Número de referencia
RF196364
Titulo edicto
1550488
Texto del edicto
EDICTO
EXPEDIENTE RADICADO No. 54001316000320 210005100
LA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE CUCUTA
CITA Y EMPLAZA
™Al señor JOSE LUIS GOMEZ ESCALANTE, con Registro Civil No. 10267523, identificado con cédula No. 1.090.363.922, quien nació el 20 de febrero de 1986, en la ciudad de Cúcuta (Norte de Santander) según consta en el Registro Civil de nacimiento expedido por la Notaría Tercera de la ciudad de Cúcuta. A todas aquellas personas que tengan noticias de Él. Su último domicilio fue en el municipio de villa del rosario (N. de S).
Se afirma en la demanda que el señor JOSE LUIS GOMEZ ESCALANTE al momento de su desaparición convivía con su progenitor, hasta el día 15 de diciembre de 2010, fecha en la que salió hacia el municipio de AGUACHICA a prestar un servicio en su vehículo personal a llevar unos pasajeros. Por cuanto regularmente transitaba la ruta Cúcuta, Ocaña, Aguachica, Tibú, Bucaramanga, Barrancabermeja, sin que se tenga conocimiento alguno de su paradero a la fecha,.- Que han transcurrido suficientemente los plazos y concurren las circunstancias requeridas por la Ley para la declaración de muerte presuntiva, por causa de desaparecimiento de JOSE LUIS GOMEZ ESCALANTE, para que se comuniquen con este Juzgado que se encuentra ubicado en la Avenida Gran Colombia Palacio de Justicia Oficina 104 C, correo electrónico j03fctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co donde cursa el Proceso de MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO Radicado bajo el No. 54001316000320 210005100 propuesto por su señor padre JOSE LUIS GOMEZ GARCIA, quien actúan mediante Apoderado Judicial. La demanda fue admitida mediante auto de 0284 del 23 de marzo de 2021.
En cumplimiento a lo establecido en el Art. 583 numeral 2o del Código General del Proceso, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la secretaría del Juzgado durante el término de las publicaciones, ordenándose su publicación tres (3) veces por lo menos, debiendo correr más de cuatro (4) meses entre cada dos citaciones. Las publicaciones se harán en un periódico de mayor circulación que se edite en la capital de la república y en un periódico y una radiodifusora locales, debiendo efectuarse la publicación en medio escrito el domingo y en forma radial entre las 6 AM y las 11 PM.
San José de Cúcuta, dieciséis (16) de octubre de dos mil veinte cuatro (2024).
EXPEDIENTE RADICADO No. 54001316000320 210005100
LA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE CUCUTA
CITA Y EMPLAZA
™Al señor JOSE LUIS GOMEZ ESCALANTE, con Registro Civil No. 10267523, identificado con cédula No. 1.090.363.922, quien nació el 20 de febrero de 1986, en la ciudad de Cúcuta (Norte de Santander) según consta en el Registro Civil de nacimiento expedido por la Notaría Tercera de la ciudad de Cúcuta. A todas aquellas personas que tengan noticias de Él. Su último domicilio fue en el municipio de villa del rosario (N. de S).
Se afirma en la demanda que el señor JOSE LUIS GOMEZ ESCALANTE al momento de su desaparición convivía con su progenitor, hasta el día 15 de diciembre de 2010, fecha en la que salió hacia el municipio de AGUACHICA a prestar un servicio en su vehículo personal a llevar unos pasajeros. Por cuanto regularmente transitaba la ruta Cúcuta, Ocaña, Aguachica, Tibú, Bucaramanga, Barrancabermeja, sin que se tenga conocimiento alguno de su paradero a la fecha,.- Que han transcurrido suficientemente los plazos y concurren las circunstancias requeridas por la Ley para la declaración de muerte presuntiva, por causa de desaparecimiento de JOSE LUIS GOMEZ ESCALANTE, para que se comuniquen con este Juzgado que se encuentra ubicado en la Avenida Gran Colombia Palacio de Justicia Oficina 104 C, correo electrónico j03fctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co donde cursa el Proceso de MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO Radicado bajo el No. 54001316000320 210005100 propuesto por su señor padre JOSE LUIS GOMEZ GARCIA, quien actúan mediante Apoderado Judicial. La demanda fue admitida mediante auto de 0284 del 23 de marzo de 2021.
En cumplimiento a lo establecido en el Art. 583 numeral 2o del Código General del Proceso, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la secretaría del Juzgado durante el término de las publicaciones, ordenándose su publicación tres (3) veces por lo menos, debiendo correr más de cuatro (4) meses entre cada dos citaciones. Las publicaciones se harán en un periódico de mayor circulación que se edite en la capital de la república y en un periódico y una radiodifusora locales, debiendo efectuarse la publicación en medio escrito el domingo y en forma radial entre las 6 AM y las 11 PM.
San José de Cúcuta, dieciséis (16) de octubre de dos mil veinte cuatro (2024).
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