Número de referencia
RF192947
Titulo edicto
1547352
Texto del edicto
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA
EMPLAZA
™A todas las personas que tengan derechos legítimos relacionados con el predio que se describirá, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con dicho predio, así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan al proceso y hagan valer sus derechos, dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la última publicación que se realice de este edicto, en el diario de amplia circulación nacional, diario El Tiempo o El Espectador, en un medio escrito local, diario La Opinión y en una radiodifusora del municipio de Sardinata - Norte de Santander, conforme lo normado en el literal E del artículo 86 de la Ley 1448 de 2011; siendo el último día de este lapso, el término máximo para contestar la demanda y/o presentar oposiciones conforme el artículo 88 de la Ley 1448 de 2011.
Teniendo en cuenta Comunicación Informativa No. 02 del 8 de agosto de 2022 de la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras de Cúcuta, se informa que la solicitud de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas, interpuesta por los señores Rodolfo Cuadros Mendoza identificado con cédula de ciudadanía No. 17.301.015 y la señora Nubia Veloza Melgarejo, identificada con cédula de ciudadanía No. 37.195.545, fue admitida por este Despacho Judicial a través del auto de fecha 19 de febrero de 2024, correspondiéndole inicialmente el radicado 54001312100 120240000100, aunque posteriormente fue acumulado al proceso Radicado No. 540013121001 20230017600 por lo que se identificara con esté último; que tiene por objeto el predio rural denominado ‘Parcela 3 Mata de Caña‘ ubicado en la vereda La Potrera, municipio de Sardinata, departamento Norte de Santander, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 260- 181745 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Cúcuta, con código predial No. 54-720-0001-0002-0004-000, y una extensión o área georreferenciada de 58 hectáreas + 6,091 m2.
Este mismo aviso será utilizado como Informe de Acumulación Procesal, para los fines de los artículos 95 y 96 de la Ley 1448 de 2011, regulados por el Acuerdo No. PSAA13-9857 del 6 de marzo de 2013 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, poniéndoseles de presente a los jueces, que deberán rendir informe de su proceso en caso de coincidencia y que el incumplimiento a esta orden, los hará incurrir en posible falta gravísima como se desprende de la Ley 1448 de 2011.
Firma electrónica
LUDWIN RICARDO BLANCO RINCÓN
Secretario
Firmado Por:
Ludwin Ricardo Blanco Rincón
Secretario
Juzgado De Circuito
Civil 001 Especializado En Restitución De Tierras
Cúcuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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EMPLAZA
™A todas las personas que tengan derechos legítimos relacionados con el predio que se describirá, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con dicho predio, así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan al proceso y hagan valer sus derechos, dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la última publicación que se realice de este edicto, en el diario de amplia circulación nacional, diario El Tiempo o El Espectador, en un medio escrito local, diario La Opinión y en una radiodifusora del municipio de Sardinata - Norte de Santander, conforme lo normado en el literal E del artículo 86 de la Ley 1448 de 2011; siendo el último día de este lapso, el término máximo para contestar la demanda y/o presentar oposiciones conforme el artículo 88 de la Ley 1448 de 2011.
Teniendo en cuenta Comunicación Informativa No. 02 del 8 de agosto de 2022 de la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras de Cúcuta, se informa que la solicitud de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas, interpuesta por los señores Rodolfo Cuadros Mendoza identificado con cédula de ciudadanía No. 17.301.015 y la señora Nubia Veloza Melgarejo, identificada con cédula de ciudadanía No. 37.195.545, fue admitida por este Despacho Judicial a través del auto de fecha 19 de febrero de 2024, correspondiéndole inicialmente el radicado 54001312100 120240000100, aunque posteriormente fue acumulado al proceso Radicado No. 540013121001 20230017600 por lo que se identificara con esté último; que tiene por objeto el predio rural denominado ‘Parcela 3 Mata de Caña‘ ubicado en la vereda La Potrera, municipio de Sardinata, departamento Norte de Santander, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 260- 181745 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Cúcuta, con código predial No. 54-720-0001-0002-0004-000, y una extensión o área georreferenciada de 58 hectáreas + 6,091 m2.
Este mismo aviso será utilizado como Informe de Acumulación Procesal, para los fines de los artículos 95 y 96 de la Ley 1448 de 2011, regulados por el Acuerdo No. PSAA13-9857 del 6 de marzo de 2013 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, poniéndoseles de presente a los jueces, que deberán rendir informe de su proceso en caso de coincidencia y que el incumplimiento a esta orden, los hará incurrir en posible falta gravísima como se desprende de la Ley 1448 de 2011.
Firma electrónica
LUDWIN RICARDO BLANCO RINCÓN
Secretario
Firmado Por:
Ludwin Ricardo Blanco Rincón
Secretario
Juzgado De Circuito
Civil 001 Especializado En Restitución De Tierras
Cúcuta - N. De Santander
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