1544513

Número de referencia
RF923833
Titulo edicto
1544513
Texto del edicto
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA - NORTE DE SANTANDER JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL
San José de Cúcuta, quince (15) de noviembre del dos mil veintitrés (2023)
RADICADO: 54-001-40-03-009- 2008-00003-00
REFERENCIA: EJECUTIVO
DEMANDANTE: JESUS MARIA ROJAS MENDOZA
C.C. 5.498.003
DEMANDADO: MARTHA RODRIGUEZ BARON C.C. 27.696.276
MARTHA FLORELIA BOTELLO RODRIGUEZ C.C. 1.090.417.910
(Como herederas de GERMAN BOTELLO ROJAS con C.C. 5.498.003)
™En vista al auto adiado del 29 septiembre del 2023, se hace necesario fijar nueva fecha de audiencia de remate.
Teniendo en cuenta que el Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca y la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Cúcuta - Norte de Santander, mediante la CIRCULAR DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, emitieron las directivas para llevar a cabo las posturas para las diligencias de remate, aclarando que, se seguirán gestionando de manera virtual o presencial conforme se dispuso en la Circular DESAJCUC20-217 de 12 de noviembre de 2020 y que el avalúo realizado al inmueble materia de remate se encuentra en firme, y por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública.
En aplicación a lo normado en los artículo 42 y 132 del CGP, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa que el proceso se ha rituado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del bien materia de medida cautelar, toda vez que, el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, sin que se encuentre pendiente la resolución de ninguno de los trámites a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma.
En consecuencia, señálese la hora de las diez y treinta de la mañana (10:30a.m.) del once (11) de diciembre del año en curso, para llevara cabo la diligencia de remate, del bien inmueble de propiedad de causante señor ERMAN BOTELLO ROJAS con C.C. 13.450.131, con la matricula inmobiliaria 260- 137576, ubicado e identificado como calle 22 #22-85 Mz H Lt 17 lnt.75 Urbanización La Aurora, de esta ciudad, el secuestre designado es la Dra. MARÍA CONSUELO CRUZ con C.C. 60.304.044, quien se podrá localizar la avenida 4 No. 7-47 Centro de esta ciudad.
El bien a rematar tiene avalúo comercial aprobado en la suma de CINCUENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL PESOS ($57.747.000) y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por dentó (70%) del avalúo, y todo el que pretenda hacer postura dentro de los cinco 5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 ibidem, deberán consignar previamente en dinero, a la cuenta judicial BANCO AGRARIO 540012041009 el 40% del total del avalúo respectivo bien.
EI remate se anunciará al público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad como el diario la Opinión. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a los diez (10) días a la fecha señalada para el remate; Con la copia o la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de libertad y tradición del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia del remate, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General leí Proceso.
Asi mismo, el aviso de remate será incorporado en el micrositio web del Juzgado, en la página de la Rama Judicial, así como el protocolo previsto en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 y la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, que define que para los fines dispuestos en el Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, frente a la recepción de las posturas admisibles para llevar a cabo las diligencias de remate, dichas ofertas se seguirán gestionando de manera virtual, los cuales pueden consultar en el siguiente enlace: https://www.ramajudicial.gov. co/web/juzgado-09-civil- municipal-de-cucuta/133 .
El licitante favorecido deberá pagar, por concepto de impuestos, el 5% sobre el valor final del remate a favor del tesoro nacional.
La licitación presencial empezará a la hora fijada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una (01) hora.
Las posturas deberán allegarse en documento tipo PDF cifrado y su clave será manifestada únicamente en audiencia. Así mismo la postura deberá remitirse vía correo electrónico del juzgado jcivmcu9@cendoj. ramajudicial.gov.co, y deberá indicar en el asunto el número del proceso (sus 23 dígitos), así como los demás datos señalados en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 confirmada en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022.
Se ADVIERTE que las posturas que no vengan cifradas no se tendrán en cuenta, así como tampoco aquellos que no cumplan íntegramente las exigencias previstas en el Código General del Proceso, y en las precitadas Circulares.
Finalmente, PREVENIR a las partes del proceso, postores e interesados que la diligencia de remate se realizará PRESENCIAL en !a sala de audiencias del juzgado, esto debido a las constantes fallas del servicio de internet del palacio de justicia. Sin embargo, como se dijo antes las posturas se deben presentar al correo electrónico del juzgado.
POR SECRETARÍA elabórese el aviso correspondiente cumpliendo las disposiciones legales y administrativas.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
(Firma electrónica)
SEBASTIAN EVELIO MORA CUESTA
JUEZ
Firmado Por:
Sebastian Evelio Mora Cuesta
Juez
Juzgado Municipal
Civil 009 Oral
Cucuta - N . De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación 08459c64270193d88 76fd1d93e687ae782 f72a6b5237a8b0e4c 1da506d134b8e
Documento generado en 15/11/2023 05:40:34 PM
Descargue el archivo y valide este documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial. ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica
  • 68 Visualizaciones
Inicia sesión
Nombre de usuario
Contraseña
¿Has olvidado tu contraseña? Recordar