1546884

Número de referencia
RF161072
Titulo edicto
1546884
Texto del edicto
EDICTO EMPLAZATORIO
(Artículo 140 de la Ley 1708 de 2014)
RADICADO No. 54-001-31-20-001 -2023-00110-00
(Radicado Fiscalía No. 11001609906 82023001311 (202300049 fiscalía 63 E.D.)
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA NORTE DE
SANTANDER
CITA Y EMPLAZA:
™A BEATRIZ CARREÑO LUNA C.C. 37.813.209 y CARLOS HUMBERTO MEDRANO CARREÑO C.C. 13.479.328, QUIEN FIGURA COMO TITULAR DE DERECHOS SOBRE EL BIEN MUEBLE objeto de la acción de extinción de dominio, de acuerdo con demanda Instaurada por la Fiscalía 63 E.D., así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 54-001-31-20-001- 2023-00110-00 (Rad. FGN 11001609906 82023001311 (202300049 fiscalía 63 E.D.), en el que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA NORTE DE SANTANDER, mediante auto de septiembre 13 de 2023, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 137 de la Ley 1708 de 2014 modificados por los artículos 9 y 40 de la Ley 1849 de 2017, ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, con fundamento en el DEMANDA de septiembre 06 de 2023, presentada por la Fiscalía 63 adscrita a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, respecto del bien mueble que se identifican así:
1. Dinero por la Suma de Diez Millones de Pesos M/L ($ 10’000.000) representados en el titulo judicial No. 400100008947273. AFECTADOS Y PROPIETARIOS: BEATRIZ CARREÑO LUNA C.C. 37.813.209 y CARLOS HUMBERTO MEDRANO CARREÑO C.C. 13.479.328.
Lo anterior, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto de febrero 15 de 2024 y de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014.
CONSTANCIA DE FIJACIÓN
Se fija el presente EDICTO en un lugar visible y en el micrositio web del JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA NORTE DE SANTANDER, por el término de cinco (5) días hábiles y se expide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la Nación, en la página web de la Rama Judicial, para su difusión en una radiodifusora o cualquier otro medio con cobertura en la localidad de BUCARAMANGA, Santander, municipalidad donde incautaron el dinero.
Si el emplazado o los emplazados no se presentan dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término de fijación del edicto, el proceso continuará con la intervención del Ministerio Público y/o Defensoría del Pueblo en los términos de la Ley 2197 de 2022, quien velará por el cumplimiento de las reglas del debido proceso.
SE FIJA el presente edicto en la secretaría del despacho a las 08:00 horas del 19 de febrero y SE DESFIJA a las 18:00 horas del 23 de febrero de 2024.
JUAN OSWALDO LEÓN ORTIZ
SECRETARIO
Firmado Por:
Juan Oswaldo Leon Ortiz
Secretario Circuito
Juzgado De Circuito
Penal 01 De Extinción De Dominio
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación: 4e3df8ace3dc0bb1e02 d7b2d58426e7abf9617 b520dd6f0bcacfa3b52 bace481
Documento generado en 16/02/2024 10:01:00 a. m.
Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL:
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