Número de referencia
RF362936
Titulo edicto
1546946
Texto del edicto
AVISO DE REMATE
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE OCAÑA
j02cmpaloca@cendoj. ramajudicial.gov.co.
HACE SABER:
™Que dentro del proceso VERBAL DIVISORIO N° 544984003002- 2021-00472-00 de CREDISERVIR contra BANCO FALABELLA S.A., MUNICIPIO DE OCAÑA Y BANCO COLPATRIA (SCOTIABANK COLPATRIA S.A.), por auto de fecha 27 de febrero del 2024, el Juzgado Segundo Civil Municipal de Cúcuta, señaló el día quince (15) de abril (04) del año dos mil veinticuatro (2024) a la hora 03:00 p.m., para llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble debidamente embargado, secuestrado y avaluado, identificado con el folio de matrícula No. 270- 55663, en la ciudad de Ocaña, de propiedad de los sujetos en Litis MUNICIPIO DE OCAÑA, CREDISERVIR, BANCO FALABELLA S.A. Y BANCO COLPATRIA (SCOTIABANK COLPATRIA S.A.).
IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Inmueble con Folio de Matrícula No. 270-55663, calle 9 # 11 143 en el Municipio de Ocaña, conformado así: APARTAMENTO RESIDENCIAL 201: localizado en la planta alta del edificio mixto DOÑA MARY, se identifica en su puerta de acceso independiente con el número 11- 143 de la calle 9, sector del BARRIO TORITO del Municipio de Ocaña, departamento Norte de Santander, con número de matrícula inmobiliaria 270-55663, cedula catastral No. 01-01- 0061-0046-907, como consta en la escritura pública de Compraventa No. 176 de fecha 19 de febrero de 2021 de la Notaría Segunda del Círculo de Ocaña. La ubicación general y linderos e identificación específicos del bien inmueble objeto de la presente acción es la siguiente: POR EL NORTE, en parte con el local comercial No. uno (1), parte con el vacío del patio del apartamento 101 y parte con el local comercial tres (3), POR EL ORIENTE; con espacio libre de la calle novena (9), POR EL SUR, con espacio libre del predio de Jorge Holmes Navarro Vergel; POR EL OCCIDENTE, en parte con el vacío del patio apartamento 101, parte con el local comercial tres (3) y parte con el predio de Noel Amado Páez García.
VALOR AVALUO: CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL PESOS MCTE ($ 169.227.000,00).
Quien actúa como secuestre es el señor JUAN CARLOS SANJUAN LOPEZ, identificado con C.C. No. 88.279.257, quien puede ser ubicado en la carrera 10 # 12-51 Barrio Carretera Central, al lado de la puerta falsa del SENA, celular # 3163596562, E-mail: jucarsanlop @yahoo.es;
jucarsanlop @88gmail.com.
Será postura admisible la que cubra el 100% del avalúo, previa consignación del porcentaje legal del 40% del avalúo del inmueble en dinero en efectivo en el Banco Agrario de Colombia, esto es la suma de $67.690.800,00, en la cuenta de depósitos judiciales de este juzgado No 544982041002, y por cuenta de este proceso.
Los postores, deberán enviar sus ofertas y el depósito previsto, al correo electrónico institucional
j02cmpaloca@cendoj. ramajudicial.gov.co (AVISO 5: Preparación de Archivo PDF para Remates) en la forma y términos establecidos en el mencionado protocolo (AVISO 6: Presentación de Posturas de Remate).
De conformidad con lo previsto en el art. 451 y 452 del C G P, se les avisa a los interesados que pueden hacer sus posturas dentro de los 5 días anteriores a la celebración de la respectiva diligencia, y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma.
La presente diligencia tendrá lugar a través del link: https://call.lifesizecloud .com/10412139 mediante la plataforma de videoconferencia LIFESIZE (AVISO 4: Guía Para Conexiones Virtuales Exitosas en Diligencias de Remate), por lo cual deben las partes e interesados en participar en la diligencia, contar con un dispositivo electrónico y descargar dicha plataforma e instruirse sobre el manejo de la misma a efecto que la diligencia se efectúe normalmente. Igualmente, que la diligencia de remate aquí señalada, se llevará a cabo bajo los parámetros fijados en el Código General del Proceso y las fijadas en el protocolo para audiencias de remate adoptado mediante Circular No. DESAJCUC2020- 217 del 12/11/2020 de la Dirección de Administración Judicial de Cúcuta; protocolo que puede ser consultado a través del link https://tribunalsuperior decucuta.gov.co/2020/11 /30/protocolo-para- diligenciasvirtuales-de-remate/.
Acogiendo lo anunciado, se destaca que no es necesario que el usuario de la justicia deba acercarse físicamente.
MAGDA CECILIA NAVARRO MAYORGA
SECRETARIA.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE OCAÑA
j02cmpaloca@cendoj. ramajudicial.gov.co.
HACE SABER:
™Que dentro del proceso VERBAL DIVISORIO N° 544984003002- 2021-00472-00 de CREDISERVIR contra BANCO FALABELLA S.A., MUNICIPIO DE OCAÑA Y BANCO COLPATRIA (SCOTIABANK COLPATRIA S.A.), por auto de fecha 27 de febrero del 2024, el Juzgado Segundo Civil Municipal de Cúcuta, señaló el día quince (15) de abril (04) del año dos mil veinticuatro (2024) a la hora 03:00 p.m., para llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble debidamente embargado, secuestrado y avaluado, identificado con el folio de matrícula No. 270- 55663, en la ciudad de Ocaña, de propiedad de los sujetos en Litis MUNICIPIO DE OCAÑA, CREDISERVIR, BANCO FALABELLA S.A. Y BANCO COLPATRIA (SCOTIABANK COLPATRIA S.A.).
IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Inmueble con Folio de Matrícula No. 270-55663, calle 9 # 11 143 en el Municipio de Ocaña, conformado así: APARTAMENTO RESIDENCIAL 201: localizado en la planta alta del edificio mixto DOÑA MARY, se identifica en su puerta de acceso independiente con el número 11- 143 de la calle 9, sector del BARRIO TORITO del Municipio de Ocaña, departamento Norte de Santander, con número de matrícula inmobiliaria 270-55663, cedula catastral No. 01-01- 0061-0046-907, como consta en la escritura pública de Compraventa No. 176 de fecha 19 de febrero de 2021 de la Notaría Segunda del Círculo de Ocaña. La ubicación general y linderos e identificación específicos del bien inmueble objeto de la presente acción es la siguiente: POR EL NORTE, en parte con el local comercial No. uno (1), parte con el vacío del patio del apartamento 101 y parte con el local comercial tres (3), POR EL ORIENTE; con espacio libre de la calle novena (9), POR EL SUR, con espacio libre del predio de Jorge Holmes Navarro Vergel; POR EL OCCIDENTE, en parte con el vacío del patio apartamento 101, parte con el local comercial tres (3) y parte con el predio de Noel Amado Páez García.
VALOR AVALUO: CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL PESOS MCTE ($ 169.227.000,00).
Quien actúa como secuestre es el señor JUAN CARLOS SANJUAN LOPEZ, identificado con C.C. No. 88.279.257, quien puede ser ubicado en la carrera 10 # 12-51 Barrio Carretera Central, al lado de la puerta falsa del SENA, celular # 3163596562, E-mail: jucarsanlop @yahoo.es;
jucarsanlop @88gmail.com.
Será postura admisible la que cubra el 100% del avalúo, previa consignación del porcentaje legal del 40% del avalúo del inmueble en dinero en efectivo en el Banco Agrario de Colombia, esto es la suma de $67.690.800,00, en la cuenta de depósitos judiciales de este juzgado No 544982041002, y por cuenta de este proceso.
Los postores, deberán enviar sus ofertas y el depósito previsto, al correo electrónico institucional
j02cmpaloca@cendoj. ramajudicial.gov.co (AVISO 5: Preparación de Archivo PDF para Remates) en la forma y términos establecidos en el mencionado protocolo (AVISO 6: Presentación de Posturas de Remate).
De conformidad con lo previsto en el art. 451 y 452 del C G P, se les avisa a los interesados que pueden hacer sus posturas dentro de los 5 días anteriores a la celebración de la respectiva diligencia, y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma.
La presente diligencia tendrá lugar a través del link: https://call.lifesizecloud .com/10412139 mediante la plataforma de videoconferencia LIFESIZE (AVISO 4: Guía Para Conexiones Virtuales Exitosas en Diligencias de Remate), por lo cual deben las partes e interesados en participar en la diligencia, contar con un dispositivo electrónico y descargar dicha plataforma e instruirse sobre el manejo de la misma a efecto que la diligencia se efectúe normalmente. Igualmente, que la diligencia de remate aquí señalada, se llevará a cabo bajo los parámetros fijados en el Código General del Proceso y las fijadas en el protocolo para audiencias de remate adoptado mediante Circular No. DESAJCUC2020- 217 del 12/11/2020 de la Dirección de Administración Judicial de Cúcuta; protocolo que puede ser consultado a través del link https://tribunalsuperior decucuta.gov.co/2020/11 /30/protocolo-para- diligenciasvirtuales-de-remate/.
Acogiendo lo anunciado, se destaca que no es necesario que el usuario de la justicia deba acercarse físicamente.
MAGDA CECILIA NAVARRO MAYORGA
SECRETARIA.
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