1547829

Número de referencia
RF189495
Titulo edicto
1547829
Texto del edicto
DEMANDANTE: TRANS ORIENTAL S.A.
DEMANDADO: HEREDEROS INDETERMINADOS DE JOSÉ RAFAEL ROJAS SANABIRA CC. 88.188.451 (QEPD)
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER
JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA
EJECUTIVO (CS MÍNIMA)
RADICADO No. 54001-4003-003- 2020-00627-00
San José de Cúcuta, seis de mayo de dos mil veinticuatro.
™Atendiendo a la solicitud elevada por el apoderado judicial de la parte demandante y teniendo en cuenta que el avalúo realizado al vehículo materia de remate se encuentra en firme, por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública.
ASUNTO: AUTO-AVISO FIJA FECHA DE REMATE
En aplicación a lo normado en los artículo 42 y 132 del CGP, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa que el proceso se ha rituado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del bien inmueble materia de medida cautelar, toda vez que el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, no se encuentra pendiente la resolución de ninguno de los trámites a que hace referencia el inciso segundo de la misma norma.
Se advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en el CGP, y el protocolo adoptado para su realización a través de medios virtuales, en aplicación a lo dispuesto por la ley 2213 de 2022, los Acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518, PCSJA20- 11519, PCSJA20- 11521, PCSJA20-11526, PCSJA20-11527, PCSJA20-11528, PCSJA20-11529, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11546, PCSJA20-11556, PCSJA20-11567, PCSJA20- 11581, PCSJA20-11614, PCSJA20-11622, PCSJA20-11623 y PCSJA20-11629 PCSJA2111840 y Oficio Aclaratorio PCSJ021-710 del Consejo Superior de la Judicatura, y los Acuerdos CSJNS20- 152, CSJNS20-153, CSJNS20-154, CSJNS20-155, CSJNS20-162, CSJNS20- 172, CSJNS20-180, CSJNS20-218 y CIRCULAR 124 del 31 de agosto de 2021 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca. (AVISO 3: Circular Protocolo para la Realización de Audiencias de Remate)1.
En consecuencia, señálese la hora de las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a. m.) del DOCE (12) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024),para llevar a cabo la diligencia virtual de remate del vehículo AUTOMOVIL MARCA AGRALE, CLASE: BUS, MODELO 2006, LINEA: MA 8.5 TCA, SERVICIO PUBLICO, PLACA: TPY-202, COLOR: AMARILLO, VERDE, NARANJA, BLANCO, cuyas características complementarias obran dentro del expediente, de propiedad del demandado JOSÉ RAFAEL ROJAS SANABIRA CC. 88.188.451 (QEPD), la cual se efectuará a través de la plataforma de videoconferencia LIFESIZE, a la que se tendrá acceso a través del link: https://call.lifesizecloud. com/21401168, atendiendo los lineamientos previstos en la Guía para Conexiones Virtuales en Diligencias de Remate2.
El secuestre es el señor ANGEL JEFFWRY CRUZ GARCIA autorizado por ADMINISTRAR SECUESTRES S.A.S quien se puede ubicar en la Carrera 6 # 6-66 El Centro, Municipio de Villa del Rosario.
El bien inmueble a rematar tiene un avalúo aprobado en la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS MCTE ($38.700.000) y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del 40% del total del avalúo para hacer postura.
Los postores, incluido el ejecutante, deberán enviar en archivo PFD3 sus ofertas y el depósito previsto para hacer postura si a ello hubiere lugar, al correo electrónico institucional del despacho jcivmcu3@cendoj. ramajudicial.gov.co, en la forma y términos establecidos en el protocolo para la Presentación de Posturas de remate4.
El licitante favorecido deberá pagar, por concepto de impuestos, el 5% sobre el valor final del remate a favor del tesoro nacional.
La licitación virtual empezará a la hora fijada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una (01) hora.
El presente auto será publicado en la sección de ‘Remates‘ en el micrositio web correspondiente a este Despacho Judicial en la página de la Rama Judicial
(https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado-03- civil-municipal-de-cucuta), y se agendará la diligencia en la sección de ‘Cronograma de Audiencias‘, para acceso y consulta de los interesados.
Así mismo ADVIÉRTASE a la parte demandante que este auto-aviso se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en un periódico de amplia circulación en la localidad (art. 450 CGP).
Por la parte actora alléguese constancia del Registro Único Nacional de Tránsito RUT del vehículo actualizado expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate y del recibo de impuesto o paz y salvo del pago del mismo.
COPIESE Y NOTIFÍQUESE La Jueza,
Firma Electrónica. PAOLA MARINA CONTRERAS VERGEL
Firmado Por:
Paola Marina Contreras Vergel Juez Juzgado Municipal Civil 003 Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:
45863294b2a102 da0e05d8b5d6f6dd 626b03d20f442de 138d52bc5c22ae 9f9e7
Documento generado en 06/05/2024 05:14:49 PM
Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial. ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica
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