1546044

Número de referencia
RF113216
Titulo edicto
1546044
Texto del edicto
JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO
Jcivccu5@cendoj. ramajudicial.gov.co
PALACIO DE JUSTICIA DE CUCUTA OF 408 A
Av. Gran Colombia.-
AVISO DE REMATE
EL SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA,
HACE SABER:
™Que, dentro del proceso DIVISORIO, radicado bajo el N° 54001-3103-002-2002- 00267-00, instaurado por JENNY LUCIA TERAN CHAMORRO con C.C.60.314.009 de Cúcuta, mediante apoderado judicial DR.- EDWARD ALEXANDER PEINADO BARRERA peinadoabogado@ hotmail.com contra LIDIA ARMIDA CHAMORRO de TERAN con C.C. 21.806.559 de Ituango, NANCY JOHANNA TERAN CHAMORRO con C.C. 60.307.409 de Cúcuta, DANIEL FERNANDO TERAN CHAMORRO con C.C. 13.255.516 de Cúcuta, apoderado de los demandados DR.- JOSE LIZARDO POLANIA VARGAS jpv313@hotmail.com
Teniendo en cuenta la solicitud obrante al ítem 79 del expediente digital, y al ser procedente, conforme el artículo 448 del Código General del Proceso, en concordancia con la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, que define que para los fines dispuestos en el Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, frente a la recepción de las posturas admisibles para llevar a cabo las diligencias de remate, dichas ofertas se seguirán gestionando de manera virtual conforme se dispuso en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020, el Despacho conforme a lo consagrado en la referida norma, procede a señalar la hora de las TRES DE LA TARDE (3:00 P.M.) del día VEINTIOCHO (28) del mes de FEBRERO del año 2024, como fecha para llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble objeto de litigio, ubicado en la avenida 10E # 10-19 del Barrio La Riviera, identificado con matrícula inmobiliaria N° 260-61855 y
AVALUADO en $499.974.000. El cual se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, diligencia que se llevará a cabo de manera VIRTUAL
La base de la licitación será el 70% del avalúo del bien inmueble ($499.974.000), y todo el que pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero, a órdenes del JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA, en la cuenta N° 540012031005 del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. y para el proceso de la referencia Radicado N° 54001-3103-002- 2002-00267-00, el 40% del avalúo del respectivo bien, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 ibídem.
El remate se anunciará al público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad como el diario la Opinión. El listado se publicaráel día domingo con antelación no inferior a los diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Con la copia o la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de libertad y tradición del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso.
Asi mismo, el aviso de remate será incorporado en el micrositio web del Juzgado, en la página de la Rama Judicial, así como el protocolo previsto en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 y la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, que define que para los fines dispuestos en el Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, frente a la recepción de las posturas admisibles para llevar a cabo las diligencias de remate, dichas ofertas se seguirán gestionando de manera virtual, los cuales pueden consultar en el siguiente enlace: https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado-05- civil-del-circuito-de-cucuta.
La diligencia se llevará a cabo a través de la plataforma LifeSize, ingresando al siguiente link: Ingrese a la AUDIENCIA haciendo click en el siguiente enlace:
https://call.lifesizecloud. com/20568850.
Para el recibo de las posturas u ofertas de remate, se ha designado la siguiente cuenta de correo institucional:
juezj05cctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co
Las partes, sus apoderados y los demás interesados en la licitación, deberán tener en cuenta que la diligencia se llevará a cabo bajo los parámetros fijados tanto en el Código General del Proceso, y en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022.
Secuestre: MARIA CONSUELO CRUZ macon6070@hotmail.com
San José de Cúcuta, 09 de febrero de 2024.-
WILLIAM ANDRES SUAREZ MOROS
Secretario
Firmado Por:
William Andrés Suarez Moros
Secretario
Juzgado De Circuito
Civil 005
Cúcuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación: fa2ba93fbacdaae1164c0 17eaecd4fe46813abf 8d6025fe60b382864bc 760658
Documento generado en 09/02/2024 04:00:38 PM
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