Número de referencia
RF655902
Titulo edicto
1534535
Texto del edicto
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER
JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL LOS PATIOS
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA
™PROCESO: EJECUTIVO HIPOTECARIO
MENOR CUANTÍA- PRIMERA INSTANCIA C.S.
RAD. 54-405-40-03-001- 2020-00066-00
DTE.: BANCOLOMBIA S.A. NIT N° 890.903.938-8
DDO.: MÓNICA MARCELA TORRES HIGUERA CC N° 1.094.366.455
Los Patios, veintidós (22) de Septiembre de dos mil veintidós (2022)
Teniendo en cuenta que dentro del término de traslado del AVALÚO COMERCIAL del bien inmueble embargado y secuestrado dentro del presente proceso, allegado por el apoderado (a) de la parte ejecutante, visto a folio 112-128 del expediente, éste no fue objetado y el término concedido se encuentra vencido, procede el despacho a impartirle su APROBACIÓN, en la suma de $77.478.800,oo.
Ahora bien, en atención a la solicitud elevada por la apoderada judicial de la parte demandante y teniendo en cuenta que el avalúo realizado al inmueble materia de remate se encuentra en firme, y por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública.
Ha de advertirse, que en aplicación a lo normado en los artículo 42 y 132 Ibidem, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa que el proceso se ha situado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del bien inmueble materia de medida cautelar, toda vez que el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, y no se encuentra pendiente la resolución de ninguno de los trámites a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma.
Señalar el día MIÉRCOLES (16) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS (2022), A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00A.M), con el fin de llevar a cabo la audiencia de remate del bien inmueble de propiedad del ejecutado (a) MÓNICA MARCELA TORRES HIGUERA CC N° 1.094.366.455, que según certificado de tradición y libertad se encuentra ubicado en la 1) URBANIZACIÓN "LOS NARANJOS" VIA CUCUTA PMAPLONA, LOTE 2 MZA J; 2) CALLE 21S # 9-08 URBANIZACIÓN LOS NARANJOS DEL MUNICIPIO DE LOS PATIOS, CASA 2 MANZANA J, identificado con matrícula inmobiliaria N ° 260-286343 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cúcuta.
El inmueble se encuentra avaluado en la suma de $77.478.800,oo. La base para hacer postura, será la que cubra el 70% del avalúo dado al bien inmueble, previa consignación del 40% del mismo, en el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA- Sucursal Cúcuta, cuenta N° 544052041001- Código del Despacho: 544054003001 -; adicionalmente han de tenerse en cuenta los datos citados en el encabezado de la presente providencia, referidos al tipo de proceso, radicado, partes e identificación de las mismas. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del CGP, sin menoscabo de lo establecido en el inciso segundo del artículo 451 del mismo estatuto.
Se advierte a quienes pretendan hacer postura que de conformidad con lo ordenado en el artículo 451 del Código General del Proceso, deben presentar sus ofertas en sobre cerrado para adquirir el bien subastado, el cual deberá contener, además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito del 40% arriba indicado, cuando fuere necesario.
Anúnciese este acto procesal mediante AVISO que se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en un periódico de amplia circulación en este lugar (Diario LA Opinión) publicación que deberá realizarse el día domingo, de conformidad con lo establecido en el artículo 450 del C.G.P., allegando además la copia o la constancia de la publicación del aviso, y un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia.
La citada diligencia se realizará de manera presencial, en la sala de audiencias No.2 del nuevo Palacio de justicia de esta municipalidad, el cual se encuentra ubicado en la Avenida 36 N° 0-28 vía Santa Rosa de Lima del Municipio de Los Patios (Norte de Santander). La secuestre del inmueble a rematar es la señora ROSA MARÍA CARRILLO GARCÍA quien se Ubica en la Diagonal Santander N° 10-133 La Riviera o en la Calle 12 N° 4-47 Local 12 Centro de la ciudad de Cúcuta N/S. Cel.: 3013972307. Correo electrónico: rosacarrillo747@gmail.com.
Finalmente, para su publicación la parte demandante deberá realizar el aviso de remate, teniendo en cuenta lo estipulado en el artículo 450 del C.G.P.
El oficio será copia del presente auto, conforme al Art. 111 del C. G. del P.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE,
El Juez,
OMAR MATEUS URIBE
DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER
JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL LOS PATIOS
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA
™PROCESO: EJECUTIVO HIPOTECARIO
MENOR CUANTÍA- PRIMERA INSTANCIA C.S.
RAD. 54-405-40-03-001- 2020-00066-00
DTE.: BANCOLOMBIA S.A. NIT N° 890.903.938-8
DDO.: MÓNICA MARCELA TORRES HIGUERA CC N° 1.094.366.455
Los Patios, veintidós (22) de Septiembre de dos mil veintidós (2022)
Teniendo en cuenta que dentro del término de traslado del AVALÚO COMERCIAL del bien inmueble embargado y secuestrado dentro del presente proceso, allegado por el apoderado (a) de la parte ejecutante, visto a folio 112-128 del expediente, éste no fue objetado y el término concedido se encuentra vencido, procede el despacho a impartirle su APROBACIÓN, en la suma de $77.478.800,oo.
Ahora bien, en atención a la solicitud elevada por la apoderada judicial de la parte demandante y teniendo en cuenta que el avalúo realizado al inmueble materia de remate se encuentra en firme, y por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública.
Ha de advertirse, que en aplicación a lo normado en los artículo 42 y 132 Ibidem, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa que el proceso se ha situado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del bien inmueble materia de medida cautelar, toda vez que el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, y no se encuentra pendiente la resolución de ninguno de los trámites a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma.
Señalar el día MIÉRCOLES (16) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS (2022), A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00A.M), con el fin de llevar a cabo la audiencia de remate del bien inmueble de propiedad del ejecutado (a) MÓNICA MARCELA TORRES HIGUERA CC N° 1.094.366.455, que según certificado de tradición y libertad se encuentra ubicado en la 1) URBANIZACIÓN "LOS NARANJOS" VIA CUCUTA PMAPLONA, LOTE 2 MZA J; 2) CALLE 21S # 9-08 URBANIZACIÓN LOS NARANJOS DEL MUNICIPIO DE LOS PATIOS, CASA 2 MANZANA J, identificado con matrícula inmobiliaria N ° 260-286343 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cúcuta.
El inmueble se encuentra avaluado en la suma de $77.478.800,oo. La base para hacer postura, será la que cubra el 70% del avalúo dado al bien inmueble, previa consignación del 40% del mismo, en el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA- Sucursal Cúcuta, cuenta N° 544052041001- Código del Despacho: 544054003001 -; adicionalmente han de tenerse en cuenta los datos citados en el encabezado de la presente providencia, referidos al tipo de proceso, radicado, partes e identificación de las mismas. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del CGP, sin menoscabo de lo establecido en el inciso segundo del artículo 451 del mismo estatuto.
Se advierte a quienes pretendan hacer postura que de conformidad con lo ordenado en el artículo 451 del Código General del Proceso, deben presentar sus ofertas en sobre cerrado para adquirir el bien subastado, el cual deberá contener, además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito del 40% arriba indicado, cuando fuere necesario.
Anúnciese este acto procesal mediante AVISO que se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en un periódico de amplia circulación en este lugar (Diario LA Opinión) publicación que deberá realizarse el día domingo, de conformidad con lo establecido en el artículo 450 del C.G.P., allegando además la copia o la constancia de la publicación del aviso, y un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia.
La citada diligencia se realizará de manera presencial, en la sala de audiencias No.2 del nuevo Palacio de justicia de esta municipalidad, el cual se encuentra ubicado en la Avenida 36 N° 0-28 vía Santa Rosa de Lima del Municipio de Los Patios (Norte de Santander). La secuestre del inmueble a rematar es la señora ROSA MARÍA CARRILLO GARCÍA quien se Ubica en la Diagonal Santander N° 10-133 La Riviera o en la Calle 12 N° 4-47 Local 12 Centro de la ciudad de Cúcuta N/S. Cel.: 3013972307. Correo electrónico: rosacarrillo747@gmail.com.
Finalmente, para su publicación la parte demandante deberá realizar el aviso de remate, teniendo en cuenta lo estipulado en el artículo 450 del C.G.P.
El oficio será copia del presente auto, conforme al Art. 111 del C. G. del P.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE,
El Juez,
OMAR MATEUS URIBE
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