Número de referencia
RF420785
Titulo edicto
1546045
Texto del edicto
República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
Distrito Judicial de Ocaña
Juzgado Primero Civil Municipal de Oralidad de Ocaña
Norte de Santander
Ocaña, primero (01) de enero de Dos mil veinticuatro (2024)
AUTO N.° 312
™PROCESO EJECUTIVO HIPOTECARIO
DEMANDANTE COOPERATIVA ESPECIALIZADA DE AHORRO Y CREDITO ‘CREDISERVIR‘
DEMANDADO CARLOS ANDRÉS ROZO CARRASCAL
RADICADO 54-498-40-53-001 -2021 -00214-00
Atendiendo la solicitud elevada por apoderado judicial de la parte demandante por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública.
Se advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en el CGP, y el protocolo adoptado para su realización a través de medios virtuales, en aplicación a lo dispuesto por la ley 2213 de 2022, los Acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518, PCSJA20-11519, PCSJA20-11521, PCSJA20- 11526, PCSJA20-11527, PCSJA20-11528, PCSJA20-11529, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11546, PCSJA20-11556, PCSJA20-11567, PCSJA20- 11581, PCSJA20-11614, PCSJA20-11622, PCSJA20-11623 y PCSJA20-11629 PCSJA2111840 y Oficio Aclaratorio PCSJ021-710 del Consejo Superior de la Judicatura, y los Acuerdos CSJNS20-152, CSJNS20-153, CSJNS20-154, CSJNS20-155, CSJNS20-162, CSJNS20-172, CSJNS20-180, CSJNS20-218 y CIRCULAR 124 del 31 de agosto de 2021 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca.
En consecuencia, señálese la hora de las dos y treinta (2:30 p.m.) del cuatro (04) de marzo del año 2024, para llevar a cabo la diligencia de remate, del bien inmueble de propiedad de la parte demandada señor CARLOS ANDRÉS ROZO CARRASCAL, con la matricula inmobiliaria 270-68234, ubicado e identificado como lote 27 etapa la Riviera # Europa condominio campestre de esta ciudad, el secuestre designado es el Dr. JUAN CARLOS SANJUÁN LÓPEZ, quien puede ser ubicado en la carrera 10 # 12-51 Barrio Carretera Central, al lado de la puerta falsa del SENA, celular # 3163596562, E-mail: jucarsanlop@yahoo.es y jucarsanlop@88gmail.com
El bien a rematar tiene un avalúo comercial en la suma de CIENTO VEINTE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS PESOS ($120.757.200) y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del 40% del total del avalúo para hacer postura.
Así mismo ADVIERTASE a la parte demandante que:
- Este auto/aviso se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en un periódico de amplia circulación en la localidad (art. 450 CGP).
- Por la parte interesada, alléguese la publicación realizada y el certificado de tradición del inmueble objeto de remate, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate.
- Para los efectos del inciso 2 del artículo 451 del CGP, preséntese la liquidación actualizada del crédito.
- Para la celebración de la diligencia se hará uso de la PLATAFORMA LIFESIZE, a la cual podrán acceder las partes y los interesados (oferentes) a través del presente link o enlace: https://call.lifesizecloud. com/20086l78
- Para el absoluto conocimiento de las partes y de los interesados, el protocolo a tener en cuenta acuerdo PCSJ022-213 del 25 de abril de 2022 para la celebración de audiencias de remate, puede ser consultado a través de siguiente link:
https://tribunalsuperiorde cucuta.gov.co/2020/11/30/ protocolo-para-diligencias- virtuales-de-remate/.
- Este AVISO será publicitado en todo caso en el micrositio de la página web de la Rama Judicial designado para este despacho judicial, Sección AVISOS.
No obstante lo anterior, en este AVISO, se puntualizan las siguientes pautas a tener en cuenta:
‘CONTENIDO DE LA POSTURA: Todas las posturas de remate presentadas deberán contener la siguiente información:
- Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura.
- Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura.
- Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél.
ANEXOS DE LA POSTURA:
Toda postura de remate deberá ser acompañada de los siguientes documentos:
Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días.
Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por intermedio de uno.
Copia del depósito judicial para hacer postura, equivalente al 40% del avalúo del inmueble por el que se presenta postura, de conformidad a lo indicado en el Artículo 451 del Código General del Proceso, salvo que se trate de postor por cuenta de su crédito.
Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
MODALIDAD DE PRESENTACIÓN DE LA POSTURA:
Los postores, incluido el ejecutante, deberán enviar sus ofertas y el depósito previsto para hacer postura si a ello hubiere lugar, al correo electrónico institucional i01cmpaloca@cendoj.ramaiudicial.qov.co
En la postura se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas con el propósito de verificar la información relativa a la oferta.
Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 452 del Código General del Proceso:
ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto el número del radicado del proceso (23 dígitos).
ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como ‘un sobre cerrado‘ bajo los parámetros del Artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo que deberá denominarse ‘OFERTA‘.
La contraseña para abrir el documento, se le solicitará al postor durante el desarrollo de la diligencia de remate, y en caso de no asistir a la audiencia virtual se comunicará al número telefónico de contacto y/o cuenta de correo electrónico suministrados para ese efecto.‘
Anúnciese la fecha y hora del remate por medio de este aviso que será publicado por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada de remate, igualmente, en un periódico de amplia circulación en la localidad, (diario La Opinión), así como en el micrositio o plataforma designada para este efecto en la Página de la Rama Judicial, cumpliendo así con las directrices dispuestas en el art. 450 del C. G. del P.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
(Firma electrónica) LUIS JESÚS PEÑARANDA CELIS JUEZ
Firmado Por: Luis Jesús Peñaranda Celis
Juez Juzgado Municipal Civil 001 Ocaña - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación: c51c7242393a67622f 935d3f7fa2439e0f239 008623f7ba97decf4fa 10347cde
Documento generado en 01/02/2024 04:41:47 PM
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Rama Judicial del Poder Público
Distrito Judicial de Ocaña
Juzgado Primero Civil Municipal de Oralidad de Ocaña
Norte de Santander
Ocaña, primero (01) de enero de Dos mil veinticuatro (2024)
AUTO N.° 312
™PROCESO EJECUTIVO HIPOTECARIO
DEMANDANTE COOPERATIVA ESPECIALIZADA DE AHORRO Y CREDITO ‘CREDISERVIR‘
DEMANDADO CARLOS ANDRÉS ROZO CARRASCAL
RADICADO 54-498-40-53-001 -2021 -00214-00
Atendiendo la solicitud elevada por apoderado judicial de la parte demandante por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública.
Se advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en el CGP, y el protocolo adoptado para su realización a través de medios virtuales, en aplicación a lo dispuesto por la ley 2213 de 2022, los Acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518, PCSJA20-11519, PCSJA20-11521, PCSJA20- 11526, PCSJA20-11527, PCSJA20-11528, PCSJA20-11529, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11546, PCSJA20-11556, PCSJA20-11567, PCSJA20- 11581, PCSJA20-11614, PCSJA20-11622, PCSJA20-11623 y PCSJA20-11629 PCSJA2111840 y Oficio Aclaratorio PCSJ021-710 del Consejo Superior de la Judicatura, y los Acuerdos CSJNS20-152, CSJNS20-153, CSJNS20-154, CSJNS20-155, CSJNS20-162, CSJNS20-172, CSJNS20-180, CSJNS20-218 y CIRCULAR 124 del 31 de agosto de 2021 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca.
En consecuencia, señálese la hora de las dos y treinta (2:30 p.m.) del cuatro (04) de marzo del año 2024, para llevar a cabo la diligencia de remate, del bien inmueble de propiedad de la parte demandada señor CARLOS ANDRÉS ROZO CARRASCAL, con la matricula inmobiliaria 270-68234, ubicado e identificado como lote 27 etapa la Riviera # Europa condominio campestre de esta ciudad, el secuestre designado es el Dr. JUAN CARLOS SANJUÁN LÓPEZ, quien puede ser ubicado en la carrera 10 # 12-51 Barrio Carretera Central, al lado de la puerta falsa del SENA, celular # 3163596562, E-mail: jucarsanlop@yahoo.es y jucarsanlop@88gmail.com
El bien a rematar tiene un avalúo comercial en la suma de CIENTO VEINTE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS PESOS ($120.757.200) y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del 40% del total del avalúo para hacer postura.
Así mismo ADVIERTASE a la parte demandante que:
- Este auto/aviso se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en un periódico de amplia circulación en la localidad (art. 450 CGP).
- Por la parte interesada, alléguese la publicación realizada y el certificado de tradición del inmueble objeto de remate, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate.
- Para los efectos del inciso 2 del artículo 451 del CGP, preséntese la liquidación actualizada del crédito.
- Para la celebración de la diligencia se hará uso de la PLATAFORMA LIFESIZE, a la cual podrán acceder las partes y los interesados (oferentes) a través del presente link o enlace: https://call.lifesizecloud. com/20086l78
- Para el absoluto conocimiento de las partes y de los interesados, el protocolo a tener en cuenta acuerdo PCSJ022-213 del 25 de abril de 2022 para la celebración de audiencias de remate, puede ser consultado a través de siguiente link:
https://tribunalsuperiorde cucuta.gov.co/2020/11/30/ protocolo-para-diligencias- virtuales-de-remate/.
- Este AVISO será publicitado en todo caso en el micrositio de la página web de la Rama Judicial designado para este despacho judicial, Sección AVISOS.
No obstante lo anterior, en este AVISO, se puntualizan las siguientes pautas a tener en cuenta:
‘CONTENIDO DE LA POSTURA: Todas las posturas de remate presentadas deberán contener la siguiente información:
- Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura.
- Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura.
- Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél.
ANEXOS DE LA POSTURA:
Toda postura de remate deberá ser acompañada de los siguientes documentos:
Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días.
Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por intermedio de uno.
Copia del depósito judicial para hacer postura, equivalente al 40% del avalúo del inmueble por el que se presenta postura, de conformidad a lo indicado en el Artículo 451 del Código General del Proceso, salvo que se trate de postor por cuenta de su crédito.
Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
MODALIDAD DE PRESENTACIÓN DE LA POSTURA:
Los postores, incluido el ejecutante, deberán enviar sus ofertas y el depósito previsto para hacer postura si a ello hubiere lugar, al correo electrónico institucional i01cmpaloca@cendoj.ramaiudicial.qov.co
En la postura se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas con el propósito de verificar la información relativa a la oferta.
Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 452 del Código General del Proceso:
ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto el número del radicado del proceso (23 dígitos).
ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como ‘un sobre cerrado‘ bajo los parámetros del Artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo que deberá denominarse ‘OFERTA‘.
La contraseña para abrir el documento, se le solicitará al postor durante el desarrollo de la diligencia de remate, y en caso de no asistir a la audiencia virtual se comunicará al número telefónico de contacto y/o cuenta de correo electrónico suministrados para ese efecto.‘
Anúnciese la fecha y hora del remate por medio de este aviso que será publicado por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada de remate, igualmente, en un periódico de amplia circulación en la localidad, (diario La Opinión), así como en el micrositio o plataforma designada para este efecto en la Página de la Rama Judicial, cumpliendo así con las directrices dispuestas en el art. 450 del C. G. del P.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
(Firma electrónica) LUIS JESÚS PEÑARANDA CELIS JUEZ
Firmado Por: Luis Jesús Peñaranda Celis
Juez Juzgado Municipal Civil 001 Ocaña - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación: c51c7242393a67622f 935d3f7fa2439e0f239 008623f7ba97decf4fa 10347cde
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