1542897

Número de referencia
RF149619
Titulo edicto
1542897
Texto del edicto
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA EMPLAZA
™A todas las personas que tengan derechos legítimos relacionados con el predio que se describirá, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con dicho predio, así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan al proceso y hagan valer sus derechos, dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la última publicación que se realice de este edicto en el diario de amplia circulación nacional, esto es, diario El Tiempo o El Espectador, en el diario La Opinión y en una radiodifusora del municipio de Tibú (Norte de Santander), conforme lo normado en el literal E del artículo 86 de la Ley 1448 de 2011; siendo el último día de este lapso el término máximo para contestar la demanda y/o presentar oposiciones conforme el artículo 88 de la Ley 1448 de 2011. Teniendo en cuenta Comunicación Informativa No. 02 del 8 de agosto de 2022 de la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras de Cúcuta, se informa que la solicitud de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas, interpuesta por los señores Pedro Miguel Contreras Moreno identificado con cédula de ciudadanía No. 13.244.035 y la señora Isabel Rivera Vega identificada con cédula de ciudadanía No. 51.629.986, fue admitida por este Despacho Judicial a través del auto de fecha 08 de septiembre de 2023, correspondiéndole el radicado 5400131210 0120230014300; tiene por objeto el predio rural, ubicado en la Carrera 1 No. 4-141 del corregimiento Tres Bocas, municipio de Tibú, departamento Norte de Santander, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 260-354371 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Cúcuta, con número predial No. 54810000300 040208000 y número predial de la mejora No. 5481000030 0040208001, con un área registrada catastralmente de 1775,2 m2; aunque lo solicitado tiene una extensión o área georreferenciada de 1663.5 m2. Este mismo aviso será utilizado como Informe de Acumulación Procesal, para los fines de los artículos 95 y 96 de la Ley 1448 de 2011, regulados por el Acuerdo No. PSAA13-9857 del 6 de marzo de 2013 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, poniéndoseles de presente a los jueces, que deberán rendir informe de su proceso en caso de coincidencia y que el incumplimiento a esta orden, los hará incurrir en posible falta gravísima como se desprende de la Ley 1448 de 2011. (Firmado electrónicamente)
LUDWIN RICARDO BLANCO RINCÓN Secretario
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