Número de referencia
RF294785
Titulo edicto
1549263
Texto del edicto
LA ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA
HACE SABER
™Que, el día 21 de junio del 2024, falleció el señor GRACILIANO RINCON MANRIQUE, identificado C.C No.5448701 expedida Gramalote Norte de Santander; Que, ante la Oficina de Pensiones de la Alcaldía Municipal de San José de Cúcuta, se ha presentado la señora MARIA DELIA LAGUADO DE RINCON, identificada C.C No.27580593, con el fin de solicitar la sustitución de la pensión del fallecido en calidad de CÓNYUGE; Que, quienes se crean con derecho a la sustitución de la pensión del fallecido, deberán presentarse a reclamarla aportando las pruebas en que funden su petición, así como las conducentes a desconocer los derechos del beneficiario indicado anteriormente, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación del presente edicto, en la oficina de pensiones de la Alcaldía Municipal de San José de Cúcuta. ubicada Calle 11 No. 5-49, piso 3, Palacio Municipal; Lo anterior, de conformidad con lo establecido en los artículos 4 y 5 de la Ley 44 de 1980 modificada por la Ley 1204 de 2008.
MARTHA ESPERANZA NOVA BARBOSA
Jefe Oficina de Pensiones
HACE SABER
™Que, el día 21 de junio del 2024, falleció el señor GRACILIANO RINCON MANRIQUE, identificado C.C No.5448701 expedida Gramalote Norte de Santander; Que, ante la Oficina de Pensiones de la Alcaldía Municipal de San José de Cúcuta, se ha presentado la señora MARIA DELIA LAGUADO DE RINCON, identificada C.C No.27580593, con el fin de solicitar la sustitución de la pensión del fallecido en calidad de CÓNYUGE; Que, quienes se crean con derecho a la sustitución de la pensión del fallecido, deberán presentarse a reclamarla aportando las pruebas en que funden su petición, así como las conducentes a desconocer los derechos del beneficiario indicado anteriormente, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación del presente edicto, en la oficina de pensiones de la Alcaldía Municipal de San José de Cúcuta. ubicada Calle 11 No. 5-49, piso 3, Palacio Municipal; Lo anterior, de conformidad con lo establecido en los artículos 4 y 5 de la Ley 44 de 1980 modificada por la Ley 1204 de 2008.
MARTHA ESPERANZA NOVA BARBOSA
Jefe Oficina de Pensiones
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