1544553

Número de referencia
RF242864
Titulo edicto
1544553
Texto del edicto
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA EMPLAZA
™A todas las personas que tengan derechos legítimos relacionados con el predio que se describirá, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con dicho predio, así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan al proceso y hagan valer sus derechos, dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la última publicación que se realice de este edicto en el diario de amplia circulación nacional, esto es, diario El Tiempo o El Espectador, en el diario La Opinión y en una radiodifusora del municipio de Abrego (Norte de Santander), conforme lo normado en el literal E del artículo 86 de la Ley 1448 de 2011; siendo el último día de este lapso el término máximo para contestar la demanda y/o presentar oposiciones conforme el artículo 88 de la Ley 1448 de 2011. Teniendo en cuenta Comunicación Informativa No. 02 del 8 de agosto de 2022 de la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras de Cúcuta, se informa que la solicitud de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas, interpuesta por la señora Argenida Cañizares Angarita, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.614.076, así como por los herederos del señor Crisanto Vergel Vergel (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía No. 5.407.347: los señores Yesid Vergel Cañizares, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.141.548; Erika Vergel Cañizares, identificada con cédula de ciudadanía No. 37.339.371; Exon Yovanny Vergel Cañizares, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.094.573.903; Fredy Jesús Vergel Cañizares, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.094.573.168; Yeny Carolina Vergel Cañizares, identificada con cédula de ciudadanía No. 1094577796; y Heiner Crisanto Vergel Cañizares, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.094.579.474; fue admitida por este Despacho Judicial a través del auto de fecha 12 de septiembre de 2023, correspondiéndole el radicado 540013121001 20230012100, que tiene por objeto el predio rural denominado ‘La Esperanza‘, ubicado en la vereda Los Guayabitos del municipio de Abrego, departamento Norte de Santander, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 270-10351 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Ocaña (Norte de Santander), referencia o código catastral No. 00-05- 0001-0050-000 (cerrado por englobe), y con una extensión o área georreferenciada de 8.169 M2. Catastralmente la fracción pretendida hace parte de un lote de mayor extensión de propiedad de la Congregación Hijas de Nuestra Señora de la Eucaristía, denominado Granja San José, Guayabitos, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 270-49450 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Ocaña, cédula catastral No. 00-05-0001 -0028-000, y con una extensión registrada de 25 hectáreas + 9.000 m2. Este mismo aviso será utilizado como Informe de Acumulación Procesal, para los fines de los artículos 95 y 96 de la Ley 1448 de 2011, regulados por el Acuerdo No. PSAA13-9857 del 6 de marzo de 2013 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, poniéndoseles de presente a los jueces, que deberán rendir informe de su proceso en caso de coincidencia y que el incumplimiento a esta orden, los hará incurrir en posible falta gravísima como se desprende de la Ley 1448 de 2011. LUDWIN RICARDO BLANCO RINCÓN Secretario
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