Número de referencia
RF577384
Titulo edicto
1542690
Texto del edicto
JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO
Jcivccu5@cendoj. ramaiudicial.gov.co
PALACIO DE JUSTICIA DE CUCIITA OF 408 A Av. Gran Colombia.-
AVISO DE REMATE
EL SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA,
HACE SABER:
™Que, dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO, radicado bajo el N° 54001- 3103-005-2019-00376-00, siendo Demandante ORLANDO SERNA SANMARTIN con C.C. 16.362.339 de Tuluá, con Apoderado: DR. JESUS MARIA GONZALEZ QUINTERO jemago_56 @hotmail.com 3152572509- 5711000; Contra: MONICA PATRICIA GUANIPA PEÑA con C.C. 60.395.846 de Cúcuta.-
Teniendo en cuenta la solicitud elevada por el apoderado judicial de la parte demandante, y al ser procedente, conforme el artículo 448 del Código General del Proceso, en concordancia con la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, que define que para los fines dispuestos en el Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, frente a la recepción de las posturas admisibles para llevar a cabo las diligencias de remate, dichas ofertas se seguirán gestionando de manera virtual conforme se dispuso en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020, el Despacho conforme a lo consagrado en la referida norma, procede a señalar la hora de las NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 A.M.) del día CUATRO (04) del mes de OCTUBRE del año 2023, como fecha para llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble objeto de litigio, correspondiente a la Casa 9B Conjunto Cerrado La Sabana del Municipio de Villa del Rosario, identificado con matricula inmobiliaria N° 260-253697, cédula catastral 01-01-0062-0034-801, y AVALUADO en $1.074.244.500 El cual se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, para la diligencia que se llevará a cabo de manera VIRTUAL
La base de la licitación será el 70% del avalúo del bien inmueble de propiedad del demandado ($1.074.244.500), y todo el que pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero, a órdenes del juzgado el 40% del avalúo del respectivo bien, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 ibídem.
El remate se anunciaráal público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad como el diario la Opinión. El listado se publicaráel día domingo con antelación no inferior a los diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Con la copia o la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de libertad y tradición del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso.
Asi mismo, el aviso de remate será incorporado en el micrositio web del Juzgado, en la página de la Rama Judicial, asi como el protocolo previsto, en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 y la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, que define que para los fines dispuestos en el Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, frente a la recepción de las posturas admisibles para llevar a cabo las diligencias de remate, dichas ofertas se seguirán gestionando de manera virtual, los cuales pueden consultar en el siguiente enlace: https://www.ramajudicial.gov. co/web/juzgado-05-civil-del- circuito-de-cucuta
La diligencia se llevará a cabo a través de la plataforma LifeSize, ingresando al siguiente link: Ingrese a la AUDIENCIA haciendo click en el siguiente enlace:
https://call.lifesizecloud. com/18797392
Para el recibo de las posturas u ofertas de remate, se ha designado la siguiente cuenta de correo institucional: juezj05cctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co
Las partes, sus apoderados y los demás interesados en la licitación, deberán tener en cuenta que la diligencia se llevará a cabo bajo los parámetros fijados tanto en el Código General del Proceso, y en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de
2022.
Secuestre DRA. ROSA MARIA CARRILLO GARCIA rosacarrillo747 @qmail.com 318 -6179873-
San José de Cúcuta, agosto 04 del 2023 -
WILLIAM ANDRES SUAREZ MOROS
Secretario
Jcivccu5@cendoj. ramajudicial.gov.co
Firmado Por:
William Andrés Suarez Moros
Secretario
Juzgado De Circuito
Civil 005
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación 7ea7e51e8045522c 126e58db52af65e9 e91e0fad181d75ab 87d7ac3b03fedf65
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PALACIO DE JUSTICIA DE CUCIITA OF 408 A Av. Gran Colombia.-
AVISO DE REMATE
EL SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA,
HACE SABER:
™Que, dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO, radicado bajo el N° 54001- 3103-005-2019-00376-00, siendo Demandante ORLANDO SERNA SANMARTIN con C.C. 16.362.339 de Tuluá, con Apoderado: DR. JESUS MARIA GONZALEZ QUINTERO jemago_56 @hotmail.com 3152572509- 5711000; Contra: MONICA PATRICIA GUANIPA PEÑA con C.C. 60.395.846 de Cúcuta.-
Teniendo en cuenta la solicitud elevada por el apoderado judicial de la parte demandante, y al ser procedente, conforme el artículo 448 del Código General del Proceso, en concordancia con la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, que define que para los fines dispuestos en el Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, frente a la recepción de las posturas admisibles para llevar a cabo las diligencias de remate, dichas ofertas se seguirán gestionando de manera virtual conforme se dispuso en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020, el Despacho conforme a lo consagrado en la referida norma, procede a señalar la hora de las NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 A.M.) del día CUATRO (04) del mes de OCTUBRE del año 2023, como fecha para llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble objeto de litigio, correspondiente a la Casa 9B Conjunto Cerrado La Sabana del Municipio de Villa del Rosario, identificado con matricula inmobiliaria N° 260-253697, cédula catastral 01-01-0062-0034-801, y AVALUADO en $1.074.244.500 El cual se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, para la diligencia que se llevará a cabo de manera VIRTUAL
La base de la licitación será el 70% del avalúo del bien inmueble de propiedad del demandado ($1.074.244.500), y todo el que pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero, a órdenes del juzgado el 40% del avalúo del respectivo bien, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 ibídem.
El remate se anunciaráal público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad como el diario la Opinión. El listado se publicaráel día domingo con antelación no inferior a los diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Con la copia o la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de libertad y tradición del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso.
Asi mismo, el aviso de remate será incorporado en el micrositio web del Juzgado, en la página de la Rama Judicial, asi como el protocolo previsto, en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 y la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, que define que para los fines dispuestos en el Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, frente a la recepción de las posturas admisibles para llevar a cabo las diligencias de remate, dichas ofertas se seguirán gestionando de manera virtual, los cuales pueden consultar en el siguiente enlace: https://www.ramajudicial.gov. co/web/juzgado-05-civil-del- circuito-de-cucuta
La diligencia se llevará a cabo a través de la plataforma LifeSize, ingresando al siguiente link: Ingrese a la AUDIENCIA haciendo click en el siguiente enlace:
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Para el recibo de las posturas u ofertas de remate, se ha designado la siguiente cuenta de correo institucional: juezj05cctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co
Las partes, sus apoderados y los demás interesados en la licitación, deberán tener en cuenta que la diligencia se llevará a cabo bajo los parámetros fijados tanto en el Código General del Proceso, y en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de
2022.
Secuestre DRA. ROSA MARIA CARRILLO GARCIA rosacarrillo747 @qmail.com 318 -6179873-
San José de Cúcuta, agosto 04 del 2023 -
WILLIAM ANDRES SUAREZ MOROS
Secretario
Jcivccu5@cendoj. ramajudicial.gov.co
Firmado Por:
William Andrés Suarez Moros
Secretario
Juzgado De Circuito
Civil 005
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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