Número de referencia
RF296099
Titulo edicto
1537485
Texto del edicto
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE CUCUTA EN ORALIDAD
PALACIO DE JUSTICIA OF. 102 C
Email: j05fctocuc@cendoj .ramajudicial.gov.co
Teléfono 5753348
CLASE DE PROCESO: LIQUIDACIÓN SOCIEDAD CONYUGAL
DEMANDANTE: LUZ ANDREA NIÑO FONSECA
DEMANDADO: JUAN CARLOS GALVIS SÁNCHEZ
RADICADO: 54 001 31 60 005 2021 00454 00
FECHA PROVIDENCIA: 26 de enero de 2023
™Al Despacho el proceso de la referencia para decidir lo que en Derecho corresponda.
Atendiendo que se allegó escrito de contestación de demanda por parte del abogado del señor Juan Carlos Galvis Sánchez, el Despacho procede a Reconocerle personería jurídica al Dr. Rubén Francisco Cabrales Roldan, identificado con la Cédula de Ciudadanía N° 88.240.491 y T.P. N° 240.503 del C.S. de la J. para actuar como apoderado judicial del señor Juan Carlos Galvis Sánchez, conforme a los términos y facultades del memorial poder conferido.
Con el fin de dar continuidad al proceso se ordena emplazar a los acreedores de la sociedad conyugal conformada por los señores Luz Andrea Niño Fonseca y Juan Carlos Galvis Sánchez, disponiéndose que por secretaría se realice la inclusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 2213 de 2022 y artículo 108 del C.G.P.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
SHIREY MAYERLY BARRETO MOGOLLON
JUEZ
El presente documento se suscribe de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del decreto legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, por cuya virtud se autoriza la ‘firma autógrafa mecánica, digitalizada o escaneada ‘Se deja constancia que el aplicativo de la firma electrónica no se encuentra en funcionamiento hoy.
PALACIO DE JUSTICIA OF. 102 C
Email: j05fctocuc@cendoj .ramajudicial.gov.co
Teléfono 5753348
CLASE DE PROCESO: LIQUIDACIÓN SOCIEDAD CONYUGAL
DEMANDANTE: LUZ ANDREA NIÑO FONSECA
DEMANDADO: JUAN CARLOS GALVIS SÁNCHEZ
RADICADO: 54 001 31 60 005 2021 00454 00
FECHA PROVIDENCIA: 26 de enero de 2023
™Al Despacho el proceso de la referencia para decidir lo que en Derecho corresponda.
Atendiendo que se allegó escrito de contestación de demanda por parte del abogado del señor Juan Carlos Galvis Sánchez, el Despacho procede a Reconocerle personería jurídica al Dr. Rubén Francisco Cabrales Roldan, identificado con la Cédula de Ciudadanía N° 88.240.491 y T.P. N° 240.503 del C.S. de la J. para actuar como apoderado judicial del señor Juan Carlos Galvis Sánchez, conforme a los términos y facultades del memorial poder conferido.
Con el fin de dar continuidad al proceso se ordena emplazar a los acreedores de la sociedad conyugal conformada por los señores Luz Andrea Niño Fonseca y Juan Carlos Galvis Sánchez, disponiéndose que por secretaría se realice la inclusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 2213 de 2022 y artículo 108 del C.G.P.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
SHIREY MAYERLY BARRETO MOGOLLON
JUEZ
El presente documento se suscribe de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del decreto legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, por cuya virtud se autoriza la ‘firma autógrafa mecánica, digitalizada o escaneada ‘Se deja constancia que el aplicativo de la firma electrónica no se encuentra en funcionamiento hoy.
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