1538918

Número de referencia
RF665105
Titulo edicto
1538918
Texto del edicto
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE OCAÑA NORTE DE SANTANDER.
HACE SABER:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO 544984053002- 2017-00279-00 de AMNE CAROLINA HOLGUIN QUIÑONES, cesionario de NIMER HOLGUIN SUAREZ, a través de apoderado judicial doctor FRANCISCO LUNA RANGEL, contra AMANDA MARIA SANJUAN NAVARRO, se fijó el día cuatro (4) de mayo de dos mil veintitrés de 2.023 a las tres (3.oo) de la tarde para llevar a cabo el siguiente:
REMATE:
Un lote de terreno junto con las mejoras, anexidades y servidumbres activas y pasivas, que tiene por propietaria a la demandada AMANDA MARIA SANJUAN NAVARRO, ubicado en Ocaña en la calle 10 No. 28F-100 barrio el Carmen, alinderado así : Por el norte, en 28.45 metros con Yaneth Collantes y Dora María Lindarte Cáceres; por el sur en 28.78 metros con Aliño Arias Manzano; por el oriente en 6.40 metros con Pedro Carrascal; y por el occidente en 8.64 metros con la calle 10. Este inmueble se distingue con la matricula inmobiliaria No. 270-64190 y código catastral No. 01-02-0112-0070-000.
El secuestre del inmueble en cita es ELMER ALONSO ROMERO VERGEL, el cual se puede localizar en la calle 11 No. 35-143 barrio Buenos Aires del municipio de Ocaña, teléfono No. 317-3853746, persona autorizada para mostrar el inmueble. El bien raíz enunciado fue avaluado en la suma de $90.970.000 y será postura admisible la que cubra por los menos el 70% del avalúo : $63.679.000. previa consignación del 40% del avalúo : $36.388.000 para hacer postura en la cuenta No. 544982041002 que tiene el Juzgado en el banco Agrario de Colombia. Los postores, incluido la ejecutante, deberán presentar sus ofertas de forma exclusiva a través de mensaje de datos al correo electrónico j02cmpaloca@cendoj. ramajudicial.gov.co. En la postura se deberá informar el número telefónico del contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Se advierte que solo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso. El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto el número del radicado del proceso (23 dígitos) y el depósito previsto para hacer postura si a ello hubiere lugar. Se les avisa a los interesados que pueden hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores a la celebración de la respectiva diligencia y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma.
La diligencia de remate será virtual y se llevará a cabo a través del link : https://call.lifesizecloud. con/10412139 mediante la plataforma de video conferencia LIFE- SIZE (AVISO 4 : guía para conexiones virtuales exitosas en diligencias de remate).
Publíquese el aviso de remate en el diario la Opinión de Cúcuta, en la forma y términos del artículo 450 del Código General del Proceso un día domingo. Así mismo alléguese por parte del interesado el certificado de libertad y tradición debidamente actualizado, de acuerdo con el artículo 450 del Código General del Proceso.
El contenido del auto que señaló fecha y hora para la licitación pública se transcribe en su integridad, así:
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL-ORAUDAD
Distrito Judicial de Cúcuta
Ocaña (N. de S.), Veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. -
Atendiendo la solicitud elevada por la parte demandante y teniendo en cuenta que el avalúo realizado al inmueble materia de remate se encuentra en firme, y por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública. En aplicación a lo normado en los artículo 42 y 132 del CGP, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa que el proceso se ha situado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del bien inmueble materia de medida cautelar, toda vez que el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, no se encuentra pendiente la resolución de ninguno de los trámites a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma y se encuentran aprobadas las liquidaciones de crédito y costas.
Se advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en el CGP, y el protocolo adoptado para su realización a través de medios virtuales, en aplicación a lo dispuesto por la ley 2213 de 2022, los Acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518, PCSJA20-11519, PCSJA20- 11521, PCSJA20-11526, PCSJA20-11527, PCSJA20-11528, PCSJA20-11529, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11546, PCSJA20-11556, PCSJA20-11567, PCSJA20-11581, PCSJA20- 11614, PCSJA20-11622, PCSJA20-11623 y PCSJA20-11629 PCSJA2111840 y Oficio Aclaratorio PCSJ021-710 del Consejo Superior de la Judicatura, y los Acuerdos CSJNS20-152, CSJNS20-153, CSJNS20- 154, CSJNS20-155, CSJNS20-162, CSJNS20-172, CSJNS20-180, CSJNS20-218 y CIRCULAR 124 del 31 de agosto de 2021 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca. (AVISO 3: Circular Protocolo para la Realización de Audiencias de Remate).
En consecuencia, señálese la hora de las tres de la tarde del 4 de Mayo de 2023 para llevar a cabo la diligencia virtual de remate a través del link: https://call.lifesizecloud. com/10412139 mediante la plataforma de videoconferencia LIFESIZE (AVISO 4: Guía Para Conexiones Virtuales Exitosas en Diligencias de Remate), del bien inmueble propiedad de AMANDA MARIA SANJUAN NAVARRO, ubicado en la CALLE 10 No. 28 F-100 Barrio El Carmen de Ocaña con M. I. 270-64190 cuyos linderos se encuentran determinados en la escritura pública 1775 del 21-10-2013 de la NOTARIA SEGUNDA DE OCAÑA.
El bien inmueble a rematar fue avaluado en la suma de NOVENTA MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL PESOS ($90.970.000.oo), y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del 40% del total del avalúo para hacer postura. Los postores, incluido el ejecutante, deberán presentar sus ofertas y el depósito previsto para hacer postura si a ello hubiere lugar, en forma física ante la secretaría del Juzgado ubicado en la carrera 13 No. 12-87 Palacio de Justicia Ocaña Barrio El Tamaco de Ocaña, para lo cual se expedirá la correspondiente autorización de ingreso a las instalaciones del Palacio de Justicia, donde está ubicado el despacho y se informará de la misma a la Oficina de Servicio Administración Judicial de Ocaña, conforme a la directiva del Consejo Superior de la Judicatura Presidencia comunicado en el oficio PCSJ021-720 del 8 de octubre de 2021.
Así mismo se informa que actuó como auxiliar de la justicia el señor ELMER ROMERO VERGEL, C.C. 14.229.340, cuyo número de celular es el 3173853746, correo electrónico elmerrom @gmail.com.
Para la aprobación del remate el licitante favorecido deberá consignar, por concepto de impuestos el 5% del valor del mismo a órdenes del Fondo para la Modernización, descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia-Consejo Superior de la Judicatura, en la cuenta No.13477-30820 -000635- 8, dando cumplimiento a lo normado en el artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014, que modifico el art 7 de la ley 11 de 1987.
El presente auto será publicado en la sección de ‘Remates‘ en el micrositio web correspondiente a este Despacho Judicial en la página de la Rama Judicial (https://www.ramajudicial.gov. co/web/juzgado-02- civil-municipal-de- Ocaña), y se agendará la diligencia en la sección de ‘Cronograma de Audiencias‘, para acceso y consulta de los interesados.
Así mismo ADVIERTASE a la parte demandante que este AUTO-AVISO se publicará de igual forma, en el
  • 168 Visualizaciones
Inicia sesión
Nombre de usuario
Contraseña
¿Has olvidado tu contraseña? Recordar