Número de referencia
RF346597
Titulo edicto
1543558
Texto del edicto
Juzgado Octavo Civil Municipal
Distrito Judicial de Cúcuta
Proceso: EJECUTIVO (Hipotecario)
Radicado: 54 001 40 03 008 2019 00397 00
Demandante: DIOSELINA RUEDA ANGARITA CC. 37.314.217
Demandado: PAOLA ANDREA PERRILLA VERA CC. 1.115.738.624
Asunto: Reprograma Nueva Fecha de Remate
™Procede el Despacho a efectuar el control de legalidad del que hace referencia al artículo 132 GP, a fin de sanear los vicios encontrados dentro de mismo.
Mediante auto de fecha 28 de septiembre de 2023 se fijó fecha para diligencia de remate dentro del presente proceso para el día 01 de noviembre de 2023, no obstante, mediante acta de sala plena No. 28 de fecha 05 de octubre del 2023 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta en el cual se hizo el nombramiento de comisiones escrutadoras y claveros para las Elecciones de Autoridades Territoriales 2023; se designó a la suscrita juez Octavo Civil Municipal de Cúcuta, como Clavero 1, la cual fue notificada vía correo electrónico el día 10 de octubre de 2023, siendo esta una obligación institucional el cual debe ejercer su función durante la semana siguiente al domingo 29 de octubre de las votaciones electorales Bajo este panorama el despacho observa la imposibilidad de celebrar la diligencia de remate programada para el día 01 de noviembre.
Así las cosas dispone el Despacho fijar nueva fecha de remate para el día MIERCOLES OCHO (08) DE NOVIEMBRE DE 2023 A LAS NUEVE Y MEDIA DE LA MAÑANA (09:30A.M.), como fecha para llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble objeto de litigio, identificado con matrícula inmobiliaria No. 260- 206318, el cual se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en DOSCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS ($224.245.500), diligencia que se llevará a cabo de manera VIRTUAL a través de la plataforma Lifesize.
La base de la licitación será el 70% del avalúo del bien inmueble y todo el que pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero, a órdenes del juzgado el 40% del avalúo del respectivo bien, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 ibídem.
El remate se anunciará al público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad como el diario la Opinión. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a los diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Con la copia o la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de libertad y tradición del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso.
Asimismo, el aviso de remate será incorporado en el micrositio web del Juzgado, en la página de la Rama Judicial, así como el protocolo previsto en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 y la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, que define que para los fines dispuestos en el Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, frente a la recepción de las posturas admisibles para llevar a cabo las diligencias de remate, dichas ofertas se seguirán gestionando de manera virtual, los cuales pueden consultar en el siguiente enlace:
https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado-08- civil-municipal-decucuta/150.
La diligencia se llevará a cabo a través de la plataforma LifeSize, ingresando al siguiente link: https://call.lifesizecloud. com/19566535.
Para el recibo de las posturas u ofertas de remate, se ha designado la siguiente cuenta de correo institucional: rematesjcivmcu8 @cendoj.ramajudicial. gov.co.
Las posturas deberán allegarse en documento tipo PDF cifrado y su clave será manifestada únicamente en audiencia. Así mismo la postura deberá remitirse vía correo electrónico y deberá indicar en el asunto el número del proceso (sus 23 dígitos), así como los demás datos señalados en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 confirmada en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022. Se ADVIERTE que las posturas que no vengan cifradas no se tendrán en cuenta, así como tampoco aquellos que no cumplan íntegramente las exigencias previstas en el Código General del Proceso, y en las precitadas Circulares. POR SECRETARIA elabórese el aviso correspondiente cumpliendo las disposiciones legales y administrativas.
La diligencia de REMATE del bien inmueble objeto de litigio, identificado con matrícula inmobiliaria No. 260-206318, está avaluado en DOSCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS ($224.245.500),Y el mismo es propiedad de la demandada el cual consta de un terreno propio el cual contiene una extensión superficiaria de 89.28 MT2, para destino habitación urbana con un área de terreno de 216 mt2 según impuesto predial, estrato 4 ubicado en el anillo vial oriental 2AN 31 mz 4 Lote 10 Conjunto Cerrado SANTILLANA, un Coeficiente de Copropiedad de 0.45%, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En una longitud de seis metros (6,.00mtrs), colindando con la vía interna del conjunto; SUR: En una longitud de seis metros (6.OOmtrs), colindando con el lote número treinta 30 de la misma manzana; ORIENTE; En una longitud de catorce puntos ochenta y ocho metros colindando con el lote número once (11) de la misma manzana; OCCIDENTE; En una longitud de catorce puntos ochenta y ocho metros (14.88mtrs), colindando con el lote número nueve (9) dé la misma manzana.
La secuestre es la señora Consuelo Cruz, con cedula de Ciudadanía No. 60.304.044 y domicilio residencial en la avenida 4 No. 7-47 Centro Cúcuta, teléfono 3143183528.
APODERADO PARTE ACTORA.
LUIS FERNANDO LOPEZ
CC. 88.269.652
TP.360.072 C.S. de la J.
Cel. 3008914092
Distrito Judicial de Cúcuta
Proceso: EJECUTIVO (Hipotecario)
Radicado: 54 001 40 03 008 2019 00397 00
Demandante: DIOSELINA RUEDA ANGARITA CC. 37.314.217
Demandado: PAOLA ANDREA PERRILLA VERA CC. 1.115.738.624
Asunto: Reprograma Nueva Fecha de Remate
™Procede el Despacho a efectuar el control de legalidad del que hace referencia al artículo 132 GP, a fin de sanear los vicios encontrados dentro de mismo.
Mediante auto de fecha 28 de septiembre de 2023 se fijó fecha para diligencia de remate dentro del presente proceso para el día 01 de noviembre de 2023, no obstante, mediante acta de sala plena No. 28 de fecha 05 de octubre del 2023 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta en el cual se hizo el nombramiento de comisiones escrutadoras y claveros para las Elecciones de Autoridades Territoriales 2023; se designó a la suscrita juez Octavo Civil Municipal de Cúcuta, como Clavero 1, la cual fue notificada vía correo electrónico el día 10 de octubre de 2023, siendo esta una obligación institucional el cual debe ejercer su función durante la semana siguiente al domingo 29 de octubre de las votaciones electorales Bajo este panorama el despacho observa la imposibilidad de celebrar la diligencia de remate programada para el día 01 de noviembre.
Así las cosas dispone el Despacho fijar nueva fecha de remate para el día MIERCOLES OCHO (08) DE NOVIEMBRE DE 2023 A LAS NUEVE Y MEDIA DE LA MAÑANA (09:30A.M.), como fecha para llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble objeto de litigio, identificado con matrícula inmobiliaria No. 260- 206318, el cual se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en DOSCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS ($224.245.500), diligencia que se llevará a cabo de manera VIRTUAL a través de la plataforma Lifesize.
La base de la licitación será el 70% del avalúo del bien inmueble y todo el que pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero, a órdenes del juzgado el 40% del avalúo del respectivo bien, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 ibídem.
El remate se anunciará al público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad como el diario la Opinión. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a los diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Con la copia o la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de libertad y tradición del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso.
Asimismo, el aviso de remate será incorporado en el micrositio web del Juzgado, en la página de la Rama Judicial, así como el protocolo previsto en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 y la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, que define que para los fines dispuestos en el Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, frente a la recepción de las posturas admisibles para llevar a cabo las diligencias de remate, dichas ofertas se seguirán gestionando de manera virtual, los cuales pueden consultar en el siguiente enlace:
https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado-08- civil-municipal-decucuta/150.
La diligencia se llevará a cabo a través de la plataforma LifeSize, ingresando al siguiente link: https://call.lifesizecloud. com/19566535.
Para el recibo de las posturas u ofertas de remate, se ha designado la siguiente cuenta de correo institucional: rematesjcivmcu8 @cendoj.ramajudicial. gov.co.
Las posturas deberán allegarse en documento tipo PDF cifrado y su clave será manifestada únicamente en audiencia. Así mismo la postura deberá remitirse vía correo electrónico y deberá indicar en el asunto el número del proceso (sus 23 dígitos), así como los demás datos señalados en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 confirmada en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022. Se ADVIERTE que las posturas que no vengan cifradas no se tendrán en cuenta, así como tampoco aquellos que no cumplan íntegramente las exigencias previstas en el Código General del Proceso, y en las precitadas Circulares. POR SECRETARIA elabórese el aviso correspondiente cumpliendo las disposiciones legales y administrativas.
La diligencia de REMATE del bien inmueble objeto de litigio, identificado con matrícula inmobiliaria No. 260-206318, está avaluado en DOSCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS ($224.245.500),Y el mismo es propiedad de la demandada el cual consta de un terreno propio el cual contiene una extensión superficiaria de 89.28 MT2, para destino habitación urbana con un área de terreno de 216 mt2 según impuesto predial, estrato 4 ubicado en el anillo vial oriental 2AN 31 mz 4 Lote 10 Conjunto Cerrado SANTILLANA, un Coeficiente de Copropiedad de 0.45%, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En una longitud de seis metros (6,.00mtrs), colindando con la vía interna del conjunto; SUR: En una longitud de seis metros (6.OOmtrs), colindando con el lote número treinta 30 de la misma manzana; ORIENTE; En una longitud de catorce puntos ochenta y ocho metros colindando con el lote número once (11) de la misma manzana; OCCIDENTE; En una longitud de catorce puntos ochenta y ocho metros (14.88mtrs), colindando con el lote número nueve (9) dé la misma manzana.
La secuestre es la señora Consuelo Cruz, con cedula de Ciudadanía No. 60.304.044 y domicilio residencial en la avenida 4 No. 7-47 Centro Cúcuta, teléfono 3143183528.
APODERADO PARTE ACTORA.
LUIS FERNANDO LOPEZ
CC. 88.269.652
TP.360.072 C.S. de la J.
Cel. 3008914092
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