1548556

Número de referencia
RF125391
Titulo edicto
1548556
Texto del edicto
AVISO DE REMATE
JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE
CÚCUTA
HACE SABER:
™Que mediante auto de fecha 17 de Mayo de 2024 proferido dentro del proceso EJECUTIVO No. 54001-4189-001 -2018-00262-00 adelantado por el BANCO DE BOGOTA, entidad financiera identificada con NIT No. 860002964-4, contra de MARISOL MOGOLLON BUENO identificada con cédula de ciudadanía No. 60.391.365, el Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Cúcuta, señaló el día dieciséis (16) de Julio del año Dos Mil Veinticuatro (2024) a las 8:30 de la mañana con el fin de llevar a cabo la diligencia virtual de remate del Vehículo, legalmente embargado y secuestrado y avaluado que se relaciona a continuación:
Automotor denominado vehículo, identificado con: PLACA: IGU-702, MARCHA: CHEVROLET, LINEA: SPARK, MODELO:2016, COLOR: BLANCO GALAXIA, CLASE: AUTOMOVIL, SERVICIO: PARTICULAR, MOTOR: B10S1152670236, el cual se encuentra ubicado en el parqueadero Commercial Congress SAS con dirección Anillo vial Oriental torre 48 CENS- puente Rafael García Herreros, a un costado. Cúcuta. Se encuentra designado como secuestre ROBERTH JAIMES GARCÍA, quien se notifica en avenida 15 #12-43 Barrio El Contento, celular 3103369900.
El Vehículo anteriormente relacionado, fue avaluado en la suma de VEINTIÚN MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS MCTE ($21´300.000.00).
La base de la licitación es el 70% de dicho avalúo, esto es, la suma de CATORCE MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL PESOS MCTE., ($14.910.000,00), previa consignación a través de depósito judicial en la cuenta número 540012051901 del Banco Agrario de Colombia S.A, órdenes de este Juzgado del 40% de dicho avalúo, esto es la suma de OCHO MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL PESOS MCTE. ($8.520.000,00) (art. 448 CGP).
Se advierte que la diligencia de remate se iniciará a la hora señalada y no se cerrará sino mínimo, después de haber transcurrido una (1) hora y se llevará a cabo de manera Virtual en el siguiente link: https://call.lifesizecloud .com/21489798 , mediante la plataforma de videoconferencia LIFESIZE, donde se escucharán una a una las posturas en el orden en que se envió el correo electrónico con los documentos mencionados y conforme la dinámica que se explicará al inicio de la audiencia, tal como quedó establecido en la Circular DESAJCUC20-217 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca que puede consultarse siguiendo este enlace:
https://tribunalsuperior decucuta.gov.co/2020/11/ 30/protocolo-para-diligencias- virtuales-de-remate/
Lo anterior, sin perjuicio de las publicaciones que deberá hacer y anexar el demandante, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso.
El rematante deberá consignar el saldo del precio dentro de los cinco (5) días siguientes a la diligencia a órdenes del juzgado y además pagar, por concepto de impuestos el 5% sobre el valor final del remate a favor del Tesoro Nacional a la Cuenta Nº 30820-00635-8, Convenio 13477 Banco Agrario de Colombia.
Se advierte a los oferentes que para efectos del recibo de las posturas u ofertas del remate la cuenta del correo institucional designado es j01pqccmcuc@cendoj. ramajudicial.gov.co asunto “POSTURA REMATE 2018-00262” a través de mensaje cifrado o archivo PDF protegido con contraseña, copia de la cedula de ciudadanía o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días; Si el postor es persona natural deberá indicar nombre completo e identificación, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de este y si se trata de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
Para los efectos indicados en el Art. 450 del C. G. del P., este aviso se publica con antelación no inferior a 10 días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad, por una sola vez dentro del término señalado.
Las irregularidades que puedan afectar la validez del remate se considerarán saneadas si no son alegadas antes de la adjudicación y las de nulidad, formuladas con posterioridad no serán oídas. (Art. 455 CGP).
San José de Cúcuta, 28 de junio de 2024.
MERCEDES CAMARGO VEGA
CC 60.280.424
Apoderada Judicial del Demandante
Av. 5 No. 9-58 Of. 804 Cucuta, 3183400995
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