Número de referencia
RF108341
Titulo edicto
1546354
Texto del edicto
EDICTO
COMO NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA. NORTE DE SANTANDER
CITA Y EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren en el derecho de intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en la Liquidación de herencia de la herencia, de la causante MARINA CARREÑO DE PINZÓN, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 37.312.714 expedida en Ocaña, fallecida en la ciudad de Ocaña, el día once (11) del mes febrero del año dos mil dieciséis (2.016) Jugar de su último domicilio y residencia.
Aceptado el trámite Notarial mediante Acta número siete (007) de fecha veintidós (22) del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), se pública el presente edicto en un periódico de amplia circulación nacional, y en una de las radiodifusoras que funcionan esta localidad, así mismo se fija por el término de diez (10) días hábiles, en un lugar visible de esta Notaria, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 3°., del Decreto 902 de 1.988.
El presente edicto se fija hoy veintidós (22) del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), HORA 8.30AM
NIDIA CELIS YARURO
NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
COMO NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA. NORTE DE SANTANDER
CITA Y EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren en el derecho de intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en la Liquidación de herencia de la herencia, de la causante MARINA CARREÑO DE PINZÓN, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 37.312.714 expedida en Ocaña, fallecida en la ciudad de Ocaña, el día once (11) del mes febrero del año dos mil dieciséis (2.016) Jugar de su último domicilio y residencia.
Aceptado el trámite Notarial mediante Acta número siete (007) de fecha veintidós (22) del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), se pública el presente edicto en un periódico de amplia circulación nacional, y en una de las radiodifusoras que funcionan esta localidad, así mismo se fija por el término de diez (10) días hábiles, en un lugar visible de esta Notaria, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 3°., del Decreto 902 de 1.988.
El presente edicto se fija hoy veintidós (22) del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), HORA 8.30AM
NIDIA CELIS YARURO
NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
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