1548028

Número de referencia
RF177662
Titulo edicto
1548028
Texto del edicto
EDICTO
Artículo 140 ley 1708 DE 2014
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN EXTINCION DE DOMINIO DE CUCUTA NORTE DE
SANTANDER
CITA Y EMPLAZA:
™A la CAJA POPULAR COOPERATIVA LTDA, quien funge como acreedora hipotecaria, de uno de los bienes perseguidos en el presente tramite extintivo del derecho de dominio, para que comparezcan a este juzgado, hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo el radicado de origen N° 540013120001 201800223-00 y radicado interno No. 540013120002- 2023-00015-00 instaurado por la Fiscalía 64 delegada Especializada en Extinción de Dominio siendo afectados YORLEN DÍAZ OJEDA, JOSÉ MIGUEL OCHOA, GERMÁN PEDROZA GARCÍA CAJA, POPULAR COOPERATIVA LTDA, LAZO ORIENTE S.A.S y MUNICIPIO DE BUCARAMANGA, dentro del cual de conformidad con lo establecido en el artículo 35 y 137 de la ley 1708 de 2014, el 07/12/2018 AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, POR COMPETENCIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO, del(os) bien(es) objeto de la Acción de Extinción de dominio, a fin que comparezcan a este Juzgado, a hacer valer sus derechos respecto del(os) bien(es), que a continuación se identifican: Inmueble No. 1. Registrado en Bucaramanga, departamento Santander, ubicado en la Carrera 30B No. 73-03 y/o Carrera 30B No. 73-31 del Barrio San Pedro, identificado con matricula Inmobiliaria No. 300-234697 de propiedad de YORLEN DÍAZ OJEDA C.C. No. 51.782.515 y JOSÉ MIGUEL OCHOA C.C. No. 13.465.861 con Hipoteca abierta, a favor de CAJA POPULAR COOPERATIVA LTDA e Hipoteca abierta sin límite de cuantía, a favor de LAZO ORIENTE S.A.S. NIT: 900493362-0. Inmueble No. 2. Registrado en Bucaramanga, departamento Santander, ubicado en la Calle 86 A No. 27 A-08, interior 03, identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-187832 de propiedad de GERMÁN PEDROZA GARCÍA C.C. No. 91.221.950 con Inagenabilidad por valorización, a favor del MUNICIPIO DE BUCARAMANGA. Lo anterior para dar cumplimiento al Auto de fecha 15/03/2024, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 de lo ley 1708 de 2014. Se fija el presente EDICTO, en el micro sitio web del juzgado y un lugar visible de la SECRETARIA, por el término de cinco (5) días hábiles y se expiden copias para su publicación en la página WEB DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, en la página WEB DE LA RAMA JUDICIAL, así como en un periódico de amplio circulación Nacional y para su difusión en una Radiodifusora o cualquier otro medio con cobertura a nivel nacional, o donde se encuentra ubicado el bien, el VEINTIOCHO (28) DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024). Siendo las ocho (8:00 A.M.) de la mañana. Advertencia: SI EL EMPLAZADO O EMPLAZADOS, NO SE PRESENTAN DENTRO DE LOS TRES (3) DÍAS SIGUIENTES AL VENCIMIENTO DEL TERMINO DE FIJACIÓN DEL EDICTO, se le hace saber que el proceso se continuará con lo intervención, del MINISTERIO PÚBLICO y/o DEFENSORÍA DEL PUEBLO en los términos de la Ley 2197 de 2022, quien velará por el cumplimiento de las reglas del debido proceso. CONTANCIA DE FIJACIÓN Y DESFIJACIÓN: SE FIJA EL PRESENTE EDICTO EN LA SECRETARIA DEL JUZGADO EL VEINITIOCHO (28) DE MAYO DE 2024 Y SE DESFIJA EL DÍA CUATRO (04) DE JUNIO DE 2024, A LAS SEIS (6:00 P.M.) DEL MISMO DÍA.
Firmado Por:
Jennifer Pauline Perez Ruiz
Secretaria
Juzgado De Circuito
Penal 002 De Extinción De Dominio
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12Código de verificación: 157dc649835af0a53f3 df8d5f816e205fac18d7 5cd95189b8fc89ed0 6374ffa0
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