1543058

Número de referencia
RF377680
Titulo edicto
1543058
Texto del edicto
CARTEL DE REMATE
Expediente 54 518 31 12 001 2018 00122 00
EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO CON CONOCIMIENTO EN ASUNTOS LABORALES DE PAMPLONA, por medio del presente
AVISA:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO instaurado por BANCOLOMBIA S.A. contra SERAFIN GUILLEN MANCILLA, se ha señalado la hora de las 2:30 p.m. del día doce (12) de octubre de dos mil veintitrés (2023), para llevar a cabo el remate en pública subasta del siguiente bien inmueble de propiedad inscrita del demandado, señor SERAFIN GUILLEN MANCILLA c.c. 1034.304.246 de los Patios.
Predio rural denominado la Ponderosa ubicado en la Vereda Paramito del Municipio de Chinácota, identificado con folio de matricula inmobiliaria número 264-6429 de la oficina de Instrumentos Públicos de Chinácota, con número catastral 541700000000000 50171000000000, cuyos linderos constan en la escritura # 364 de fecha 10 de octubre de 1992 otorgada por la Notaría única de Chinácota y 163 del 3 de febrero de 2016 de la Notaría cuarta de Cúcuta, son: NORTE: con la carretera a la vereda de Paramito de por medio y con el predio El Descanso que es o fue de Darío Hernández y con Predio que es o fue de Isaías Rodríguez Bello; SUR: en toda su extensión con la cordillera de los Pantanos; ORIENTE: Con predio que es o fue de José Celiar Sanabria y pasando la carretera que conduce a Paramito, con el predio El Descanso que es o fue de Darío Hernández, camino de herradura de por medio antes, hoy que es o fue de Alexander Calderón; y OCCIDENTE: Con predio que es o fue de Hermelina Mendoza.
Se encuentra designado como secuestre el señor ALEXANDER TOSCANO PAEZ, quien puede ser ubicado en la carrera 9A No. 11C-33 La Alambra de la ciudad de Pamplona, celular 3185275023 - 3124359115, e-mail: alextoscanopaez @gmail.com
El valor del avalúo del inmueble, objeto de remate es la suma de $1.496.809.728.00 (MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NUEVE MIL SETENCIENTOS VEINTIOCHO PESOS MCTE.).
La base de la licitación es el 70% de dicho avalúo, esto es, la suma de MIL CUARENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NUEVE PESOS CON SESENTA CENTAVOS MCTE., ($1.047.766.809,60), previa consignación a través de depósito judicial en la cuenta número 545182031001 de Banco Agrario de Colombia órdenes de este Juzgado del 40% de dicho avalúo, esto es la suma de QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS CON VEINTE CENTAVOS MCTE. ($598.723.891,20) (art. 448 CGP).
Se advierte que la diligencia de remate se iniciará a la hora señalada y no se cerrará sino mínimo, después de haber transcurrido una (1) hora y se llevará a cabo por medio de la plataforma digital LIFESIZE, de conformidad con los parámetros del art. 452 del CGP, artículo 13 del acuerdo PCSJA21-11840 de 26 de agosto de 2021, circular DESAJCUC21-82 y DESAJCUC20-2017 y PCSJC21-26 del Consejo Seccional de la Judicatura del Norte de Santander La postura podrá hacerse dentro de los cinco (5) días anteriores al remate oen la oportunidad que señala el art. 452 ibidem.
El rematante deberá consignar el saldo del precio dentro de los cinco (5) días siguientes ala diligencia a órdenes del juzgado y además cancelar un impuesto del CINCO POR CIENTO (5%) sobre el valor final del mismo con destino a la Rama Judicial Impuesto de Remate cuenta única nacional 3-082-00-00635-8 del Banco Agrario de Colombia S.A, convenio 13477 (Art. 7 Ley 11 de 1987 modificado por el artículo 12 de la Ley 1743 de 2014). (Art. 453 ibidem).
Se advierte a los oferentes que para efectos del recibo de las posturas u ofertas del remate la cuenta del correo institucional designado es j01ctopam@cendoj. ramajudicial.gov.co y el link a través del cual podrán acceder los participantes a la diligencia es https://call.lifesizecloud. com/19183907
Si el postor es persona natural deberá indicar nombre completo e identificación, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de este y si se trata de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
La presentación de posturas deberá realizarse mediante mensaje de datos a través de correo electrónico antes anotado, informando números telefónicos de contacto, cuenta de correo electrónico principal y alternativa, y deberá contener:
- Número de radicación del proceso (23 dígitos)
- El archivo PDF deberá estar protegido con contraseña, archivo digital que deberá denominarse ‘OFERTA‘
Llegados día y hora de la diligencia la titular del Despacho iniciará la audiencia virtual y dispondrá:
• Compartir pantalla para mostrar a toda la audiencia el correo electrónico institucional del Despacho que fue designado para la recepción de las ofertas, indicando aquellasque se hubiesen recibido en forma previa por ese mismo medio (si fuera el caso). En caso de no poder compartir pantalla se propiciará que todos los participantes puedan verificar las otras ofertas.
• Exhortará a los participantes para que presenten sus ofertas digitales dentro de la hora siguiente teniendo en cuenta las especificaciones técnicas plasmadas en esteprotocolo (circular DESAJCUC20-217).
• Transcurrida la hora, se procederá a la apertura de todas las posturas electrónicas recibidas al correo institucional, solicitando a cada postulante en su debido momento el suministro de la contraseña para el desbloqueo del archivo PDF adjunto en cadamensaje de correo.
Para los fines legales establecidos en el artículo 450 del C. G del P. la parte solicitante antes de darse inicio a la subasta deberá llegar al expediente el certificado de libertad y tradición del inmueble objeto de remate expedido dentro del mes anterior a la fecha previstapara la diligencia de remate.
Las irregularidades que puedan afectar la validez del remate se considerarán saneadas si no son alegadas antes de la adjudicación y las de nulidad, formuladas con posterioridad noserán oídas. (Art. 455 CGP).
Pamplona, 4 de septiembre de 2023
ROSA MARGARITA BOADA RIVERA
Secretaria
Firmado Por:
Rosa Margarita Boada Rivera
Secretaria
Juzgado De Circuito
Laboral 001
Pamplona - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentarlo 2364/12
Código de verificación: 78e4cf27baac617 09e2c36bd79cbe8 4e2ee5dc1d96b7 c86349fe13a7c21 59aa7
Documento generado en 04/09/2023 02:23:52 PM
Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial. ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica
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