Número de referencia
RF164501
Titulo edicto
1546942
Texto del edicto
AVISO DE REMATE
LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA
HACE SABER:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO, radicado No 54001-3103-006- 2009-00029-00, adelantado por JUAN JOSÉ BELTRAN GALVIS contra ANGELA GIOVANNA CARREÑO NAVAS y MARÍA MERCEDES CARREÑO NAVAS, como sucesoras procesales de la causante NAYIBE NAVAS DE CARREÑO, se ha señalado EL DÍA QUINCE (15) DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024) HORA 2:00 P.M.., para realizar de manera virtual la diligencia de remate a través de la plataforma LifeSize, ingresando al siguiente enlace:
https://call.lifesizecloud. com/17921112, del bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado, de propiedad de la parte demandada.
Se trata de un bien inmueble urbano tipo Cabaña destinada como vivienda, denominada Los Pinos, que forma parte de uno de mayor extensión denominado “Guamogacho” Vereda la Victoria (según folio inmobiliario) y -Vereda Guayabal (según escritura pública) en el municipio de Chinácota-Norte de Santander, el lote cuenta con una extensión aproximada de 2.500 metros cuadrados (según Folio de matrícula inmobiliaria SERIE A 534113, allegado con el escrito de la demanda, visto al folio 11 del cuaderno principal). LINDEROS: NORTE: Con propiedades de la vendedora transferidos a la señora Eugenia Soto de Bustos; SUR: con propiedades de la señora vendedora Hortensia María Poleo de Orta; ORIENTE: Con la carretera a la Don Juana; OCCIDENTE: Con terrenos que son o fueron Segundo Flores y la quebrada del Cristo. Inmueble distinguido con Matrícula inmobiliaria No. 264-1376. Código Predial 00-00-0003-0109-000. Avalúo $436.009.600,oo.
Conforme al Artículo 450 numeral 5o y con el fin de mostrar los bienes objeto de remate, el secuestre es el señor HAROLD HERNANDO HENAO RAMIREZ, quien se puede ubicar en celular 3102317911, correo electrónico ujh008 @gmail.com.
Para el recibo de las posturas u ofertas de remate, se ha designado la siguiente cuenta de correo institucional: juezj06cctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co única vía por la que se recibirán las posturas dentro del término de ley.
Las partes, sus apoderados y los demás interesados en la licitación, deberán tener en cuenta que la diligencia se llevará a cabo bajo los parámetros fijados tanto en el Código General del Proceso, y en la Circular DESAJCUC20-217 DEL 12 DE NOVIEMBRE DEL 2020.
La base de la licitación será del 70% del avalúo del bien inmueble y todo el que pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero, a órdenes del Juzgado Sexto Civil del Circuito de Cúcuta, el 40% del avalúo respectivo del bien antes mencionado y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P.-
El remate se anunciará al público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad.
El listado se publicará el domingo con antelación no inferior a los diez (10) días a la fecha señalada para el remate; con la copia o la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de libertad y tradición del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso.-
Asimismo, el aviso de remate será incorporado en el micrositio web del Juzgado, en la página de la Rama Judicial, así como el protocolo previsto en la Circular DESAJCUC20-217 DEL 12 DE NOVIEMBRE DEL 2020, los cuales pueden consultar en el siguiente enlace: https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado-06-civil-del- circuito-de-cucuta.
San José de Cúcuta, marzo 10 de 2023
SANDRA MILENA PINO ANGARITA
Secretaria
LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA
HACE SABER:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO, radicado No 54001-3103-006- 2009-00029-00, adelantado por JUAN JOSÉ BELTRAN GALVIS contra ANGELA GIOVANNA CARREÑO NAVAS y MARÍA MERCEDES CARREÑO NAVAS, como sucesoras procesales de la causante NAYIBE NAVAS DE CARREÑO, se ha señalado EL DÍA QUINCE (15) DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024) HORA 2:00 P.M.., para realizar de manera virtual la diligencia de remate a través de la plataforma LifeSize, ingresando al siguiente enlace:
https://call.lifesizecloud. com/17921112, del bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado, de propiedad de la parte demandada.
Se trata de un bien inmueble urbano tipo Cabaña destinada como vivienda, denominada Los Pinos, que forma parte de uno de mayor extensión denominado “Guamogacho” Vereda la Victoria (según folio inmobiliario) y -Vereda Guayabal (según escritura pública) en el municipio de Chinácota-Norte de Santander, el lote cuenta con una extensión aproximada de 2.500 metros cuadrados (según Folio de matrícula inmobiliaria SERIE A 534113, allegado con el escrito de la demanda, visto al folio 11 del cuaderno principal). LINDEROS: NORTE: Con propiedades de la vendedora transferidos a la señora Eugenia Soto de Bustos; SUR: con propiedades de la señora vendedora Hortensia María Poleo de Orta; ORIENTE: Con la carretera a la Don Juana; OCCIDENTE: Con terrenos que son o fueron Segundo Flores y la quebrada del Cristo. Inmueble distinguido con Matrícula inmobiliaria No. 264-1376. Código Predial 00-00-0003-0109-000. Avalúo $436.009.600,oo.
Conforme al Artículo 450 numeral 5o y con el fin de mostrar los bienes objeto de remate, el secuestre es el señor HAROLD HERNANDO HENAO RAMIREZ, quien se puede ubicar en celular 3102317911, correo electrónico ujh008 @gmail.com.
Para el recibo de las posturas u ofertas de remate, se ha designado la siguiente cuenta de correo institucional: juezj06cctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co única vía por la que se recibirán las posturas dentro del término de ley.
Las partes, sus apoderados y los demás interesados en la licitación, deberán tener en cuenta que la diligencia se llevará a cabo bajo los parámetros fijados tanto en el Código General del Proceso, y en la Circular DESAJCUC20-217 DEL 12 DE NOVIEMBRE DEL 2020.
La base de la licitación será del 70% del avalúo del bien inmueble y todo el que pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero, a órdenes del Juzgado Sexto Civil del Circuito de Cúcuta, el 40% del avalúo respectivo del bien antes mencionado y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P.-
El remate se anunciará al público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad.
El listado se publicará el domingo con antelación no inferior a los diez (10) días a la fecha señalada para el remate; con la copia o la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de libertad y tradición del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso.-
Asimismo, el aviso de remate será incorporado en el micrositio web del Juzgado, en la página de la Rama Judicial, así como el protocolo previsto en la Circular DESAJCUC20-217 DEL 12 DE NOVIEMBRE DEL 2020, los cuales pueden consultar en el siguiente enlace: https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado-06-civil-del- circuito-de-cucuta.
San José de Cúcuta, marzo 10 de 2023
SANDRA MILENA PINO ANGARITA
Secretaria
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