Número de referencia
RF183595
Titulo edicto
1540899
Texto del edicto
PUBLICACIÓN - 25/09/2022
ARTÍCULO 583.2 Y 584.1 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO (LEY 1564 DE 2012)
EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE ORALIDAD
OCAÑA, NORTE DE SANTANDER
EMPLAZA
™Al señor HERIBERTO BUSTOS VILLALBA, identificado con la Cédula de Ciudadanía N° 1’963.591 de Aguachica (Cesar), quien tuvo su último domicilio en el municipio de El Carmen (Norte de Santander), hasta el veinte (20) de agosto de mil novecientos noventa y siete (1997), fecha en la cual desapareció, sin que a partir de ese momento se tenga conocimiento de su paradero, habiendo transcurrido ya más de dos (02) años de su ausencia y habiéndose realizado por parte de los familiares todas las actuaciones ante las autoridades, tendientes a su ubicación, tales como denuncia ante la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN.
Igualmente se previene a las personas que tengan conocimiento sobre el paradero o suerte del señor HERIBERTO BUSTOS VILLALBA, para que los comuniquen a este juzgado al correo j01prfoca@cendoj.ramajudicial.gov.co, donde cursa el proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA (MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO), radicado bajo el N° 54-498-31-10-001-2021-00098- 01, promovido por el señor ENOE BUSTOS ESPITIA identificado con la Cédula de Ciudadanía N° 1.091.532.533.
De conformidad con lo reglado en el numeral 2° del artículo 583 del CGP y el 1° del 584 ibídem, se dispone el emplazamiento del señor HERIBERTO BUSTOS VILLALBA, a través del diario EL ESPECTADOR (Nacional) y LA OPINIÓN (regional) y medio de radiodifusión (Local), en avisos por lo menos tres (03) veces, debiendo transcurrir más de cuatro (04) meses entre cada dos (02) citaciones.
El apoderado
DR. WALDI AVENDAÑO TOLOZA
ARTÍCULO 583.2 Y 584.1 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO (LEY 1564 DE 2012)
EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE ORALIDAD
OCAÑA, NORTE DE SANTANDER
EMPLAZA
™Al señor HERIBERTO BUSTOS VILLALBA, identificado con la Cédula de Ciudadanía N° 1’963.591 de Aguachica (Cesar), quien tuvo su último domicilio en el municipio de El Carmen (Norte de Santander), hasta el veinte (20) de agosto de mil novecientos noventa y siete (1997), fecha en la cual desapareció, sin que a partir de ese momento se tenga conocimiento de su paradero, habiendo transcurrido ya más de dos (02) años de su ausencia y habiéndose realizado por parte de los familiares todas las actuaciones ante las autoridades, tendientes a su ubicación, tales como denuncia ante la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN.
Igualmente se previene a las personas que tengan conocimiento sobre el paradero o suerte del señor HERIBERTO BUSTOS VILLALBA, para que los comuniquen a este juzgado al correo j01prfoca@cendoj.ramajudicial.gov.co, donde cursa el proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA (MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO), radicado bajo el N° 54-498-31-10-001-2021-00098- 01, promovido por el señor ENOE BUSTOS ESPITIA identificado con la Cédula de Ciudadanía N° 1.091.532.533.
De conformidad con lo reglado en el numeral 2° del artículo 583 del CGP y el 1° del 584 ibídem, se dispone el emplazamiento del señor HERIBERTO BUSTOS VILLALBA, a través del diario EL ESPECTADOR (Nacional) y LA OPINIÓN (regional) y medio de radiodifusión (Local), en avisos por lo menos tres (03) veces, debiendo transcurrir más de cuatro (04) meses entre cada dos (02) citaciones.
El apoderado
DR. WALDI AVENDAÑO TOLOZA
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