Número de referencia
RF180431
Titulo edicto
1546903
Texto del edicto
JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN EXTINCION DE DOMINIO DE
CÚCUTA - NORTE DE SANTANDER
EDICTO
Artículo 140 ley 1708 DE 2014.
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN EXTINCION DE DOMINIO DE CUCUTA NORTE DE SANTANDER
CITA Y EMPLAZA:
™A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHO DE DOMINIO SOBRE EL
BIEN INMUEBLE, objeto de la presente ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, así como los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este juzgado, hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo el radicado de origen N° 5400131200012021- 00094-00 y radicado interno No. 540013120002- 2023-00063-00 instaurado por la Fiscalía 09 delegada Especializada en Extinción de Dominio siendo afectados RAQUEL LÓPEZ BONILLA, ENER MARÍA DAZA MOLINA, ELVIRA INÉS GUERRA HURTADO, DAIRO ALONSO GARCÍA CASTILLO, BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A., MÓNICA CRISTINA DUQUE GÓMEZ, CLEINER AURELIO VACA SEPÚLVEDA y DANIEL CAMILO RINCÓN SANTANA, dentro del cual de conformidad con lo establecido en el artículo 35 y 137 de la ley 1708 de 2014, el 09/12/2021 AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, POR COMPETENCIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO, del(os) bien(es) objeto de la Acción de Extinción de dominio, a fin que comparezcan a este Juzgado, a hacer valer sus derechos respecto del(os) bien(es), que a continuación se identifican: bien Inmueble 1: Ubicado en la calle 30 A N 2-61 Barrio Villa Rosario Valledupar (Cesar) identificado con matrícula inmobiliaria No. 190-77866 de propiedad de RAQUEL LÓPEZ BONILLA C.C. No. 49.761.928. Bien inmueble 2. Ubicado en la calle 5 No. 5 - 98 Barrio la Guajira en Manaure Cesar, identificado con matricula inmobiliaria No. 190-142371 de propiedad de ENER MARIA DAZA MOLINA CC. No. 49.755.187. Bien inmueble 3. Ubicado en la calle 24 No. 18 E - 37 Barrio primero de mayo en Valledupar, identificado con matricula inmobiliaria No. 190-331, de propiedad de ELVIRA INÉS GUERRA HURTADO C.C. No. 42.481.361, Bien inmueble 4. Ubicado en el paraje de la pileta, municipio SAN DIEGO - Departamento del Cesar 36 hectáreas 1513.00 m2 identificado con matrícula inmobiliaria No. 190-51407 de propiedad de DAIRO ALONSO GARCÍA CASTILLO C.C. No. 88.277.074, Bien inmueble 5. Ubicado en San Antonio en el Municipio de San Diego - Cesar, con 45 hectáreas 5482.00 m2. Identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 190-3626 de propiedad de CLEINER AURELIO VACA SEPULVEDA C.C. No. 1.007.496.143, Bien inmueble 6. Ubicado en la calle 18A No. 23 - 39 Barrio Simón Bolívar Valledupar, identificado con matricula inmobiliaria No. 190- 29284 de propiedad de MÓNICA CRISTINA DUQUE GÓMEZ C.C No. 1.128.438.877. establecimiento de Comercio 1. Persona Natural a nombre de DANIEL CAMILO RINCÓN SANTANA C. C. No. 1.067.814.594 matricula mercantil No 156752; fecha de matrícula 19/09/20218; fecha de renovación 20 de febrero de 2020; dirección calle 4 Sur No 8 - 07; teléfono 3216136654, activos: 4.000.000. establecimiento de Comercio 2. DEPOSITO MARIA C; matrícula Mercantil No 156753, fecha de renovación 19/09/2018; dirección comercial calle 4 Sur No 8 - 07, teléfono 3216136654, correo electrónico: Drincon1992 @hotmail.com; activos 4.000.000. Lo anterior para dar cumplimiento al Auto de fecha 25/09/2023, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 de lo ley 1708 de 2014. Se fija el presente EDICTO, en el micro sitio web del juzgado y un lugar visible de la SECRETARIA, por el término de cinco (5) días hábiles y se expiden copias para su publicación en la página WEB DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, en la página WEB DE LA RAMA JUDICIAL, así como en un periódico de amplio circulación Nacional y para su difusión en una Radiodifusora o cualquier otro medio con cobertura a nivel nacional, o donde se encuentra ubicado el bien, el TRECE (13) DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024). Siendo las ocho (8:00 A.M.) de la mañana. Advertencia: SI EL EMPLAZADO O EMPLAZADOS, NO SE PRESENTAN DENTRO DE LOS TRES (3) DÍAS SIGUIENTES AL VENCIMIENTO DEL TERMINO DE FIJACIÓN DEL EDICTO, se le hace saber que el proceso se continuará con lo intervención, del MINISTERIO
PÚBLICO y/o DEFENSORÍA DEL PUEBLO en los términos de la Ley 2197 de 2022, quien velará por el cumplimiento de las reglas del debido proceso. CONTANCIA DE FIJACIÓN Y DESFIJACIÓN: SE FIJA EL PRESENTE EDICTO EN EL SECRETARIA DEL JUZGADO TRECE (13) DE MARZO DE 2024 Y SE DESFIJA EL DÍA DIECINUEVE (19) DE MARZO DE 2024, A LAS SEIS (6:00 P.M.) DEL MISMO DÍA.
Firmado Por:
Jennifer Pauline Perez Ruiz
Secretaria
Juzgado De Circuito
Penal 002 De Extinción De Dominio
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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ESPECIALIZADO EN EXTINCION DE DOMINIO DE
CÚCUTA - NORTE DE SANTANDER
EDICTO
Artículo 140 ley 1708 DE 2014.
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN EXTINCION DE DOMINIO DE CUCUTA NORTE DE SANTANDER
CITA Y EMPLAZA:
™A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHO DE DOMINIO SOBRE EL
BIEN INMUEBLE, objeto de la presente ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, así como los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este juzgado, hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo el radicado de origen N° 5400131200012021- 00094-00 y radicado interno No. 540013120002- 2023-00063-00 instaurado por la Fiscalía 09 delegada Especializada en Extinción de Dominio siendo afectados RAQUEL LÓPEZ BONILLA, ENER MARÍA DAZA MOLINA, ELVIRA INÉS GUERRA HURTADO, DAIRO ALONSO GARCÍA CASTILLO, BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A., MÓNICA CRISTINA DUQUE GÓMEZ, CLEINER AURELIO VACA SEPÚLVEDA y DANIEL CAMILO RINCÓN SANTANA, dentro del cual de conformidad con lo establecido en el artículo 35 y 137 de la ley 1708 de 2014, el 09/12/2021 AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, POR COMPETENCIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO, del(os) bien(es) objeto de la Acción de Extinción de dominio, a fin que comparezcan a este Juzgado, a hacer valer sus derechos respecto del(os) bien(es), que a continuación se identifican: bien Inmueble 1: Ubicado en la calle 30 A N 2-61 Barrio Villa Rosario Valledupar (Cesar) identificado con matrícula inmobiliaria No. 190-77866 de propiedad de RAQUEL LÓPEZ BONILLA C.C. No. 49.761.928. Bien inmueble 2. Ubicado en la calle 5 No. 5 - 98 Barrio la Guajira en Manaure Cesar, identificado con matricula inmobiliaria No. 190-142371 de propiedad de ENER MARIA DAZA MOLINA CC. No. 49.755.187. Bien inmueble 3. Ubicado en la calle 24 No. 18 E - 37 Barrio primero de mayo en Valledupar, identificado con matricula inmobiliaria No. 190-331, de propiedad de ELVIRA INÉS GUERRA HURTADO C.C. No. 42.481.361, Bien inmueble 4. Ubicado en el paraje de la pileta, municipio SAN DIEGO - Departamento del Cesar 36 hectáreas 1513.00 m2 identificado con matrícula inmobiliaria No. 190-51407 de propiedad de DAIRO ALONSO GARCÍA CASTILLO C.C. No. 88.277.074, Bien inmueble 5. Ubicado en San Antonio en el Municipio de San Diego - Cesar, con 45 hectáreas 5482.00 m2. Identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 190-3626 de propiedad de CLEINER AURELIO VACA SEPULVEDA C.C. No. 1.007.496.143, Bien inmueble 6. Ubicado en la calle 18A No. 23 - 39 Barrio Simón Bolívar Valledupar, identificado con matricula inmobiliaria No. 190- 29284 de propiedad de MÓNICA CRISTINA DUQUE GÓMEZ C.C No. 1.128.438.877. establecimiento de Comercio 1. Persona Natural a nombre de DANIEL CAMILO RINCÓN SANTANA C. C. No. 1.067.814.594 matricula mercantil No 156752; fecha de matrícula 19/09/20218; fecha de renovación 20 de febrero de 2020; dirección calle 4 Sur No 8 - 07; teléfono 3216136654, activos: 4.000.000. establecimiento de Comercio 2. DEPOSITO MARIA C; matrícula Mercantil No 156753, fecha de renovación 19/09/2018; dirección comercial calle 4 Sur No 8 - 07, teléfono 3216136654, correo electrónico: Drincon1992 @hotmail.com; activos 4.000.000. Lo anterior para dar cumplimiento al Auto de fecha 25/09/2023, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 de lo ley 1708 de 2014. Se fija el presente EDICTO, en el micro sitio web del juzgado y un lugar visible de la SECRETARIA, por el término de cinco (5) días hábiles y se expiden copias para su publicación en la página WEB DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, en la página WEB DE LA RAMA JUDICIAL, así como en un periódico de amplio circulación Nacional y para su difusión en una Radiodifusora o cualquier otro medio con cobertura a nivel nacional, o donde se encuentra ubicado el bien, el TRECE (13) DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024). Siendo las ocho (8:00 A.M.) de la mañana. Advertencia: SI EL EMPLAZADO O EMPLAZADOS, NO SE PRESENTAN DENTRO DE LOS TRES (3) DÍAS SIGUIENTES AL VENCIMIENTO DEL TERMINO DE FIJACIÓN DEL EDICTO, se le hace saber que el proceso se continuará con lo intervención, del MINISTERIO
PÚBLICO y/o DEFENSORÍA DEL PUEBLO en los términos de la Ley 2197 de 2022, quien velará por el cumplimiento de las reglas del debido proceso. CONTANCIA DE FIJACIÓN Y DESFIJACIÓN: SE FIJA EL PRESENTE EDICTO EN EL SECRETARIA DEL JUZGADO TRECE (13) DE MARZO DE 2024 Y SE DESFIJA EL DÍA DIECINUEVE (19) DE MARZO DE 2024, A LAS SEIS (6:00 P.M.) DEL MISMO DÍA.
Firmado Por:
Jennifer Pauline Perez Ruiz
Secretaria
Juzgado De Circuito
Penal 002 De Extinción De Dominio
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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