Número de referencia
RF182380
Titulo edicto
1546917
Texto del edicto
JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE CUCUTA
-ORALIDAD-
jcivmcu9@ceidoj. ramajudicial.gov.co
PALACIO DE JUSTICIA DE. CUCUTA Of 317 A
Avenida Gran Colombia
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE CUCUTA
HACER SABER
REFERENCIA: EJECUTIVO HIPOTECARIO MENOR CUANTIA
DEMANDANTE: GERARDO RIVERA FUENTES
DEMANDANDO: LUIS HERNAN HERNANDEZ
RADICADO: 54-001-40-03-009 -2021-00284-00
1.ASUNTO:
™Atendiendo la solicitud elevada por el apoderado judicial de la parte demandante y teniendo en cuenta que el Consejo Seccional de la judicatura de Norte de Santander y Arauca y la dirección ejecutiva Seccional de Administración Judicial Cúcuta Norte de Santander, mediante la CIRCULAR DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, emitieron las directivas para llevar a cabo las posturas para las diligencias de remate, aclarando que, se seguirán gestionando de manera virtual conforme se dispuso en la CIRCULAR DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 y que el avaluó realizado al inmueble materia de remate se encuentra en firme, y por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública.
2. FIJACION DE FECHA DE REMATE:
En aplicación a lo normado en los artículos 42 y 132 del CGP, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa, que el proceso se ha rituado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del bien inmueble materia de medida cautelar, toda vez que, el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, sin que se encuentre pendiente la resolución de ningún trámite a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma.
Se advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en el CGP, y el protocolo adoptado para su realización a través de medios virtuales, en aplicación a lo dispuesto por la ley 2213 de 2022, los Acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518, PCSJA20-11519, PCSJA20-11521, PCSJA2O-11526, PCSJA-11527, PCSJA-11528, PCSJA20-11529, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11546, PCSJA20-11556, PCSJA-11567, PCSJA20-11581, PCSJA20-11614, PCSJA20-11622; PCSJA20-11623 Y PCSJA20-11629; PCSJA2111840 y Oficio Aclaratorio PCSJ021-710 del Consejo Superior de la Judicatura y los acuerdos CSJNS20-152, CSJNS20-153, CSJNS20-154 CSJNS20-155, CSJNS20-162, CSJNS20-172, CSJNS20-180, CSJN20-218 y CIRCULAR 124 del 31 de agosto de 2021 del Consejo Seccional de la Judicatura de
Norte de Santander y Arauca.
En consecuencia, señálese la hora de las nueve de la mañana (9:00 a.m.) del veintinueve (29) de Abril del año en curso, para llevar a cabo la diligencia de remate, la cual se realizará, de forma virtual por la plataforma
TEAMS.
Enlace de la plataforma. TEAMS:
https://teams.microsoft. com/l/meetup-join/19%3ameeting NGUyMGJhZTkNDJj YSOONmFILTljMjEtY 2NjZGU2MWZhNzM 3%40thread.v2/0?contex=% 7b%22Tid%22%3a%22 622cba98-80f8-41f3-8df5 -8eb99901598b%22%2c%220id% 22%3a%2261d3ea21-0271-4248 -b53c-995743e6680 4%22%7d
El bien a rematar es de propiedad de la parte demandada señor LUIS HERNAN HERNANDEZ identificado con C.C. 5.561.921, con la matricula inmobiliaria 260-102495, ubicado e identificado como av 1a # 0-111 del Barrio Aeropuerto de Cúcuta Norte de Santander, el secuestre designado es la dra. ROSA MARIA CARRILLO C. C. # 60.292.014, quien se podrá localizar en el correo; rosacarrillo747 @gmail.com y teléfono: 3186179873.
La licitación virtual empezará a la hora fijada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una (1) hora.
El bien a rematar tiene un avalúo catastral aprobado en la suma de TRESCIENTOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL PESOS ($ 317.535.000) y será postura admisible la que cubra el 70% del valor total del avalúo, previa consignación del 40% del valor total del mismo, en la sección de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia a órdenes de este Despacho de conformidad con los artículos 448 y 451 del C:G:P:
Nombre de la cuenta: JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE CUCUTA
Número de la cuenta: 540012041009 BANCO AGRARIO
Número del Proceso: 54-001-40-03-009 -2021-00284-00
Se le hace saber al rematante que de conformidad con lo normado en el artículo 7 de la Ley 11 de 1.987, deberá consignar a órdenes de la Dirección Nacional del Tesoro el valor correspondiente al 5% del valor final de la licitación dentro de los cinco días siguientes a la verificación de la misma y dentro del referido termino el excedente del valor del remate, so pena de declarar improbado el remate.
Los postores incluido el ejecutante, deberán enviar sus ofertas, y el Deposito previsto para hacer postura si a ello hubiere lugar, al correo Electrónico institucional: jcivmcu9@cendoj. ramajudicial.gov.co como lo establece el Acuerdo PCSJO22-213 de 25 de abril de 2022, en la forma y términos establecidos en el mencionado protocolo
https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-09-civil-municipal-de-cucuta/133
Se ordena por secretaria realizar el aviso de remate y publicar en la sección de ‘Avisos de Remate‘ en el micrositio web correspondiente a este despacho Judicial en la página de la Rama Judicial
(https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado-09-civil -municipal-de-cucuta/133), y se agendará la diligencia en la sección de
‘Cronograma de Audiencias‘, para acceso y consultas de los interesados.
El aviso deberá ser publicado en el diario la opinión, un día domingo, y Por secretaria, se deberá publicar en el micrositio web de este Despacho Judicial, en la sección de avisos de remate y cronograma de audiencias.
2.1. SOBRE LAS POSTURAS:
Para hacer postura, el interesado deberá tener en cuenta las siguientes pautas:
CONTENIDO DE LA POSTURA:
Todas las posturas de remate presentadas deberán contener la siguiente
Información:
Bien o bienes individualizados por los que se pretenda hacer postura. Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e Identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél.
Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Numero de identificación Tributaria ( NIT), nombre completo del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de éste.
ANEXOS DE LA POSTURA:
Toda postura de remate deberá ser acompañada de los siguientes documentos: Copia del documentos de identidad del postor si éste es persona natural, o del certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 dias.
Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por intermedio de uno.
Copia del Depósito Judicial para hacer postura, equivalente al 40% del avalúo del inmueble por el que se pretenda hacer postura, de
Conformidad con lo indicado en el artículo 451 del Código General del proceso, salvo que se trate de postor por cuenta de su crédito.
MODALIDAD DE PRESENTACION DE LA POSTURA
La presentación de posturas para diligencias de remate que tengan lugar en este Despacho Judicial, deberá enviarse de forma exclusiva a través de mensaje de datos a través del siguiente correo electrónico: jcivmcu9@cendoj. ramajudicial.gov.co
-en la Postura se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas can el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 45
-ORALIDAD-
jcivmcu9@ceidoj. ramajudicial.gov.co
PALACIO DE JUSTICIA DE. CUCUTA Of 317 A
Avenida Gran Colombia
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE CUCUTA
HACER SABER
REFERENCIA: EJECUTIVO HIPOTECARIO MENOR CUANTIA
DEMANDANTE: GERARDO RIVERA FUENTES
DEMANDANDO: LUIS HERNAN HERNANDEZ
RADICADO: 54-001-40-03-009 -2021-00284-00
1.ASUNTO:
™Atendiendo la solicitud elevada por el apoderado judicial de la parte demandante y teniendo en cuenta que el Consejo Seccional de la judicatura de Norte de Santander y Arauca y la dirección ejecutiva Seccional de Administración Judicial Cúcuta Norte de Santander, mediante la CIRCULAR DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, emitieron las directivas para llevar a cabo las posturas para las diligencias de remate, aclarando que, se seguirán gestionando de manera virtual conforme se dispuso en la CIRCULAR DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 y que el avaluó realizado al inmueble materia de remate se encuentra en firme, y por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública.
2. FIJACION DE FECHA DE REMATE:
En aplicación a lo normado en los artículos 42 y 132 del CGP, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa, que el proceso se ha rituado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del bien inmueble materia de medida cautelar, toda vez que, el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, sin que se encuentre pendiente la resolución de ningún trámite a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma.
Se advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en el CGP, y el protocolo adoptado para su realización a través de medios virtuales, en aplicación a lo dispuesto por la ley 2213 de 2022, los Acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518, PCSJA20-11519, PCSJA20-11521, PCSJA2O-11526, PCSJA-11527, PCSJA-11528, PCSJA20-11529, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11546, PCSJA20-11556, PCSJA-11567, PCSJA20-11581, PCSJA20-11614, PCSJA20-11622; PCSJA20-11623 Y PCSJA20-11629; PCSJA2111840 y Oficio Aclaratorio PCSJ021-710 del Consejo Superior de la Judicatura y los acuerdos CSJNS20-152, CSJNS20-153, CSJNS20-154 CSJNS20-155, CSJNS20-162, CSJNS20-172, CSJNS20-180, CSJN20-218 y CIRCULAR 124 del 31 de agosto de 2021 del Consejo Seccional de la Judicatura de
Norte de Santander y Arauca.
En consecuencia, señálese la hora de las nueve de la mañana (9:00 a.m.) del veintinueve (29) de Abril del año en curso, para llevar a cabo la diligencia de remate, la cual se realizará, de forma virtual por la plataforma
TEAMS.
Enlace de la plataforma. TEAMS:
https://teams.microsoft. com/l/meetup-join/19%3ameeting NGUyMGJhZTkNDJj YSOONmFILTljMjEtY 2NjZGU2MWZhNzM 3%40thread.v2/0?contex=% 7b%22Tid%22%3a%22 622cba98-80f8-41f3-8df5 -8eb99901598b%22%2c%220id% 22%3a%2261d3ea21-0271-4248 -b53c-995743e6680 4%22%7d
El bien a rematar es de propiedad de la parte demandada señor LUIS HERNAN HERNANDEZ identificado con C.C. 5.561.921, con la matricula inmobiliaria 260-102495, ubicado e identificado como av 1a # 0-111 del Barrio Aeropuerto de Cúcuta Norte de Santander, el secuestre designado es la dra. ROSA MARIA CARRILLO C. C. # 60.292.014, quien se podrá localizar en el correo; rosacarrillo747 @gmail.com y teléfono: 3186179873.
La licitación virtual empezará a la hora fijada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una (1) hora.
El bien a rematar tiene un avalúo catastral aprobado en la suma de TRESCIENTOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL PESOS ($ 317.535.000) y será postura admisible la que cubra el 70% del valor total del avalúo, previa consignación del 40% del valor total del mismo, en la sección de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia a órdenes de este Despacho de conformidad con los artículos 448 y 451 del C:G:P:
Nombre de la cuenta: JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE CUCUTA
Número de la cuenta: 540012041009 BANCO AGRARIO
Número del Proceso: 54-001-40-03-009 -2021-00284-00
Se le hace saber al rematante que de conformidad con lo normado en el artículo 7 de la Ley 11 de 1.987, deberá consignar a órdenes de la Dirección Nacional del Tesoro el valor correspondiente al 5% del valor final de la licitación dentro de los cinco días siguientes a la verificación de la misma y dentro del referido termino el excedente del valor del remate, so pena de declarar improbado el remate.
Los postores incluido el ejecutante, deberán enviar sus ofertas, y el Deposito previsto para hacer postura si a ello hubiere lugar, al correo Electrónico institucional: jcivmcu9@cendoj. ramajudicial.gov.co como lo establece el Acuerdo PCSJO22-213 de 25 de abril de 2022, en la forma y términos establecidos en el mencionado protocolo
https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-09-civil-municipal-de-cucuta/133
Se ordena por secretaria realizar el aviso de remate y publicar en la sección de ‘Avisos de Remate‘ en el micrositio web correspondiente a este despacho Judicial en la página de la Rama Judicial
(https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado-09-civil -municipal-de-cucuta/133), y se agendará la diligencia en la sección de
‘Cronograma de Audiencias‘, para acceso y consultas de los interesados.
El aviso deberá ser publicado en el diario la opinión, un día domingo, y Por secretaria, se deberá publicar en el micrositio web de este Despacho Judicial, en la sección de avisos de remate y cronograma de audiencias.
2.1. SOBRE LAS POSTURAS:
Para hacer postura, el interesado deberá tener en cuenta las siguientes pautas:
CONTENIDO DE LA POSTURA:
Todas las posturas de remate presentadas deberán contener la siguiente
Información:
Bien o bienes individualizados por los que se pretenda hacer postura. Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e Identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél.
Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Numero de identificación Tributaria ( NIT), nombre completo del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de éste.
ANEXOS DE LA POSTURA:
Toda postura de remate deberá ser acompañada de los siguientes documentos: Copia del documentos de identidad del postor si éste es persona natural, o del certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 dias.
Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por intermedio de uno.
Copia del Depósito Judicial para hacer postura, equivalente al 40% del avalúo del inmueble por el que se pretenda hacer postura, de
Conformidad con lo indicado en el artículo 451 del Código General del proceso, salvo que se trate de postor por cuenta de su crédito.
MODALIDAD DE PRESENTACION DE LA POSTURA
La presentación de posturas para diligencias de remate que tengan lugar en este Despacho Judicial, deberá enviarse de forma exclusiva a través de mensaje de datos a través del siguiente correo electrónico: jcivmcu9@cendoj. ramajudicial.gov.co
-en la Postura se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas can el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 45
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