Número de referencia
RF107917
Titulo edicto
1543233
Texto del edicto
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE PAMPLONA N. S.
AVISA AL PÚBLICO
™Que, dentro del proceso Ejecutivo hipotecario radicado bajo el No. 54-518-40- 03-001-2019- 00522-00 propuesto por Jorge Arturo Moreno Parada contra José Alexander Mendoza Gómez, se ha fijado la hora de las dos de la tarde (02:00 p.m.) del día diecisiete (17) de octubre de 2023, para llevar a cabo la diligencia de remate del inmueble rural denominado “Lorencia” y en catastro “Florencia”, ubicado en la vereda el Líbano del Municipio de Durania, de treinta y cuatro (34) hectáreas, identificado con el número de Matrícula Inmobiliaria 260-35319, inscrito en el catastro bajo el predial número 00-02-00-00-0002- 0134-0-00-00- 0000 legalmente embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso ejecutivo hipotecario con el radicado n°. 54 518 40 03 001 2019 00522 00.
La licitación principiará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora, los interesados presentaran en sobre cerrado sus ofertas para adquirir el bien subastado. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito revisto en el Art. 448 del C.G. del P. es decir, la base para hacer postura será el setenta (70%) del avalúo del bien.
El avalúo comercial del predio la Florencia se fijó en la suma de trescientos cuarenta millones de pesos ($340.000.000 COP). CONSIGNACIÓN Y NÚMERO DE CUENTA: Banco Agrario de Colombia, Sucursal Pamplona, Cuenta No. 545182041001, a órdenes del Juzgado Primero
Civil Municipal de Pamplona Norte de Santander.
Quien salga favorecido con la subasta, deberá consignar con posterioridad a la misma, a Órdenes del Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia, un impuesto del 5% sobre el valor final de la subasta, de conformidad con lo normado por el Artículo 7 de la Ley 11 de 1997, en armonía con el Artículo 5 de la Ley 66 de 1993, modificado por el Artículo 12 de la Ley 1743 de 2014, requisito sin el cual no se aprobará dicha subasta, para lo cual consignara en el Banco Agrario de Colombia, cuenta Nro.3-082-00-00635-8, Convenio 13477 Rama Judicial-Impuestos de Remate y sus Rendimientos- Cuenta Única Nacional por Concepto de Remate a órdenes del Juzgado Primero Civil Municipal de Pamplona Norte de Santander.
Se Advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo por los canales electrónicos y/o virtuales disponibles, esto es, por medio de la plataforma LIFE SIZE. Lo anterior, atendiendo las instrucciones del inciso 2° del parágrafo del artículo 1o del Decreto Legislativo No. 806 del 04 de junio de 2020, al Acuerdo PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2020del Consejo Superior de la Judicatura, y el Acuerdo CSJNS2020.153 del 30 de junio de 2020 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y, la Circular DESAJCUC20.217 del 12 de noviembre de 2020, mediante la cual el Consejo Superior de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca estableció el protocolo para la realización de audiencia de Remate, el cual podrá consultarse a través del siguiente linkhttps;/www.ramajudicial. gov.co./documents/3741628 /54101341/CIRCULAR+ DESAJUCUC20217+CIRCULAR+ PROTOCOLO+PARA+ REALIZAR+DILIGEN
CIAS+DE+REMATE .pdf/d6b6f9e9-553f- 4b10-8da8-77066 e38a7a0.
Anúnciese el remate en el periódico La Opinión, o en una emisora con sintonía en la localidad, el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, a costa de la parte interesada, a quién desde ya se le autoriza para dicho efecto. En dicho anuncio deberán indicarse: i) los datos a que se refiere el Art. 450 del C.G. del P., ii) la plataforma virtual LIFE SIZE que se utilizará para la diligencia de remate, iii) la cuenta de correo j01cmpalpam@cendoj. ramajudicial.gov.co a través de la cual se recibirán las posturas u ofertas de remate, iv) el link o enlace web https://call.lifesizecloud. com/19234576, a través del cual los participantes podrán acceder a la diligencia, v) la indicación que la diligencia se llevará a cabo bajo los parámetros fijados en el C.G.P., así como en el Protocolo para la Realización de Audiencias de Remate adoptado por el Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca y, vi) el link donde se puede consultar dicho protocolo.
Finalmente, para la presentación de las posturas de remate, la parte interesada deberá ceñirse a los parámetros establecidos en el Protocolo para la Realización de Audiencia de Remate adoptado por el Consejo Superior de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca, para tal fin. Se expide en Pamplona a los doce (12) días de septiembre de dos mil veintitrés (2023).
ANDREA CAROLINA PEREZ LOPEZ
Secretaria
EL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE PAMPLONA N. S.
AVISA AL PÚBLICO
™Que, dentro del proceso Ejecutivo hipotecario radicado bajo el No. 54-518-40- 03-001-2019- 00522-00 propuesto por Jorge Arturo Moreno Parada contra José Alexander Mendoza Gómez, se ha fijado la hora de las dos de la tarde (02:00 p.m.) del día diecisiete (17) de octubre de 2023, para llevar a cabo la diligencia de remate del inmueble rural denominado “Lorencia” y en catastro “Florencia”, ubicado en la vereda el Líbano del Municipio de Durania, de treinta y cuatro (34) hectáreas, identificado con el número de Matrícula Inmobiliaria 260-35319, inscrito en el catastro bajo el predial número 00-02-00-00-0002- 0134-0-00-00- 0000 legalmente embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso ejecutivo hipotecario con el radicado n°. 54 518 40 03 001 2019 00522 00.
La licitación principiará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora, los interesados presentaran en sobre cerrado sus ofertas para adquirir el bien subastado. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito revisto en el Art. 448 del C.G. del P. es decir, la base para hacer postura será el setenta (70%) del avalúo del bien.
El avalúo comercial del predio la Florencia se fijó en la suma de trescientos cuarenta millones de pesos ($340.000.000 COP). CONSIGNACIÓN Y NÚMERO DE CUENTA: Banco Agrario de Colombia, Sucursal Pamplona, Cuenta No. 545182041001, a órdenes del Juzgado Primero
Civil Municipal de Pamplona Norte de Santander.
Quien salga favorecido con la subasta, deberá consignar con posterioridad a la misma, a Órdenes del Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia, un impuesto del 5% sobre el valor final de la subasta, de conformidad con lo normado por el Artículo 7 de la Ley 11 de 1997, en armonía con el Artículo 5 de la Ley 66 de 1993, modificado por el Artículo 12 de la Ley 1743 de 2014, requisito sin el cual no se aprobará dicha subasta, para lo cual consignara en el Banco Agrario de Colombia, cuenta Nro.3-082-00-00635-8, Convenio 13477 Rama Judicial-Impuestos de Remate y sus Rendimientos- Cuenta Única Nacional por Concepto de Remate a órdenes del Juzgado Primero Civil Municipal de Pamplona Norte de Santander.
Se Advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo por los canales electrónicos y/o virtuales disponibles, esto es, por medio de la plataforma LIFE SIZE. Lo anterior, atendiendo las instrucciones del inciso 2° del parágrafo del artículo 1o del Decreto Legislativo No. 806 del 04 de junio de 2020, al Acuerdo PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2020del Consejo Superior de la Judicatura, y el Acuerdo CSJNS2020.153 del 30 de junio de 2020 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y, la Circular DESAJCUC20.217 del 12 de noviembre de 2020, mediante la cual el Consejo Superior de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca estableció el protocolo para la realización de audiencia de Remate, el cual podrá consultarse a través del siguiente linkhttps;/www.ramajudicial. gov.co./documents/3741628 /54101341/CIRCULAR+ DESAJUCUC20217+CIRCULAR+ PROTOCOLO+PARA+ REALIZAR+DILIGEN
CIAS+DE+REMATE .pdf/d6b6f9e9-553f- 4b10-8da8-77066 e38a7a0.
Anúnciese el remate en el periódico La Opinión, o en una emisora con sintonía en la localidad, el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, a costa de la parte interesada, a quién desde ya se le autoriza para dicho efecto. En dicho anuncio deberán indicarse: i) los datos a que se refiere el Art. 450 del C.G. del P., ii) la plataforma virtual LIFE SIZE que se utilizará para la diligencia de remate, iii) la cuenta de correo j01cmpalpam@cendoj. ramajudicial.gov.co a través de la cual se recibirán las posturas u ofertas de remate, iv) el link o enlace web https://call.lifesizecloud. com/19234576, a través del cual los participantes podrán acceder a la diligencia, v) la indicación que la diligencia se llevará a cabo bajo los parámetros fijados en el C.G.P., así como en el Protocolo para la Realización de Audiencias de Remate adoptado por el Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca y, vi) el link donde se puede consultar dicho protocolo.
Finalmente, para la presentación de las posturas de remate, la parte interesada deberá ceñirse a los parámetros establecidos en el Protocolo para la Realización de Audiencia de Remate adoptado por el Consejo Superior de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca, para tal fin. Se expide en Pamplona a los doce (12) días de septiembre de dos mil veintitrés (2023).
ANDREA CAROLINA PEREZ LOPEZ
Secretaria
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