Número de referencia
RF729162
Titulo edicto
1549941
Texto del edicto
EDICTO
LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
CITA Y EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren con el derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en la liquidación de la herencia del causante GEOVANY AREVALO CLARO identificado con la cédula de ciudadanía número 18.966.313 expedida en Curumaní-Cesar y fallecido en San Juan del Cesar- La Guajira el 31 de enero del año 2016, siendo la ciudad de Ocaña, lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante acta número 113 de fecha 9 de septiembre de 2.024. Se publica copia del presente edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora de mayor radiodifusión en esta localidad y así mismo se fija copia en un lugar visible de este despacho por el término de diez (10) días hábiles, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988.
El presente edicto se fija hoy 9 de septiembre del año dos mil veinticuatro (2.024)
NIDIA CELIS YARURO
NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
CITA Y EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren con el derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en la liquidación de la herencia del causante GEOVANY AREVALO CLARO identificado con la cédula de ciudadanía número 18.966.313 expedida en Curumaní-Cesar y fallecido en San Juan del Cesar- La Guajira el 31 de enero del año 2016, siendo la ciudad de Ocaña, lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante acta número 113 de fecha 9 de septiembre de 2.024. Se publica copia del presente edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora de mayor radiodifusión en esta localidad y así mismo se fija copia en un lugar visible de este despacho por el término de diez (10) días hábiles, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988.
El presente edicto se fija hoy 9 de septiembre del año dos mil veinticuatro (2.024)
NIDIA CELIS YARURO
NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
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