1542354

Número de referencia
RF101454
Titulo edicto
1542354
Texto del edicto
República De Colombia
Departamento Norte de Santander
Juzgado Octavo Civil Municipal
Distrito Judicial de Cúcuta
PROCESO: EJECUTIVO HIPOTECARIO
RADICADO: 54 001 40 03 008 2019 00397 00
DEMANDANTE: DIOSELINA RUEDA ANGARITA CC 37.314.217
DEMANDADO: PAOLA ANDREA PERRILLA VERA CC 1.115.738.624
™Procede el Despacho a efectuar el control de legalidad del que hace referencia el art. 132 CGP, a fin de sanear los vicios encontrados dentro del mismo.
Mediante auto de fecha 14 de agosto de 2023 se fijó fecha para diligencia de remate dentro del presente proceso para el día 6 de septiembre de 2023, quedando ejecutoriado el mencionado auto el día viernes 18 de agosto de 2023, debiendo emitir el respectivo aviso el día hábil siguiente a la fecha de ejecutoria, es decir el día 22 de agosto de 2023.
Así las cosas, observa el Despacho que no se dan los presupuestos establecidos en el inciso primero del Art. 450 del CGP, respecto de la publicación del aviso con 10 días de antelación al remate: ...“El remate se anunciará al público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad o, en su defecto, en otro medio masivo de comunicación que señale el juez. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate””
Por lo anterior, dispone el Despacho fijar nueva fecha de remate para el día JUEVES VEINTIUNO (21) DE SEPTIEMBRE DE 2023 A LAS TRES DE LA TARDE (3:00P.M.), como fecha para llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble objeto de litigio, identificado con matrícula inmobiliaria No. 260- 206318, el cual se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, diligencia que se llevará a cabo de manera VIRTUAL.
La base de la licitación será el 70% del avalúo del bien inmueble y todo el que pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero, a órdenes del juzgado el 40% del avalúo del respectivo bien, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 ibídem.
El remate se anunciará al público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad como el diario la Opinión. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a los diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Con la copia o la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de libertad y tradición del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso.
Asimismo, el aviso de remate será incorporado en el micrositio web del Juzgado, en la página de la Rama Judicial, así como el protocolo previsto en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 y la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, que define que para los fines dispuestos en el Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, frente a la recepción de las posturas admisibles para llevar a cabo las diligencias de remate, dichas ofertas se seguirán gestionando de manera virtual, los cuales pueden consultar en el siguiente enlace: https://www.ramajudicial.gov. co/web/juzgado-08-civil- municipal-decucuta/150.
La diligencia se llevará a cabo a través de la plataforma LifeSize, ingresando al siguiente link: https://call.lifesizecloud. com/19074310
Para el recibo de las posturas u ofertas de remate, se ha designado la siguiente cuenta de correo institucional: rematesjcivmcu8@ cendoj.ramajudicial.gov.co
Las partes, sus apoderados y los demás interesados en la licitación, deberán tener en cuenta que la diligencia se llevará a cabo bajo los parámetros fijados tanto en el Código General del Proceso, y en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022. Ofíciese a la División de Impuestos y Rentas - Secretaría de Hacienda Municipal de esta ciudad - a fin de que remitan el recibo donde conste el valor del impuesto predial que adeude el inmueble a rematar; indíquesele que el número de matrícula inmobiliaria corresponde al No. 260-206318, de propiedad de la señora PAOLA ANDREA PERRILLA VERA CC 1.115.738.624.
La diligencia de REMATE del bien inmueble objeto de litigio, identificado con matrícula inmobiliaria No. 260-206318, está avaluado en DOSCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS ($224.245.500), diligencia que se llevará a cabo de manera VIRTUAL a través de la plataforma Lifesize.
El bien inmueble propiedad de la demandada consta de un terreno propio el cual contiene Un extensión superficiaria de 89.28M2, para destino habitación urbana con un área de terreno de 216 mt2 según impuesto predial, estrato 4 ubicado en el anillo vial oriental 2AN 31 mz 4L Conjunto Cerrado SANTILLANA, un Coeficiente de Copropiedad de 0.45%, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En una longitud de seis metros (6,.00mtrs), colindando con la vía interna del conjunto; SUR: En una longitud de seis metros (6.OOmtrs), colindando con el lote número treinta 30 de la misma manzana; ORIENTE; En una longitud de catorce puntos ochenta y ocho metros colindando con el lote número once (11) de la misma manzana; OCCIDENTE; En una longitud de catorce puntos ochenta y ocho metros (14.88mtrs), colindando con el lote número nueve (9) dé la misma manzana.
La secuestre es la señora Consuelo Cruz, con cedula de Ciudadanía No. 60.304.044 y domicilio residencial en la avenida 4 No. 7-47 centro Cúcuta, teléfono 3143183528.
APODERADO PARTE ACTORA.
LUIS FERNANDO LOPEZ
CC. 88.269.652
TP.360.072 C.S. de la J.
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