipio de Villa del Rosario, Norte de Santander, con un área aproximada de 99.80 metros cuadrados, alinderado por el NORTE: En 7.18 metros con la casa L-5, SUR: En 7.18 metros con la vía
pública por medio con casa R-24 de la manzana R, ORIENTE: En 13.90 metros con la casa L-4, y por el OCCIDENTE: En 13.90 metros con la casa L-2. Los linderos generales del conjunto residencial Tamarindo Club se encuentran en la escritura pública No. 757 del 28
de abril de 2015 de la Notaría Sexta de Cúcuta.
El secuestre designado es el señor ROBERT ALFONSO JAIMES GARCIA, quien podrá ser localizado en la Avenida 15 No. 12-43 Barrio El Contento de esta ciudad, Correo Robert_alfonso22 @yahoo.es whatsapp: 3103369900
El bien a rematar tiene un avalúo aprobado en la suma de CIENTO SIERTE MILLONES NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL PESOS MCTE ($107.926.000) y será
postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del 40% del total del avalúo para hacer postura.
Los postores, incluido el ejecutante, deberán enviar sus ofertas y el depósito previsto para hacer postura si a ello hubiere lugar, al correo electrónico institucional
jcivmcu3@cendoj. ramajudicial.gov.co, (AVISO 5: Preparación de Archivo PDF para Remates) en la forma y términos establecidos en el mencionado protocolo (AVISO 6:
Presentación de Posturas de Remate).
El licitante favorecido deberá pagar, por concepto de impuestos, el 5% sobre el valor final del remate a favor del tesoro nacional.
La licitación virtual empezará a la hora fijada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una (01) hora.
El presente auto será publicado en la sección “Remates” en el micrositio web correspondiente a este Despacho Judicial en la página de la Rama Judicial
(https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado-03- civil-municipal-de-cucuta), y se agendará la diligencia en la sección de “Cronograma de Audiencias”, para acceso y consulta de los interesados. Así mismo ADVIÉRTASE a la parte demandante que este auto-aviso se publicará el
día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en un periódico de amplia circulación en la localidad (art. 450 CGP).
Por la parte actora alléguese el certificado de tradición del inmueble objeto de remate, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate.
CÓPIESE Y NOTIFÍQUESE
La Jueza.
MARIA ROSALBA JIMENEZ GALVIS
(El presente documento se suscribe de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, por cuya virtud se autoriza la “firma autógrafa mecánica, digitalizada o escaneada”, en virtud de la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional).
JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA
CÚCUTA, 28 de junio de 2022, se notificó hoy el auto anterior por anotación en estado a las ocho de la mañana.
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