Número de referencia
RF214617
Titulo edicto
1548423
Texto del edicto
República de Colombia
Juzgado Primero
Civil del Circuito
de Ocaña
AVISO DE REMATE
ARTÍCULO 450 DEL C.G.P.
LA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITODE
OCAÑA, N. de S.
HACE SABER:
™A todos los interesados, que, dentro del proceso ejecutivo singular con radicado No.
544983103001-2023-00033-00 que se adelanta ante el Juzgado Primero Civil del Circuito
de Ocaña, en el cual funge como demandante Roberto Carlos Mozo Pérez y como
demandados Geovanny Ibáñez Pérez (q.e.p.d.) y los sucesores procesales Geovanny Ibáñez
Lozano, Magaly del Rosario Lozano Quintero y Jazmine Beatriz Ibáñez Lozano, a través de
Auto No. 207 de fecha17 de junio de 2024 se fijó para llevar a cabo la DILIGENCIA DE
REMATE de la cuota parte (50%) del bien inmueble vinculado a esta ejecución, el día
martes 16 de julio de 2024 a las diez de la mañana (10:00 A.M.), bien que fueembargado,
secuestrado y avaluado, el cual se relaciona e identifica a continuación:
1. Cuota parte (50%) del inmueble identificado con número de matrícula inmobiliaria 270-
41037 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ocaña, N. de S., ubicado en la
Calle 3 No. 28C 12 14, Carrera 28C No. 3 - 23 edificio Mixto Laura, Local 101, barrio
Primero de Mayo, Av. Francisco Fernández de Contreras, Marabel, con registro catastral
544-980-103-000000- 6909019-00000004, con un área total de acuerdo al avalúo de: “607
m2 según escritura pública 711 del 07 de mayo de 2009 de la Notaría Primera del Círculo de
Ocaña.
El avalúo de la cuota parte (50%) corresponde a la suma de: QUINIENTOS OCHENTA Y
UN MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL PESOS MCTE ($581.580.000,oo).
Será postura admisible para la cuota parte (50%) del bien inmueble descrito: el SETENTA
POR CIENTO (70%) del valor total del avalúo de la cuota parte.
Actúa como secuestre JUAN CARLOS SANJUÁN LÓPEZ, quien se identifica con C.C.
No. 88.279.257, quien puede ser ubicado en la carrera 10 No. 12 51 barrio Carretera
Central de la ciudad de Ocaña, celular WhatsApp 316 359 65 62, correo electrónico
jucarsanlop@yahoo.es.
El o los interesados en hacer postura deberán consignar previamente a la fecha de remate en
las oficinas del Banco Agrario, cuenta de depósito judicial No. 544982031001, a órdenes de
este despacho judicial, el 40% del avalúo de la cuota parte de los bienes, conforme lo
prevé el artículo 451 del CGP. Las ofertas se recibirán en el correo electrónico del despacho:
j01cctooca@cendoj.ramajudicial.gov.co, debiéndose informar adicionalmente número
telefónico de contacto o cuenta de correo electrónico alternativa para verificar la información
relativa a la oferta, dentro de los cinco (5) días anteriores a la celebración de la diligencia de
remate y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma, (Art. 451 y 452 C.G.P.)
Para hacer postura deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
Contenido De La Postura:
Todas las posturas de remate presentadas deberán contener como mínimo la siguiente
información:
• Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura.
• Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura.
• Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del
postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por
intermedio de aquél.
• Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de
Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de
identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o
del apoderado judicial si se actúa a través de este.
Anexos a la postura:
Todas las posturas deberán ser acompañadas como mínimo de los siguientes documentos:
• Copia del documento de identidad del postor si es persona natural, o de Certificado de
Existencia y Representación Legal, si es persona jurídica, con fecha de expedición no
superior a 30 días.
• Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura
por intermedio de uno.
• Copia del depósito judicial para hacer postura, equivalente al cuarenta por ciento (40%) del
avalúo de la cuota parte de los bienes inmuebles, por el que sepresenta la postura, salvo que
se trate de postor por cuenta de su crédito, caso en el cual no tendrá necesidad de consignar
porcentaje, siempre que su crédito equivalga por lo menos al cuarenta por ciento (40%) del
avalúo, en caso contrario consignará la diferencia (Art. 451 C.G.P.).
Presentación de la postura:
Las posturas que se presenten deberán indicar:
• En el asunto del correo electrónico: Número del RADICADO DEL PROCESO en 23
dígitos, esto es: 544983103001-2023- 00033-00
• Adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo
que se denominará OFERTA, contraseña de la que solo tendrá conocimiento el postulante.
En el momento de la diligencia el titular del Despacho Judicial se la solicitará para abrir el
documento. En caso de no asistirse realizará comunicación a los teléfonos de contacto y
cuentas de correo electrónico alternativas suministradas para el efecto.
La diligencia de remate se llevará a cabo de acuerdo a los parámetros fijados en el Código
General del Proceso (Artículo 452 y siguientes) y en el protocolo circular DESAJCUC20-
217 del 12 de noviembre de 2020, el cual podrá se consultado en el siguiente enlace:
https://tribunalsuperiordecucuta.gov.co/wp-content/uploads/2020/11/Circular- DESAJCUC20-217-Protocolo- para-realizar-Diligencias- de-Remate.pdf.
El presente aviso será publicado en el micrositio web del Despacho en la página de la Rama
judicial “Avisos” para acceso y consulta de los interesados.
La plataforma virtual que se utilizará para la realización de la diligencia de remate será
Microsoft TEAMS. Quienes deseen participar deberán contar con un dispositivo electrónico
que sea compatible con dicha plataforma; capacitarse en el uso y manejo de la misma y
descargar e instalar la aplicación en su dispositivo. El enlace de acceso a la citada diligencia
es el siguiente:
https://nam02.safelinks. protection.outlook.com/ap /t59584e83/?url=https% 3A%2F%2Fteam
s.microsoft.com%2Fl% 2Fmeetupjoin%2F19% 253ameeting_YjRkYjBm M2MtZjQ2MC00Z
jM3LWJiNjYtNzkyYj M5NzI1YjMw%
2540thread.v2%2F0%3F context%3D%257b%2522 Tid%2522%253a%2522 622cba98- 80f8-41f38df5-8eb99901598b %2522%252c%2522 Oid%2522%253a% 2522cec48a06-a7ed- 4dae- 9bcf646f07368a71 %2522%257d&data =05%7C02%7Cesalceda %40cendoj.ramajudicial. gov.co%7C63 51791861c742e29c9 f08dc8f908c78%7C622 cba9880f841f38df5 8eb99901598b%7C0 %7C0%7C6 38543098211872294%7CU nknown%7CTWFpbGZsb3 d8eyJWIjoiMC4wLjAw MDAiLCJQIjoiV2luMzIi LCJBTiI6Ik1haWwiLCJX VCI6Mn0%3D%7C0%7C %7C%7C&sdata=1mW3%2B bU9X ZYV54A82wxI ApYVrgJudvzdWXz3bq XAi6M%3D&reserved=0
Se libra el presente AVISO DE REMATE, hoy 20 de junio de 2024.
Firmado electrónicamente
BLEYDDY KARINA QUINTERO NIÑO
Secretaria
Firmado Por:
Bleyddy KarinaQuintero Niño
Secretaria
Juzgado De Circuito
Civil 001
Ocaña - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica,
conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:
4cce72f5dcda4eb84 29f14090b9a3b85a 93fdcc1d7b2aa417c 17f679c9eca7a8
Documento generado en 20/06/2024 02:49:40 p. m.
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Juzgado Primero
Civil del Circuito
de Ocaña
AVISO DE REMATE
ARTÍCULO 450 DEL C.G.P.
LA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITODE
OCAÑA, N. de S.
HACE SABER:
™A todos los interesados, que, dentro del proceso ejecutivo singular con radicado No.
544983103001-2023-00033-00 que se adelanta ante el Juzgado Primero Civil del Circuito
de Ocaña, en el cual funge como demandante Roberto Carlos Mozo Pérez y como
demandados Geovanny Ibáñez Pérez (q.e.p.d.) y los sucesores procesales Geovanny Ibáñez
Lozano, Magaly del Rosario Lozano Quintero y Jazmine Beatriz Ibáñez Lozano, a través de
Auto No. 207 de fecha17 de junio de 2024 se fijó para llevar a cabo la DILIGENCIA DE
REMATE de la cuota parte (50%) del bien inmueble vinculado a esta ejecución, el día
martes 16 de julio de 2024 a las diez de la mañana (10:00 A.M.), bien que fueembargado,
secuestrado y avaluado, el cual se relaciona e identifica a continuación:
1. Cuota parte (50%) del inmueble identificado con número de matrícula inmobiliaria 270-
41037 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ocaña, N. de S., ubicado en la
Calle 3 No. 28C 12 14, Carrera 28C No. 3 - 23 edificio Mixto Laura, Local 101, barrio
Primero de Mayo, Av. Francisco Fernández de Contreras, Marabel, con registro catastral
544-980-103-000000- 6909019-00000004, con un área total de acuerdo al avalúo de: “607
m2 según escritura pública 711 del 07 de mayo de 2009 de la Notaría Primera del Círculo de
Ocaña.
El avalúo de la cuota parte (50%) corresponde a la suma de: QUINIENTOS OCHENTA Y
UN MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL PESOS MCTE ($581.580.000,oo).
Será postura admisible para la cuota parte (50%) del bien inmueble descrito: el SETENTA
POR CIENTO (70%) del valor total del avalúo de la cuota parte.
Actúa como secuestre JUAN CARLOS SANJUÁN LÓPEZ, quien se identifica con C.C.
No. 88.279.257, quien puede ser ubicado en la carrera 10 No. 12 51 barrio Carretera
Central de la ciudad de Ocaña, celular WhatsApp 316 359 65 62, correo electrónico
jucarsanlop@yahoo.es.
El o los interesados en hacer postura deberán consignar previamente a la fecha de remate en
las oficinas del Banco Agrario, cuenta de depósito judicial No. 544982031001, a órdenes de
este despacho judicial, el 40% del avalúo de la cuota parte de los bienes, conforme lo
prevé el artículo 451 del CGP. Las ofertas se recibirán en el correo electrónico del despacho:
j01cctooca@cendoj.ramajudicial.gov.co, debiéndose informar adicionalmente número
telefónico de contacto o cuenta de correo electrónico alternativa para verificar la información
relativa a la oferta, dentro de los cinco (5) días anteriores a la celebración de la diligencia de
remate y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma, (Art. 451 y 452 C.G.P.)
Para hacer postura deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
Contenido De La Postura:
Todas las posturas de remate presentadas deberán contener como mínimo la siguiente
información:
• Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura.
• Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura.
• Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del
postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por
intermedio de aquél.
• Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de
Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de
identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o
del apoderado judicial si se actúa a través de este.
Anexos a la postura:
Todas las posturas deberán ser acompañadas como mínimo de los siguientes documentos:
• Copia del documento de identidad del postor si es persona natural, o de Certificado de
Existencia y Representación Legal, si es persona jurídica, con fecha de expedición no
superior a 30 días.
• Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura
por intermedio de uno.
• Copia del depósito judicial para hacer postura, equivalente al cuarenta por ciento (40%) del
avalúo de la cuota parte de los bienes inmuebles, por el que sepresenta la postura, salvo que
se trate de postor por cuenta de su crédito, caso en el cual no tendrá necesidad de consignar
porcentaje, siempre que su crédito equivalga por lo menos al cuarenta por ciento (40%) del
avalúo, en caso contrario consignará la diferencia (Art. 451 C.G.P.).
Presentación de la postura:
Las posturas que se presenten deberán indicar:
• En el asunto del correo electrónico: Número del RADICADO DEL PROCESO en 23
dígitos, esto es: 544983103001-2023- 00033-00
• Adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo
que se denominará OFERTA, contraseña de la que solo tendrá conocimiento el postulante.
En el momento de la diligencia el titular del Despacho Judicial se la solicitará para abrir el
documento. En caso de no asistirse realizará comunicación a los teléfonos de contacto y
cuentas de correo electrónico alternativas suministradas para el efecto.
La diligencia de remate se llevará a cabo de acuerdo a los parámetros fijados en el Código
General del Proceso (Artículo 452 y siguientes) y en el protocolo circular DESAJCUC20-
217 del 12 de noviembre de 2020, el cual podrá se consultado en el siguiente enlace:
https://tribunalsuperiordecucuta.gov.co/wp-content/uploads/2020/11/Circular- DESAJCUC20-217-Protocolo- para-realizar-Diligencias- de-Remate.pdf.
El presente aviso será publicado en el micrositio web del Despacho en la página de la Rama
judicial “Avisos” para acceso y consulta de los interesados.
La plataforma virtual que se utilizará para la realización de la diligencia de remate será
Microsoft TEAMS. Quienes deseen participar deberán contar con un dispositivo electrónico
que sea compatible con dicha plataforma; capacitarse en el uso y manejo de la misma y
descargar e instalar la aplicación en su dispositivo. El enlace de acceso a la citada diligencia
es el siguiente:
https://nam02.safelinks. protection.outlook.com/ap /t59584e83/?url=https% 3A%2F%2Fteam
s.microsoft.com%2Fl% 2Fmeetupjoin%2F19% 253ameeting_YjRkYjBm M2MtZjQ2MC00Z
jM3LWJiNjYtNzkyYj M5NzI1YjMw%
2540thread.v2%2F0%3F context%3D%257b%2522 Tid%2522%253a%2522 622cba98- 80f8-41f38df5-8eb99901598b %2522%252c%2522 Oid%2522%253a% 2522cec48a06-a7ed- 4dae- 9bcf646f07368a71 %2522%257d&data =05%7C02%7Cesalceda %40cendoj.ramajudicial. gov.co%7C63 51791861c742e29c9 f08dc8f908c78%7C622 cba9880f841f38df5 8eb99901598b%7C0 %7C0%7C6 38543098211872294%7CU nknown%7CTWFpbGZsb3 d8eyJWIjoiMC4wLjAw MDAiLCJQIjoiV2luMzIi LCJBTiI6Ik1haWwiLCJX VCI6Mn0%3D%7C0%7C %7C%7C&sdata=1mW3%2B bU9X ZYV54A82wxI ApYVrgJudvzdWXz3bq XAi6M%3D&reserved=0
Se libra el presente AVISO DE REMATE, hoy 20 de junio de 2024.
Firmado electrónicamente
BLEYDDY KARINA QUINTERO NIÑO
Secretaria
Firmado Por:
Bleyddy KarinaQuintero Niño
Secretaria
Juzgado De Circuito
Civil 001
Ocaña - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica,
conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:
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