1546881

Número de referencia
RF168109
Titulo edicto
1546881
Texto del edicto
EDICTO EMPLAZATORIO
(Artículo 140 de la Ley 1708 de 2014)
RADICACIÓN: 54001-31-20-001- 2023-00146-00
(RADICACIÓN FGN: 080013120001 20230004501-64789 ED Fiscalía 36)
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA NORTE DE
SANTANDER
CITA Y EMPLAZA:
™A CRISTIAN RYMEL YURGAKY REY y HEREDEROS; BRIGIDA YISELL SANCHEZ, CANTILLO CC 39.460.919; SOCIEDAD GRUPO CONSTRUCTORES, ALIADOS S.A.S. Nit. 900.635.366-0; ITAU CORPBANCA COLOMBIA; BANCOLOMBIA Nit. 890.903.938- 8; EDUAR ENRIQUE GIL VELASQUEZ CC 72.204.859; SAMUEL RICARDO MARTINEZ APARICIO CC 72.196.442; LEONOR MARITZA ROSERO MANTILA CC 22.435.468, QUIENES FIGURAN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES INMUEBLES objeto de la acción de extinción de dominio, de acuerdo con el certificado de libertad y tradición expedido por la Oficina de Instrumentos Públicos, así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 54-001-31-20-001-2023-00146-00 (Rad. FGN 0800131200 0120230004501-64789 E.D.), en el que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA NORTE DE SANTANDER, mediante auto de diciembre 12 de 2023, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 137 de la Ley 1708 de 2014 modificados por los artículos 9 y 40 de la Ley 1849 de 2017, AVOCO CONOCIMIENTO DE LA ETAPA DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO, con fundamento en la DEMANDA, presentada por la Fiscalía 51 adscrita a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, respecto del bien inmueble que se identifica:
BIENES INMUBLES:
1.- Matricula Inmobiliaria 040-173085, Calle 98 # 49C 119, Barranquilla. PROPIETARIO: CRISTIAN RYMEL YURGAKY REY. GRAVAMEN: Hipoteca a favor del Banco ITAU, Ejecutivo Juzgado 4 Civil del Circuito de Barranquilla. Acreedor CORPBANCA COLOMBIA S.A.
2.- Matricula Inmobiliaria: 040-45298, Carrera. 43 # 67 35, Barranquilla. Propietario: LINA MARIA URREGO MONSALVE, Embargo: EDUARDO ENRIQUE GIL, C.C. No 72.204.859. Embargo Ejecutivo Juzgado 5 Civil del Circuito Bucaramanga
3.- Matricula Inmobiliaria: 190-140058, Apto 106B Conjunto Cerrado Mirador de la Sierra, Valledupar. Propietaria: BRIGIDA YISELL SANCHEZ CANTILLO. Hipoteca a Favor de Bancolombia.
4.- Matricula Inmobiliaria: 041-3539, Apto 102 Carrera. 14A # 81-45/51. Edificio Multifamiliar Aliados, Soledad YISELL SANCHEZ CANTILLO BANCOLOMBIA Embargo Ejecutivo Juzgado 5 Civil del Circuito GRUPO CONSTRUCTORES. ALIADOS S.A.S. de Bucaramanga Radicado: 68-001-31-005-2015-00168-00
5.- Matricula Inmobiliaria: 041-3543, Apto 302 Carrera. 14A # 81-45/51. Edificio Multifamiliar Aliados, Soledad. Propietario: GRUPO CONSTRUCTORES ALIADOS S.A.S. Acreedora: MARÍA FERNANDA SANDOVAL LÓPEZ C.C. 37.860.468, Embargo Ejecutivo Juzgado 5 Civil del Circuito de Bucaramanga. Radicado: 68001310052 0150016800.
Lo anterior, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto de febrero 22 de 2024 y de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014.
CONSTANCIA DE FIJACIÓN
Se fija el presente EDICTO en un lugar visible del JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA NORTE DE SANTANDER, por el término de cinco (5) días hábiles y se expide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la Nación, en la página web de la Rama Judicial, y para su difusión en una radiodifusora o cualquier otro medio con cobertura en la localidad donde se encuentra los Inmuebles, que para el caso es la ciudades de SOLEDAD, VALLEDUPAR y BUCARAMANGA.
Si el emplazado o los emplazados no se presentan dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término de fijación del edicto, el proceso continuará con la intervención del Ministerio Público y/o Defensoría del Pueblo en los términos del aparte final del inciso segundo del artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, quienes velarán por el cumplimiento de las reglas del debido proceso.
SE FIJA el presente edicto en la secretaría del despacho a las 08:00 horas del ocho (08) de marzo de 2024 y SE DESFIJA a las 18:00 horas del catorce (14) de marzo de 2024.
JUAN OSWALDO LEÓN ORTIZ
SECRETARIO
Firmado Por:
Juan Oswaldo Leon Ortiz
Secretario Circuito
Juzgado De Circuito
Penal 01 De Extinción De Dominio
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación: 889fe9c813e53642bbf7 7cb07ee7669ddb090b7 b18838b6e07e784e1dc 17b324
Documento generado en 04/03/2024 05:53:19 PM
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