1543028

Número de referencia
RF525000
Titulo edicto
1543028
Texto del edicto
JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA - ORALIDAD
AVISO DE REMATE
™El suscrito Secretario del Juzgado Sexto Civil Municipal de Oralidad de Cúcuta, Norte de Santander HACE SABER:
Que dentro del proceso Ejecutivo Hipotecario radicado al No. 54001-4003- 006-2018-00431-00 demandante: OLGER GARCIA VELASQUEZ, en contra de ANTONIO JOSE RAMIREZ CORREA, se ha fijado la hora de las las 9:00 A.M. del día 18 del mes de Octubre de 2023, para que tenga
lugar la práctica de la diligencia de remate del bien inmueble de propiedad del demandado distinguido: Apartamento 101 del edificio LOS CONQUISTADORES, ubicado en la avenida 3E No. 3AN-18 de la urbanización la Ceiba de esta Ciudad, el cual consta de un(l) piso, una cocina, un garaje, 1 patio, cuatro habitaciones, tres baños, pavimentos exteriores en asfalto, muros de ladrillo, cubierta de placa de concreto, demarcado por los siguientes linderos: NORTE: en diez(10) metros con propiedad común del edificio pasillo de circulación; SUR: En 11,25 metros con la calle 3AN; ORIENTE: en 12,85 metros con la avenida 3E; y OCCIDENTE: En 12,85 metros con propiedad del Doctor Luis Evelio Peña Cruz y 9,85 metros con antejardín general que separa el edificio con parte de la propiedad del doctor Luis Evelio Peña Cruz. NADIR: Con piso del edificio; CENIT: Con apartamento 201 del segundo piso, la altura entre el piso y la placa del segundo piso es de dos 2.45 metros le corresponde un coeficiente del 12.02%. LINDEROS GENERALES DEL EDIFICIO: NORTE: Con la calle 4N; SUR: Con la calle 3AN; ORIENTE: Con la avenida 3 est; OCCIDENTE: Con casa de propiedad del Doctor Ramón Rosas Sayago y con casa de propiedad del Doctor Luis Evelio Peña Cruz. Cédula catastral 010603070011901 y el folio de matrícula inmobiliaria No. 260-11909.
Según el numeral 6o de la escritura de hipoteca No. 3.541 de fecha 15 de Junio de 2012 de la Notaría Segunda del Circulo de Cúcuta, el gravamen hipotecario comprende todas las mejoras y anexidades que el reciba en el futuro, lo mismo que las pensiones e indemnizaciones abarcadas por ella conforme a lo dispuesto en el artículo 2446 del Código Civil.
El bien inmueble (Apartamento 101 del edificio LOS CONQUISTADORES, ubicado en la avenida 3E No. 3AN-18 de la urbanización la Ceiba de esta Ciudad) fue adquirido por el deudor hipotecante conforme a los términos de la escritura Pública número 1.251 del 13 de Junio de 2012 otorgada en la Notaría Quinta de Cúcuta, debidamente inscrita en la oficina de Registro de Instrumentos Públicos bajo el folio de matrícula Inmobiliaria No. 260-11909 anotación No. 23.
La secuestre actuante es la señora MARIA CONSUELO CRUZ, identificada con la C.C. 60.304.044 de Cúcuta, con lugar de notificaciones personales en la siguiente dirección: Avenida 4 No. 7-47 centro de Cúcuta, teléfonos: 5711217 y celular: 3143183528 correo electrónico: macon6070 @hotmail.com
Siendo base de la licitación el 70% del valor total del avalúo del bien a rematar((Apartamento 101 del edificio LOS CONQUISTADORES, ubicado en la avenida 3E No. 3AN-18 de la urbanización la Ceiba de esta Ciudad) si el postor es un tercero y el 100% del valor total del avalúo del bien si el postor es el acreedor hipotecario, de conformidad con el artículo 468 numeral 5o del Código General del Proceso, el cual es, la suma de DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA y OCHO MIL PESOS MCTE ($228.888.000,oo) que corresponde al avalúo catastral incrementado en un 50%.
Toda persona que pretenda hacer postura deberá consignar previamente el 40% de DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA y OCHO MIL PESOS MCTE ($228.888.000,oo) que corresponde al valor del avalúo catastral del bien inmueble objeto de licitación incrementado en un 50% en el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, Seccional Cúcuta, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) primeros días anteriores al remate (Art. 451 ibídem). Quien hiciere postura en la diligencia, además de pagar el valor del remate, pagará sobre éste un 5% más con destino al Fondo para la modernización, Descongestión, y Bienestar de la Administración de Justicia (Art. 7o de la Ley 11 de 1987, modificado por el artículo 12 de la Ley 1743 de 2014). Sin el lleno de este requisito no se dará aprobación a la diligencia respectiva.
El aviso de remate será publicado en el diario la Opinión, por una sola vez con antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el remate un día domingo; con la copia informal de la página del periódico, deberá allegarse un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro del mes de anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. (Art. 450 del Código General del Proceso).
Las posturas del remate deberán ser allegadas al correo institucional del despacho: jcivmcu6@cendoj. ramajudicial.gov.co
Para los fines Indicados en los artículos 450, 451 y 452 del C.G. del P. la subasta se desarrollará en forma virtual siguiendo las pautas fijadas en el Protocolo adoptado mediante la Circular DESAJCUC20-217, que puede consultarse siguiendo el link:
https://www.ramajudicial.gov. co/documents/18553039/ 79008318/Protocolo+para +realizar+Diligencias+de+ Remate.pdf/9046d231- 5afe-4f60-9fc5- c88fcf6588de
La plataforma utilizada será: LIFESIZE-AUDIENCIA VIRTUAL, en el siguiente enlace: https://call.lifesizecloud. com/19212141
Por secretaría inclúyase en el cronograma de audiencias del micro sitio wed del Juzgado , la diligencia fijada, así como copia del aviso de remate en la sección AVISOS :https://www.ramajudicial.gov. co/web/juzgado-06-civil -municipal-de- cucuta/132
San José de Cúcuta, 8 de Septiembre de 2023.
El Secretario,
CESAR DARIO SOTO MELO
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