Número de referencia
RF186739
Titulo edicto
1542040
Texto del edicto
República de Colombia
Rama Judicial del Poder Publico
Distrito Judicial de Cúcuta
JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CUCUTA
Norte de Santander
AVISO DE REMATE EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL
CIRCUITO DE CUCUTA
HACE SABER:
™Que, dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO, radicado al No. 54001-3103-007- 2013-00149-00, seguido por BANCOLOMBIA S.A. a través de Apoderado Judicial contra YONNY ALEXANDER JACOME CELI se señaló la hora de las 8:00 AM DEL DÍA 29 DE AGOSTO DE 2023, para efectos de llevar a cabo la diligencia de VENTA EN PUBLICA SUBASTA del bien inmueble vinculado a esta ejecución, previamente embargado, secuestrado y avaluado.
El bien inmueble objeto del remate es el siguiente: Inmueble identificado con la matricula inmobiliaria No. 260-270515 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cúcuta; distinguido como CASA 2 DE LA MANZANA A DEL CONJUNTO CERRADO LOS MANGOS I, UBICADO EN LA CALLE 7 No. 15-25 del Municipio de Villa del Rosario N. de S.
El inmueble se encuentra alinderado así: NORTE, en 8 metros con la manzana G, vía al medio; SUR, en diagonal con zona de cesión, vía cerramiento del conjunto al medio; ORIENTE, en 15,49 metros con el lote 3 de la manzana A; OCCIDENTE, en 15,25 metros con el lote 1 de la manzana A.
LINDEROS GENERALES DEL CONJUNTO CERRADO LOS MANGOS I: NORTE, en 267 metros con URBANIZACION TAMARINDO CONTEMPORANEO, y 81 metros con predios de CARLOS IVAN CANAL; SUR, en 200 metros con carretera de acceso a la finca Sn Nicolás, y 45 metros con predios de DORIS MISAS, ANGELA SILVA, ENRIQUE SILVA y CARLOS MAURICIO SILVA; ORIENTE, en 78 metros con la carretera que de Cúcuta conduce a La Parada; OCCIDENTE, en 80 metros con toma de riego al medio con predios de francisco guerrero, Y ENCIERRA.
AVALUO: El bien inmueble se encuentra avaluado en la suma de CIENTO CUARENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS ($ 147.868.000, 00).
La licitación empezará a la hora señalada y transcurrida una (1) hora desde el comienzo de la misma, se abrirán los sobres contentivos de las posturas, y estas se leerán en voz alta; Será postura admisible la que cubra el setenta
(70%) del valor total del avalúo del bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado en la suma $147.868.0003 previa consignación del 40% del avalúo del mismo ante las oficinas del Banco Agrario y a órdenes de este despacho judicial, a través de la cuenta de depósitos judiciales No. 540012031007 de Depósitos Judiciales del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, y a órdenes de este Juzgado. La postura admisible para el acreedor hipotecario corresponde al 100% del avalúo de conformidad a lo establecido en el numeral 5 del artículo 468 del CGP.
Como impuesto sobre remate, el licitante a quien se le adjudique el bien subastado, deberá consignar el 5% sobre el valor final del remate en la Cuenta Corriente 3-0820-000635-8 Convenio Código 13477 ‘Cuenta Tesoro Nacional‘ del Banco Agrario de Colombia, de conformidad con lo dispuesto en artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 que modificó el Art. 7 de la ley 11- 87 y el Art. 5 de la Ley 66 de 1993.
Obra como secuestre del bien inmueble el señor REINALDO ANAVITARTE REYES, quien reside en Calle 5 No. 9-58, Centro de Cúcuta.- rey.anavitarte0623 @gmail.com
Para los efectos previstos en el Art. 449 y 450 del C.G.P., copias de este aviso se entregan al actor para su publicación por una sola vez en un periódico de amplia circulación, en día domingo con antelación no menor a diez (10) días hábiles a la fecha de la diligencia; y junto con la prueba de su publicación, deberá allegar un ejemplar del certificado de tradición y libertad del inmueble expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia.
Se advierte que la diligencia de remate tendrá lugar a través de la plataforma LIFESIZE. Por lo que es deber de las partes e interesados en participar en tal diligencia, contar con un dispositivo electrónico compatible con tal plataforma y en lo posible procurar descargar la misma.
La cuenta de correo institucional designada para el recibo de las posturas u ofertas de remate es: jcivccu7@cendoj. ramajudicial.gov.co
El link o enlace web a través del cual los participantes podrán acceder a la diligencia es: https://call.lifesizecloud.com/18523971
Igualmente se precisa que para el desarrollo de la presente diligencia se dará aplicación a la Circular DESAJCUC20-217, que contiene el protocolo a seguir para la diligencia de remate, Que puede ser consultada en el link https://tribunalsuperior decucuta.qov.co/2020/11 /30/protocolo-para- diligencias-virtuales -de-remate/
Dicho protocolo, entre otros, contiene:
‘(...)3. PRESENTACIÓN DE POSTURAS DE REMATE OPORTUNIDAD: De conformidad a lo previsto en los artículos 451 y 452 del C.G.P., la oportunidad procesal para que los interesados puedan presentar posturas de remate será dentro de los 5 días anteriores a la celebración de la respectiva diligencia y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma. CONTENIDO DE LA POSTURA: Todas las posturas de remate presentadas deberán contener como mínimo la siguiente información:
• Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura.
• Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura.
• Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél.
• Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
ANEXOS DE LA POSTURA: Toda postura de remate deberá ser acompañada como mínimo de los siguientes documentos:
• Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días.
• Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por intermedio de uno.
• Copia del depósito judicial para hacer postura, equivalente al 40% del avalúo del inmueble por el que se presenta postura, de conformidad a lo indicado en el artículo 451 del C.G.P., salvo que se trate de postor por cuenta de su crédito.
MODALIDAD DE PRESENTACIÓN DE LA POSTURA: La presentación de posturas para diligencias de remate que tengan lugar en los Despachos Judiciales de la jurisdicción siempre deberá realizarse a través de correo electrónico. Las posturas electrónicas deberán enviarse de forma exclusiva a través de mensaje de correo a la cuenta electrónica institucional delegada por el Despacho Judicial para tal fin, informando adicionalmente número(s) telefónico(s) de contacto y/o cuenta(s) de correo(s) electrónico(as) alternativa(s) con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del C.G.P.: • ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto lo siguiente: Número del RADICADO DEL PROCESO en 23 dígitos. Para el presente caso, es 54001310300 720130014900.
ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como ‘un sobre cerrado‘ bajo los parámetros del artículo 452 del C.G.P., la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña. Este archivo digital deberá denominarse ‘OFERTA‘.
La contraseña permitirá que solo el postulante pueda tener acceso a la información incluida en su archivo PDF. En el desarrollo de la diligenc
Rama Judicial del Poder Publico
Distrito Judicial de Cúcuta
JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CUCUTA
Norte de Santander
AVISO DE REMATE EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL
CIRCUITO DE CUCUTA
HACE SABER:
™Que, dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO, radicado al No. 54001-3103-007- 2013-00149-00, seguido por BANCOLOMBIA S.A. a través de Apoderado Judicial contra YONNY ALEXANDER JACOME CELI se señaló la hora de las 8:00 AM DEL DÍA 29 DE AGOSTO DE 2023, para efectos de llevar a cabo la diligencia de VENTA EN PUBLICA SUBASTA del bien inmueble vinculado a esta ejecución, previamente embargado, secuestrado y avaluado.
El bien inmueble objeto del remate es el siguiente: Inmueble identificado con la matricula inmobiliaria No. 260-270515 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cúcuta; distinguido como CASA 2 DE LA MANZANA A DEL CONJUNTO CERRADO LOS MANGOS I, UBICADO EN LA CALLE 7 No. 15-25 del Municipio de Villa del Rosario N. de S.
El inmueble se encuentra alinderado así: NORTE, en 8 metros con la manzana G, vía al medio; SUR, en diagonal con zona de cesión, vía cerramiento del conjunto al medio; ORIENTE, en 15,49 metros con el lote 3 de la manzana A; OCCIDENTE, en 15,25 metros con el lote 1 de la manzana A.
LINDEROS GENERALES DEL CONJUNTO CERRADO LOS MANGOS I: NORTE, en 267 metros con URBANIZACION TAMARINDO CONTEMPORANEO, y 81 metros con predios de CARLOS IVAN CANAL; SUR, en 200 metros con carretera de acceso a la finca Sn Nicolás, y 45 metros con predios de DORIS MISAS, ANGELA SILVA, ENRIQUE SILVA y CARLOS MAURICIO SILVA; ORIENTE, en 78 metros con la carretera que de Cúcuta conduce a La Parada; OCCIDENTE, en 80 metros con toma de riego al medio con predios de francisco guerrero, Y ENCIERRA.
AVALUO: El bien inmueble se encuentra avaluado en la suma de CIENTO CUARENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS ($ 147.868.000, 00).
La licitación empezará a la hora señalada y transcurrida una (1) hora desde el comienzo de la misma, se abrirán los sobres contentivos de las posturas, y estas se leerán en voz alta; Será postura admisible la que cubra el setenta
(70%) del valor total del avalúo del bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado en la suma $147.868.0003 previa consignación del 40% del avalúo del mismo ante las oficinas del Banco Agrario y a órdenes de este despacho judicial, a través de la cuenta de depósitos judiciales No. 540012031007 de Depósitos Judiciales del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, y a órdenes de este Juzgado. La postura admisible para el acreedor hipotecario corresponde al 100% del avalúo de conformidad a lo establecido en el numeral 5 del artículo 468 del CGP.
Como impuesto sobre remate, el licitante a quien se le adjudique el bien subastado, deberá consignar el 5% sobre el valor final del remate en la Cuenta Corriente 3-0820-000635-8 Convenio Código 13477 ‘Cuenta Tesoro Nacional‘ del Banco Agrario de Colombia, de conformidad con lo dispuesto en artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 que modificó el Art. 7 de la ley 11- 87 y el Art. 5 de la Ley 66 de 1993.
Obra como secuestre del bien inmueble el señor REINALDO ANAVITARTE REYES, quien reside en Calle 5 No. 9-58, Centro de Cúcuta.- rey.anavitarte0623 @gmail.com
Para los efectos previstos en el Art. 449 y 450 del C.G.P., copias de este aviso se entregan al actor para su publicación por una sola vez en un periódico de amplia circulación, en día domingo con antelación no menor a diez (10) días hábiles a la fecha de la diligencia; y junto con la prueba de su publicación, deberá allegar un ejemplar del certificado de tradición y libertad del inmueble expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia.
Se advierte que la diligencia de remate tendrá lugar a través de la plataforma LIFESIZE. Por lo que es deber de las partes e interesados en participar en tal diligencia, contar con un dispositivo electrónico compatible con tal plataforma y en lo posible procurar descargar la misma.
La cuenta de correo institucional designada para el recibo de las posturas u ofertas de remate es: jcivccu7@cendoj. ramajudicial.gov.co
El link o enlace web a través del cual los participantes podrán acceder a la diligencia es: https://call.lifesizecloud.com/18523971
Igualmente se precisa que para el desarrollo de la presente diligencia se dará aplicación a la Circular DESAJCUC20-217, que contiene el protocolo a seguir para la diligencia de remate, Que puede ser consultada en el link https://tribunalsuperior decucuta.qov.co/2020/11 /30/protocolo-para- diligencias-virtuales -de-remate/
Dicho protocolo, entre otros, contiene:
‘(...)3. PRESENTACIÓN DE POSTURAS DE REMATE OPORTUNIDAD: De conformidad a lo previsto en los artículos 451 y 452 del C.G.P., la oportunidad procesal para que los interesados puedan presentar posturas de remate será dentro de los 5 días anteriores a la celebración de la respectiva diligencia y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma. CONTENIDO DE LA POSTURA: Todas las posturas de remate presentadas deberán contener como mínimo la siguiente información:
• Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura.
• Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura.
• Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél.
• Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
ANEXOS DE LA POSTURA: Toda postura de remate deberá ser acompañada como mínimo de los siguientes documentos:
• Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días.
• Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por intermedio de uno.
• Copia del depósito judicial para hacer postura, equivalente al 40% del avalúo del inmueble por el que se presenta postura, de conformidad a lo indicado en el artículo 451 del C.G.P., salvo que se trate de postor por cuenta de su crédito.
MODALIDAD DE PRESENTACIÓN DE LA POSTURA: La presentación de posturas para diligencias de remate que tengan lugar en los Despachos Judiciales de la jurisdicción siempre deberá realizarse a través de correo electrónico. Las posturas electrónicas deberán enviarse de forma exclusiva a través de mensaje de correo a la cuenta electrónica institucional delegada por el Despacho Judicial para tal fin, informando adicionalmente número(s) telefónico(s) de contacto y/o cuenta(s) de correo(s) electrónico(as) alternativa(s) con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del C.G.P.: • ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto lo siguiente: Número del RADICADO DEL PROCESO en 23 dígitos. Para el presente caso, es 54001310300 720130014900.
ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como ‘un sobre cerrado‘ bajo los parámetros del artículo 452 del C.G.P., la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña. Este archivo digital deberá denominarse ‘OFERTA‘.
La contraseña permitirá que solo el postulante pueda tener acceso a la información incluida en su archivo PDF. En el desarrollo de la diligenc
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