Número de referencia
RF100503
Titulo edicto
1540650
Texto del edicto
JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE CUCUTA (CS MINIMA)
EJECUTIVO No. 54001400300 320210071800
Cúcuta, Quince (15) de febrero de dos mil veintitrés (2023).
DEMANDANTE: BANCO DAVIVIENDA S. A.
DEMANDADO: FABIOLA DEL PILAR ROJAS MORA
ASUNTO: AUTO-AVISO FIJA FECHA DE REMATE
™Atendiendo la solicitud elevada por la apoderada judicial de la parte demandante y teniendo en cuenta que el Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca y la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Cúcuta Norte de Santander, mediante la CIRCULAR DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, emitieron las directivas para llevar a cabo las posturas para las diligencias de remate, aclarando que, se seguirán gestionando de manera virtual conforme se dispuso en la Circular DESAJCUC20-217 de 12 de noviembre de 2020 y que el avalúo realizado al vehículo materia de remate se encuentra en firme, y por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública.
En aplicación a lo normado en los artículo 42 y 132 del CGP, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa que el proceso se ha rituado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del inmueble materia de medida cautelar, toda vez que, el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, sin que se encuentre pendiente la resolución de ninguno de los trámites a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma.
Se advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en el CGP, y el protocolo adoptado para su realización a través de medios virtuales, en aplicación a lo dispuesto por la ley 2213 de 2022, los Acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518, PCSJA20-11519, PCSJA20-11521, PCSJA20-11526, PCSJA20-11527, PCSJA20-11528, PCSJA20-11529, PCSJA20- 11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11546, PCSJA20-11556, PCSJA20-11567, PCSJA20-11581, PCSJA20-11614, PCSJA20-11622, PCSJA20-11623 y PCSJA20-11629 PCSJA2111840 y Oficio Aclaratorio PCSJ021-710 del Consejo Superior de la Judicatura, y los Acuerdos CSJNS20-152, CSJNS20-153, CSJNS20-154, CSJNS20-155, CSJNS20-162, CSJNS20-172, CSJNS20-180, CSJNS20-218 y CIRCULAR 124 del 31 de agosto de 2021 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca. (AVISO 3: Circular Protocolo para la Realización de Audiencias de Remate).
En consecuencia, señálese la hora de las diez de la mañana (10:00. M.) del Cinco (05) de Julio de dos mil Veintitrés (2023), para llevar a cabo la diligencia virtual de remate, (https://call.lifesizecloud.com/17298351) mediante la plataforma de videoconferencia LIFESIZE (AVISO 4: Guia Para Conexiones Virtuales Exitosas en Diligencias de Remate), del vehículo AUTOMOVIL MARCA VOLKSWAGEN, LINEA: GOLCOMFORTLINE, MODELO 2019, COLOR: BLANCO, SERVICIO PARTICULAR, PLACA:EHQ119, cuyas características complementarias obran dentro del expediente.
El rodante se encuentra en el parqueadero La Principal -Barrancabermeja, siendo secuestre la señora LUZMIREYA AFABADOR AMADO, quien puede ser localizada en la carrera 13 No. 35-10 Oficina 1003 Edificio Centro Profesional EL PLAZA DE Bucaramanga. Celular: 3168648429. El bien a rematar tiene un avalúo aprobado en la suma de TREINTA MILLONES OCHOCIENTO TREINTA MIL PESOS ($30.830.000) y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del 40% del total del avalúo para hacer postura.
Los postores, incluido el ejecutante, deberán enviar sus ofertas y el depósito previsto para hacer postura si a ello hubiere lugar, al correo electrónico institucional jcivmcu3@cendoj. ramajudicial.gov.co, (AVISO 5: Preparación de Archivo PDF para Remates) en la forma y términos establecidos en el mencionado protocolo (AVISO 6: Presentación de Posturas de
Remate).
El licitante favorecido deberá pagar, por concepto de impuestos, el 5% sobre el valor final del remate a favor del tesoro nacional.
La licitación virtual empezará a la hora fijada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una (01) hora.
El presente auto será publicado en la sección “Remates” en el micrositio web correspondiente a este Despacho Judicial en la página de la Rama Judicial (https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado- 03-civil-municipal-de- cucuta), y se agendará la diligencia en la sección de “Cronograma de Audiencias”, para acceso y consulta de los interesados.
Así mismo, ADVIÉRTASE a la parte demandante que este auto-aviso se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en un periódico de amplia circulación en la localidad (art. 450 CGP).
Por la parte actora alléguese constancia del Registro Único Nacional de Tránsito RUT del vehículo actualizado expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate y del recibo de impuesto o paz y salvo del pago del mismo.
CÓPIESE Y NOTIFÍQUESE
La Jueza,
MARIA ROSALBA JIMENEZ GALVIS
(El presente documento se suscribe de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, por cuya virtud se autoriza la “firma autógrafa mecánica, digitalizada o escaneada”, en virtud de la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno
Nacional).
EJECUTIVO No. 54001400300 320210071800
Cúcuta, Quince (15) de febrero de dos mil veintitrés (2023).
DEMANDANTE: BANCO DAVIVIENDA S. A.
DEMANDADO: FABIOLA DEL PILAR ROJAS MORA
ASUNTO: AUTO-AVISO FIJA FECHA DE REMATE
™Atendiendo la solicitud elevada por la apoderada judicial de la parte demandante y teniendo en cuenta que el Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca y la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Cúcuta Norte de Santander, mediante la CIRCULAR DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, emitieron las directivas para llevar a cabo las posturas para las diligencias de remate, aclarando que, se seguirán gestionando de manera virtual conforme se dispuso en la Circular DESAJCUC20-217 de 12 de noviembre de 2020 y que el avalúo realizado al vehículo materia de remate se encuentra en firme, y por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública.
En aplicación a lo normado en los artículo 42 y 132 del CGP, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa que el proceso se ha rituado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del inmueble materia de medida cautelar, toda vez que, el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, sin que se encuentre pendiente la resolución de ninguno de los trámites a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma.
Se advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en el CGP, y el protocolo adoptado para su realización a través de medios virtuales, en aplicación a lo dispuesto por la ley 2213 de 2022, los Acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518, PCSJA20-11519, PCSJA20-11521, PCSJA20-11526, PCSJA20-11527, PCSJA20-11528, PCSJA20-11529, PCSJA20- 11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11546, PCSJA20-11556, PCSJA20-11567, PCSJA20-11581, PCSJA20-11614, PCSJA20-11622, PCSJA20-11623 y PCSJA20-11629 PCSJA2111840 y Oficio Aclaratorio PCSJ021-710 del Consejo Superior de la Judicatura, y los Acuerdos CSJNS20-152, CSJNS20-153, CSJNS20-154, CSJNS20-155, CSJNS20-162, CSJNS20-172, CSJNS20-180, CSJNS20-218 y CIRCULAR 124 del 31 de agosto de 2021 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca. (AVISO 3: Circular Protocolo para la Realización de Audiencias de Remate).
En consecuencia, señálese la hora de las diez de la mañana (10:00. M.) del Cinco (05) de Julio de dos mil Veintitrés (2023), para llevar a cabo la diligencia virtual de remate, (https://call.lifesizecloud.com/17298351) mediante la plataforma de videoconferencia LIFESIZE (AVISO 4: Guia Para Conexiones Virtuales Exitosas en Diligencias de Remate), del vehículo AUTOMOVIL MARCA VOLKSWAGEN, LINEA: GOLCOMFORTLINE, MODELO 2019, COLOR: BLANCO, SERVICIO PARTICULAR, PLACA:EHQ119, cuyas características complementarias obran dentro del expediente.
El rodante se encuentra en el parqueadero La Principal -Barrancabermeja, siendo secuestre la señora LUZMIREYA AFABADOR AMADO, quien puede ser localizada en la carrera 13 No. 35-10 Oficina 1003 Edificio Centro Profesional EL PLAZA DE Bucaramanga. Celular: 3168648429. El bien a rematar tiene un avalúo aprobado en la suma de TREINTA MILLONES OCHOCIENTO TREINTA MIL PESOS ($30.830.000) y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del 40% del total del avalúo para hacer postura.
Los postores, incluido el ejecutante, deberán enviar sus ofertas y el depósito previsto para hacer postura si a ello hubiere lugar, al correo electrónico institucional jcivmcu3@cendoj. ramajudicial.gov.co, (AVISO 5: Preparación de Archivo PDF para Remates) en la forma y términos establecidos en el mencionado protocolo (AVISO 6: Presentación de Posturas de
Remate).
El licitante favorecido deberá pagar, por concepto de impuestos, el 5% sobre el valor final del remate a favor del tesoro nacional.
La licitación virtual empezará a la hora fijada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una (01) hora.
El presente auto será publicado en la sección “Remates” en el micrositio web correspondiente a este Despacho Judicial en la página de la Rama Judicial (https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado- 03-civil-municipal-de- cucuta), y se agendará la diligencia en la sección de “Cronograma de Audiencias”, para acceso y consulta de los interesados.
Así mismo, ADVIÉRTASE a la parte demandante que este auto-aviso se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en un periódico de amplia circulación en la localidad (art. 450 CGP).
Por la parte actora alléguese constancia del Registro Único Nacional de Tránsito RUT del vehículo actualizado expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate y del recibo de impuesto o paz y salvo del pago del mismo.
CÓPIESE Y NOTIFÍQUESE
La Jueza,
MARIA ROSALBA JIMENEZ GALVIS
(El presente documento se suscribe de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, por cuya virtud se autoriza la “firma autógrafa mecánica, digitalizada o escaneada”, en virtud de la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno
Nacional).
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