Número de referencia
RF859549
Titulo edicto
1548053
Texto del edicto
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA
TRÁMITE
HIPOTECARIO
Rdo. 54001-3153-004 -2018-00013-00
San José de Cúcuta, veintidós (22) de abril de dos mil veinticuatro (2024).
™En atención a lo solicitado por el apoderado judicial de la entidad demandante en este proceso HIPOTECARIO seguido por el BANCO DE BOGOTA contra el GRUPO GENARO VILLAMZIAR S.A.S. y otros, en conformidad con el Art. 457 del C. G. P., se dispone señalar la hora de las tres de la tarde (3:00 p.m.) del día treinta y uno (31) del mes de julio del año en curso, para llevar a cabo la diligencia de remate del inmueble embargado.
La audiencia de remate se celebrará a través de videoconferencia por “Microsoft TEAMS” bajo los parámetros fijados en el C.G.P. y en Protocolo para Diligencias de Remate CIRCULAR DESAJCUC20-217. Incorpórese la diligencia en el MICROSITIO WEB de este Despacho Judicial en la página de la Rama Judicial, para acceso y consulta de los interesados. La postura mínima admisible será del 70% del valor total del avalúo del bien inmueble referido en este asunto, avaluado en la suma de DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($2.793.598.771.00.), para los terceros y del 100% para el acreedor hipotecario. Quien pretenda presentarse como postor, deberá hacer consignación previa del 40% del mismo avaluó ante las oficinas del Banco Agrario de Colombia y a órdenes de este Despacho Judicial.
Expídase el respectivo aviso y hágase entrega a la parte actora de las copias correspondientes para la publicación de rigor, advirtiéndosele al demandante que el aviso se publicara por una sola vez, en un periódico de amplia circulación de la localidad y debe agregarse al expediente antes de la apertura de la licitación e igualmente requiérasele a la parte actora para que con las copias o la constancia de publicación del Página 1 de 2 aviso, allegue el certificado actualizado de tradición y libertad del inmueble materia del litigio, expedido dentro del mes anterior a la fecha de diligencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 450 del C.G.P.
El link de acceso a través del cual pueden acceder los participantes será publicado en aviso de remate el cual también será publicado en el área de avisos del Micrositio. Las ofertas deberán ser remitidas únicamente y exclusivamente al correo electrónico juezj04cctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co, conforme lo dispone el citado protocolo, de lo contrario se tendrán por no presentadas.
COPIESE Y NOTIFIQUESE
DIANA MARCELA TOLOZA CUBILLOS
JUEZ1
Firmado Por:
Diana Marcela Toloza Cubillos
Juez Circuito
Juzgado De Circuito
Civil 004
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación: 2034eda39e349138ab b0d5d2cd2de56e3cc6 3e1536fc1e377e2cbae 7461b49d3
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JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA
TRÁMITE
HIPOTECARIO
Rdo. 54001-3153-004 -2018-00013-00
San José de Cúcuta, veintidós (22) de abril de dos mil veinticuatro (2024).
™En atención a lo solicitado por el apoderado judicial de la entidad demandante en este proceso HIPOTECARIO seguido por el BANCO DE BOGOTA contra el GRUPO GENARO VILLAMZIAR S.A.S. y otros, en conformidad con el Art. 457 del C. G. P., se dispone señalar la hora de las tres de la tarde (3:00 p.m.) del día treinta y uno (31) del mes de julio del año en curso, para llevar a cabo la diligencia de remate del inmueble embargado.
La audiencia de remate se celebrará a través de videoconferencia por “Microsoft TEAMS” bajo los parámetros fijados en el C.G.P. y en Protocolo para Diligencias de Remate CIRCULAR DESAJCUC20-217. Incorpórese la diligencia en el MICROSITIO WEB de este Despacho Judicial en la página de la Rama Judicial, para acceso y consulta de los interesados. La postura mínima admisible será del 70% del valor total del avalúo del bien inmueble referido en este asunto, avaluado en la suma de DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($2.793.598.771.00.), para los terceros y del 100% para el acreedor hipotecario. Quien pretenda presentarse como postor, deberá hacer consignación previa del 40% del mismo avaluó ante las oficinas del Banco Agrario de Colombia y a órdenes de este Despacho Judicial.
Expídase el respectivo aviso y hágase entrega a la parte actora de las copias correspondientes para la publicación de rigor, advirtiéndosele al demandante que el aviso se publicara por una sola vez, en un periódico de amplia circulación de la localidad y debe agregarse al expediente antes de la apertura de la licitación e igualmente requiérasele a la parte actora para que con las copias o la constancia de publicación del Página 1 de 2 aviso, allegue el certificado actualizado de tradición y libertad del inmueble materia del litigio, expedido dentro del mes anterior a la fecha de diligencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 450 del C.G.P.
El link de acceso a través del cual pueden acceder los participantes será publicado en aviso de remate el cual también será publicado en el área de avisos del Micrositio. Las ofertas deberán ser remitidas únicamente y exclusivamente al correo electrónico juezj04cctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co, conforme lo dispone el citado protocolo, de lo contrario se tendrán por no presentadas.
COPIESE Y NOTIFIQUESE
DIANA MARCELA TOLOZA CUBILLOS
JUEZ1
Firmado Por:
Diana Marcela Toloza Cubillos
Juez Circuito
Juzgado De Circuito
Civil 004
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación: 2034eda39e349138ab b0d5d2cd2de56e3cc6 3e1536fc1e377e2cbae 7461b49d3
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