1533789

Número de referencia
RF149139
Titulo edicto
1533789
Texto del edicto
JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE ORALIDAD
DISTRITO JUDICIAL DE SAN JOSE DE CUCUTA,
NORTE DE SANTANDER.
EDICTO
JUZGADO CUARTO DE FAMILIA EN O RALIDAD DE CÚCUTA, NORTE DE SANTANDER
CITA Y EMPLAZA
™Al señor OVIDIO DE JESUS ALVAREZ PEREZ, persona mayor de edad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 6.288.875 de El Cerrito Valle, hijo de MARIA JOSEFINA PEREZ MEZSA y GABRIEL ALVAREZ GALLEGO, cuyo domicilio, residencia y lugar de trabajo se desconocen, a fin de que se presente en este Juzgado, por si o por medio de apoderado a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda de jurisdicción voluntaria DECLARACION DE AUSENCIA, radicado 54 001 31 60 004 2022-00020-00 (lnterno.17.640), promovido a través de apoderado judicial por la señora MARIA JOSEFINA PEREZ DE ALVAREZ, en calidad de madre. Así mismo se previene a todas aquellas personas que tenga noticias del mencionado señor OVIDIO DE JESUS ALVAREZ PEREZ, informar a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia, Avenida Gran Colombia, piso 1, oficina 103 C, Cúcuta, TEL.5751752. Correo electrónico jfamcu4@cendoj.ramajudicial.gov.co
Extracto de la demanda: El señor OVIDIO DE JESUS ALVAREZ PEREZ nació el 5 de marzo de 1958, registrado en la Notaría Segunda del círculo de Medellín, 2.-Hijo de MARIA JOSEFINA PEREZ DE ALVAREZ 3.- Al momento de la desaparición tenía 62 años de edad, sin sociedad conyugal vigente, ni unión libre y sin hijos. 4.- Se encuentra desaparecido desde el 26 de julio de 2020, la última vez de su presencia fue en su vivienda Ubicada en la Av. 26 No. 39-12, apartamento 202 torre 11 del conjunto residencial Hibisco, ciudadela la Flores, anillo vial occidental, Cúcuta. 5.- Su vivienda era propia, la adquirió con su trabajo como Estilista profesional y que se encontraba pagando al Banco Davivienda. 6.- Al momento de la separación sostenía una obligación Hipotecaria con el Banco DAVIVIENDA de Cúcuta, obligación que se encuentra ejecutada mediante proceso No. 540014189-003-2021- 00414-00, en el Juzgado 03 de pequeñas causas y competencias múltiple de Cúcuta, 7.- Los hechos de la desaparición son inciertos, lo que se presume es que por ser Líder Social del Sector de HIBISCOS, le fue arrebatado su libertad y su vida. 8.- Mi representada, desde el 26 de julio de 2020 ha adelantado diligencias tendientes a dar con su localización, realizando publicaciones en medios electrónicos como Cúcuta online, con fecha de circulación del 20 de agosto del 2020 y ante el diario La opinión de Cúcuta con fecha 10 de agosto del 2020. 9.-El día 10 de agosto del 2020, se impetró denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación, con Código 682766000250 202050615, de la FISCALIA 12 UNIDAD ESPECIALIZADA-CUCUTA. 10-, El señor Ovidio De Jesús Álvarez Pérez cumplió un año de ausente y hasta el momento ha sido imposible dar con su paradero y él tampoco se ha reportado, ni ha dado muestra alguna de sobre vivencia. En consecuencia la demandante solicita que mediante sentencia judicial se declare, por medio de un procedimiento de jurisdicción voluntaria la DECLARACION DE AUSENCIA por desaparición forzada del señor OVIDIO DE JESUS ALVAREZ PEREZ, con fecha 26 de julio de 2020.
Para los efectos previstos en el artículo 108 y 583 Núm. 2 del C.G.P., y las nuevas disposiciones de la ley 2213 de junio 13 de 2022, entréguese copia de este listado a la parte actora para su publicación por una sola vez, en un día domingo en uno de los periódicos de mayor circulación en la capital de la República, pudiendo ser el espectador o el tiempo y en un periódico de amplia circulación en el último domicilio conocido del ausente, La opinión y en una radiodifusora de la misma localidad.
OSCAR LAGUADO ROJAS
Secretario
Firmado Por:
Oscar Laguado Rojas
JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE ORALIDAD
CUCUTA PALACIO DE JUSTICIA OFICINA 103C
CORREO ELECTRONICO: jfamcu4@cendoj.ramajudicial.gov.co
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