Número de referencia
RF260443
Titulo edicto
1548030
Texto del edicto
EDICTO
Artículo 140 ley 1708 DE 2014
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN EXTINCION DE DOMINIO DE CUCUTA NORTE DE
SANTANDER
CITA Y EMPLAZA:
™A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHO DE DOMINIO SOBRE EL BIEN INMUEBLE, objeto de la presente ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, así como los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este juzgado, hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo el radicado de origen N° 5400131200012022- 00122-00 y radicado interno No. 540013120002- 2023-00091-00 instaurado por la Fiscalía 63 delegada Especializada en Extinción de Dominio siendo afectada CARMELINA PARRA VILLA, dentro del cual de conformidad con lo establecido en el artículo 35 y 137 de la ley 1708 de 2014, el 11/01/2023 AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, POR COMPETENCIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO, del(os) bien(es) objeto de la Acción de Extinción de dominio, a fin que comparezcan a este Juzgado, a hacer valer sus derechos respecto del(os) bien(es), que a continuación se identifican: Inmueble No. 1 Ubicado en el Vía Anillo Oriental No. 14- 58 Conjunto Cerrado Villas de Serranova Casa 20 y parqueadero manzana J de VILLA DEL ROSARIO (N/S), identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 260-301113 con constitución de Patrimonio de familia de propiedad de CARMELINA PARRA VILLA C.C. 32.375.363. Inmueble No. 2 Ubicado en el Conjunto Residencial Maranta Calle 12 No. 3-59 y carrera 2 No. 11-85 Lomitas del Trapiche Manzana C de VILLA DEL ROSARIO (N/S), identificado con folio de matricula inmobiliaria No. 260-314592 con constitución de Patrimonio de familia de propiedad de CARMELINA PARRA VILLA C.C. 32.375.363. Deposito de Custodia. Acta de Constitución No. 2022-80 DEL BANCO DE LA REPUBLICA 4.000 EUROS 200 BILLETES EUROS, de propiedad de CARMELINA PARRA VILLA C.C. 32.375.363. Titulo Judicial. Del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA con No. 400100008531590 por valor de $35.000.000. Lo anterior para dar cumplimiento al Auto de fecha 22/03/2024, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 de lo ley 1708 de 2014. Se fija el presente EDICTO, en el micro sitio web del juzgado y un lugar visible de la SECRETARIA, por el término de cinco (5) días hábiles y se expiden copias para su publicación en la página WEB DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, en la página WEB DE LA RAMA JUDICIAL, así como en un periódico de amplio circulación Nacional y para su difusión en una Radiodifusora o cualquier otro medio con cobertura a nivel nacional, o donde se encuentra ubicado el bien, el VEINTIOCHO (28) DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024). Siendo las ocho (8:00 A.M.) de la mañana. Advertencia: SI EL EMPLAZADO O EMPLAZADOS, NO SE PRESENTAN DENTRO DE LOS TRES (3) DÍAS SIGUIENTES AL VENCIMIENTO DEL TERMINO DE FIJACIÓN DEL EDICTO, se le hace saber que el proceso se continuará con lo intervención, del MINISTERIO PÚBLICO y/o DEFENSORÍA DEL PUEBLO en los términos de la Ley 2197 de 2022, quien velará por el cumplimiento de las reglas del debido proceso. CONTANCIA DE FIJACIÓN Y DESFIJACIÓN: SE FIJA EL PRESENTE EDICTO EN LA SECRETARIA DEL JUZGADO EL VEINITIOCHO (28) DE MAYO DE 2024 Y SE DESFIJA EL DÍA CUATRO (04) DE JUNIO DE 2024, A LAS SEIS (6:00 P.M.) DEL MISMO DÍA.
Firmado Por:
Jennifer Pauline Perez Ruiz
Secretaria
Juzgado De Circuito
Penal 002 De Extinción De Dominio
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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Artículo 140 ley 1708 DE 2014
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN EXTINCION DE DOMINIO DE CUCUTA NORTE DE
SANTANDER
CITA Y EMPLAZA:
™A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHO DE DOMINIO SOBRE EL BIEN INMUEBLE, objeto de la presente ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, así como los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este juzgado, hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo el radicado de origen N° 5400131200012022- 00122-00 y radicado interno No. 540013120002- 2023-00091-00 instaurado por la Fiscalía 63 delegada Especializada en Extinción de Dominio siendo afectada CARMELINA PARRA VILLA, dentro del cual de conformidad con lo establecido en el artículo 35 y 137 de la ley 1708 de 2014, el 11/01/2023 AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, POR COMPETENCIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO, del(os) bien(es) objeto de la Acción de Extinción de dominio, a fin que comparezcan a este Juzgado, a hacer valer sus derechos respecto del(os) bien(es), que a continuación se identifican: Inmueble No. 1 Ubicado en el Vía Anillo Oriental No. 14- 58 Conjunto Cerrado Villas de Serranova Casa 20 y parqueadero manzana J de VILLA DEL ROSARIO (N/S), identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 260-301113 con constitución de Patrimonio de familia de propiedad de CARMELINA PARRA VILLA C.C. 32.375.363. Inmueble No. 2 Ubicado en el Conjunto Residencial Maranta Calle 12 No. 3-59 y carrera 2 No. 11-85 Lomitas del Trapiche Manzana C de VILLA DEL ROSARIO (N/S), identificado con folio de matricula inmobiliaria No. 260-314592 con constitución de Patrimonio de familia de propiedad de CARMELINA PARRA VILLA C.C. 32.375.363. Deposito de Custodia. Acta de Constitución No. 2022-80 DEL BANCO DE LA REPUBLICA 4.000 EUROS 200 BILLETES EUROS, de propiedad de CARMELINA PARRA VILLA C.C. 32.375.363. Titulo Judicial. Del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA con No. 400100008531590 por valor de $35.000.000. Lo anterior para dar cumplimiento al Auto de fecha 22/03/2024, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 de lo ley 1708 de 2014. Se fija el presente EDICTO, en el micro sitio web del juzgado y un lugar visible de la SECRETARIA, por el término de cinco (5) días hábiles y se expiden copias para su publicación en la página WEB DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, en la página WEB DE LA RAMA JUDICIAL, así como en un periódico de amplio circulación Nacional y para su difusión en una Radiodifusora o cualquier otro medio con cobertura a nivel nacional, o donde se encuentra ubicado el bien, el VEINTIOCHO (28) DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024). Siendo las ocho (8:00 A.M.) de la mañana. Advertencia: SI EL EMPLAZADO O EMPLAZADOS, NO SE PRESENTAN DENTRO DE LOS TRES (3) DÍAS SIGUIENTES AL VENCIMIENTO DEL TERMINO DE FIJACIÓN DEL EDICTO, se le hace saber que el proceso se continuará con lo intervención, del MINISTERIO PÚBLICO y/o DEFENSORÍA DEL PUEBLO en los términos de la Ley 2197 de 2022, quien velará por el cumplimiento de las reglas del debido proceso. CONTANCIA DE FIJACIÓN Y DESFIJACIÓN: SE FIJA EL PRESENTE EDICTO EN LA SECRETARIA DEL JUZGADO EL VEINITIOCHO (28) DE MAYO DE 2024 Y SE DESFIJA EL DÍA CUATRO (04) DE JUNIO DE 2024, A LAS SEIS (6:00 P.M.) DEL MISMO DÍA.
Firmado Por:
Jennifer Pauline Perez Ruiz
Secretaria
Juzgado De Circuito
Penal 002 De Extinción De Dominio
Cucuta - N. De Santander
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