1549296

Número de referencia
RF509846
Titulo edicto
1549296
Texto del edicto
República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
Distrito Judicial de Cúcuta
JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CUCUTA
Norte de Santander
AVISO DE REMATE
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CUCUTA
HACE SABER:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO CON GARANTIA REAL, radicado al # 54001-3103-007- 2011-0195-00, propuesto por JUAN JOSE BELTRAN GALVIS C.C. 13.225.732, a través de Apoderado judicial, en contra de LEILA KARIME SUS ALVAREZ C.C. 60.312.531, se señaló la hora de las 8:00 AM DEL DÍA 29 DE AGOSTO DE 2024, para efectos de llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble vinculado a esta ejecución, previamente embargado, secuestrado y avaluado dentro de este proceso.
BIEN INMUEBLE OBJETO DEL REMATE: Ubicado en la Avenida 5AE # 9A-58 y 9A-10 Casa # 9 Condominio “LA CAROLINA” Urbanización Rosetal; identificado con Matricula inmobiliaria No. 260-179963. Alinderado de la siguiente manera: NORTE: en seis punto diez metros (6.10Mts) con zona de parqueo sur. SUR: en seis puntos diez metros (6.10Mts) muro al medio con el lote que es o fue de Rafael Ignacio Velasco, ORIENTE: En once punto ochenta y cinco metros (11.85 Mts) muro al medio con la casa número ocho (8) OCCIDENTE: En once punto treinta metros (11.30 Mts) muro al medio con la casa numero diez (10). Su composición física: se trata de un inmueble de dos plantas con antejardín al descubierto, piso en cemento, puerta de acceso en madera, con ventana en madera, interior del inmueble sala comedor, cocina con su mesón y lavaplatos, una habitación de servicios, baño con todos sus accesorios, una escalera que conduce al segundo nivel tres habitaciones, la principal con baño privado y todos sus accesorios, todas las habitaciones con puerta en madrea y closet en madera, baño común con todos sus accesorios, piso del inmueble en cerámica, paredes estucadas y pintadas, techo o placa entre piso y teja, cuenta con los servicios de agua, luz y alcantarillado. AVALUO: El bien inmueble se encuentra avaluado en la suma de CUATROCIENTOS VEINTIUN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS ($421.699.000).
La licitación empezará a la hora señalada y transcurrida una (1) hora desde el comienzo de la misma, se abrirán los sobres contentivos de las posturas, y estas se leerán en voz alta; siendo postura admisible la que cubra por lo menos el 70% del avalúo total del bien inmueble, previa consignación del porcentaje legal del 40% del avalúo total de los respectivos bienes, a través de la cuenta de depósitos judiciales No. 540012031007 de Depósitos Judiciales del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, y a órdenes de este Juzgado; la postura admisible para el acreedor hipotecario corresponde al 100% del avalúo de conformidad a lo establecido en el numeral 5 del artículo 468 del CGP.
Como impuesto sobre remate, el licitante a quien se le adjudique el bien subastado, deberá consignar el 5% sobre el valor final del remate en la Cuenta Corriente 3-0820-000635-8 Convenio Código 13477 “Cuenta Tesoro Nacional” del Banco Agrario de Colombia, de conformidad con lo dispuesto en artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 que modificó el Art. 7 de la ley 11-87 y el Art. 5 de la Ley 66 de 1993.
Obra como secuestre MARIA URBINA RODRIGUEZ quien puede ser ubicada en la Calle 9 No. 18-12 Barrio San Miguel.
Para los efectos previstos en el Art. 449 y 450 del C.G.P., copias de este aviso se entregan al actor para su publicación por una sola vez en un periódico de amplia circulación, en día domingo con antelación no menor a diez (10) días hábiles a la fecha de la diligencia; y junto con la prueba de su publicación, deberá allegar un ejemplar del certificado de tradición y libertad del inmueble expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia.
Se advierte que la diligencia de remate tendrá lugar a través de la plataforma LIFESIZE. Por lo que es deber de las partes e interesados en participar en tal diligencia, contar con un dispositivo electrónico compatible con tal plataforma y en lo posible procurar descargar la misma.
La cuenta de correo institucional designada para el recibo de las posturas u ofertas de remate es: jcivccu7@cendoj. ramajudicial.gov.co
El link o enlace web a través del cual los participantes podrán acceder a la diligencia es: https://call.lifesizecloud. com/21894168
Igualmente se precisa que para el desarrollo de la presente diligencia se dará aplicación a la Circular DESAJCUC20-217, que contiene el protocolo a seguir para la diligencia de remate, Que puede ser consultada en el link https://tribunalsuperior decucuta.gov.co/ 2020/11/30/protocolo- para-diligencias-virtuales- de-remate/
Dicho protocolo, entre otros, contiene:
“(…)3. PRESENTACIÓN DE POSTURAS DE REMATE
OPORTUNIDAD: De conformidad a lo previsto en los artículos 451 y 452 del C.G.P., la oportunidad procesal para que los interesados puedan presentar posturas de remate será dentro de los 5 días anteriores a la celebración de la respectiva diligencia y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma.
CONTENIDO DE LA POSTURA: Todas las posturas de remate presentadas deberán contener como mínimo la siguiente información:
• Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura.
• Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura.
• Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél.
• Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
ANEXOS DE LA POSTURA: Toda postura de remate deberá ser acompañada como mínimo de los siguientes documentos:
• Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días.
• Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por intermedio de uno.
• Copia del depósito judicial para hacer postura, equivalente al 40% del avalúo del inmueble por el que se presenta postura, de conformidad a lo indicado en el artículo 451 del C.G.P., salvo que se trate de postor por cuenta de su crédito.
MODALIDAD DE PRESENTACIÓN DE LA POSTURA: La presentación de posturas para diligencias de remate que tengan lugar en los Despachos Judiciales de la jurisdicción siempre deberá realizarse a través de correo electrónico. Las posturas electrónicas deberán enviarse de forma exclusiva a través de mensaje de correo a la cuenta electrónica institucional delegada por el Despacho Judicial para tal fin, informando adicionalmente número(s) telefónico(s) de contacto y/o cuenta(s) de correo(s) electrónico(as) alternativa(s) con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del C.G.P.:
• ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto lo siguiente: Número del RADICADO DEL PROCESO en 23 dígitos. Para el presente caso, es 54001310300720110019500.
ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como “un sobre cerrado” bajo los parámetros del artículo 452 del C.G.P., la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña. Este archivo digital deberá denominarse “OFERTA”.
La contraseña permitirá que solo el postulante pueda tener acceso a la información incluida en su a
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